Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 30/12/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, miércoles 30 de diciembre de 2020
gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario, y además efectuar un depósito de 300 euros, que ingresará con independencia a la consignación debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso de Suplicación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Hitto Emprende, S.L., en ignorado paradero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, expido la presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de octubre de 2020.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA.
95.461
EDICTO
6.809
Procedimiento. Despidos/Ceses en general número 489/2020. Materia: Despido Disciplinario. Demandante:
Mario Ramón Castro. Demandados: Gustavo Medina Sánchez y Fogasa. Abogados: Domingo Tarajano Mesa y Abogacía del Estado de Fogasa Las Palmas.
Doña María Ivana Vega del Diego, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 9 de Las Palmas de Gran Canaria,
HACE SABER: Que en Procedimiento tramitado en este Juzgado al 489/2020, a instancia de Mario Ramón Castro contra Gustavo Medina Sánchez y Fogasa, se ha dictado Sentencia de fecha 09.12.20.
Contra la misma cabe Recurso de Suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de esta Sentencia, siendo indispensable que el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario, y además efectuar un depósito de 300 euros, que ingresará con independencia a la consignación debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso de Suplicación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Gustavo Medina Sánchez, en ignorado paradero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, expido la presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
En Las Palmas de Gran Canaria, a nueve de diciembre de dos mil veinte.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA.
95.463
Franqueo
BOLETÍN OFICIAL
concertado
DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
23/1
GOBIERNO DE CANARIAS
Año XCV
Miércoles, 30 de diciembre de 2020
Número 157