Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 16/7/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 85, viernes 16 de julio 2021

1. Fundamento Legal En uso de las atribuciones conferidas en los artículos 41 al 47 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el Precio Público por la Prestación del Servicio o la Realización de las Actividades y Talleres de Diferentes Temáticas.

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Oficial de la Provincia de Las Palmas y tablón de anuncios.
Sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno Local, aprobó la propuesta por la mayoría simple de los miembros presentes, siendo el resultado de la votación, siete 7 votos a favor PSOE y grupo mixto En Tías Lanzarote, a uno de julio de dos mil veintiuno.

2. Nacimiento de la Obligación EL ALCALDE, José Juan Cruz Saavedra.
La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad, si bien la Corporación podrá exigir el depósito previo de su importe total o parcial, conforme al artículo 46 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
3. Obligados al Pago Estarán obligados al pago del precio público quienes se beneficien de los servicios o actividades por los que deban satisfacerse aquel.

129.629

V. ANUNCIOS PARTICULARES
CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS
Y NAVEGACIÓN DE GRAN CANARIA
ANUNCIO
7.045
Convocatoria Programa INTECOMM 2021 Cámara Gran Canaria
4. Cuantía BDNS Identif.:574959
La cuantía de los derechos a percibir por el precio público será la siguiente:
1 semana 40 euros por persona 1 mes 150 euros por persona 5. Cobro La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicia la prestación del servicio o la realización de la actividad.
Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio, el servicio o la actividad no se preste o desarrolle, procederá a la devolución del importe correspondiente.
El precio público podrá exigirse en régimen de autoliquidación.
Las deudas por precios públicos se exigirán por el procedimiento de apremio.
SEGUNDO: Publicar el acuerdo en el Boletín
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convo catoria/574959
La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria informa de la Convocatoria Pública de Ayudas Int-eComm 2021, para el desarrollo de planes de apoyo a la internacionalización a través del comercio electrónico, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER de la Unión Europea.
Primero. Beneficiarios.
Pymes y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Gran Canaria, que se encuentren dadas de alta en la sección 1 del Censo del IAE quedan excluidas las empresas del sector servicios.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 16/7/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

PaísEspaña

Fecha16/07/2021

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones2979

Primera edición01/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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