Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 22/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 62, viernes 22 de mayo de 2020

a los distintos servicios administrativos para que procedan, en su caso, a modificar los acuerdos y resoluciones de convocatorias y concesión de las respectivas subvenciones a fin de ampliar los plazos de ejecución, aunque no se hubiera contemplado en las correspondientes bases reguladoras, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 54 del Real DecretoLey 11/2020.
Visto que en la Convocatoria de las subvenciones para la publicación impresa de obras inéditas de creación literaria de interés para la isla de Fuerteventura, publicado en el BOP número 19 de 12 de febrero de 2020, una vez suspendido el plazo mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, restaba 1 día del plazo otorgado de un mes, que sumado a los 15 días naturales ampliado por la resolución del Presidente del Cabildo de fecha 13 de marzo de 2020, queda como plazo para presentar las solicitudes de subvención DIECISÉIS 16 DÍAS NATURALES, que empezarán a contar desde el momento en que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, el levantamiento de la interrupción de los plazos en la Convocatoria de las subvenciones para la publicación impresa de obras inéditas de creación literaria de interés para la isla de Fuerteventura.
Al amparo del artículo 48 del Reglamento Orgánico de Funcionamiento del Cabildo de Fuerteventura, del Decreto de la Presidencia de Desconcentración número 3244, de 8 de julio de 2019 y del Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 11 de julio de 2019, por el que se nombra al Consejero de Área Insular de Cultura, Patrimonio Histórico y Difusión de Patrimonio Cultural, se eleva la siguiente Vista la Propuesta de Resolución del Servicio.

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de fecha 13 de marzo de 2020, queda como plazo para presentar las solicitudes de subvención, DIECISÉIS
16 DÍAS NATURALES, que empezarán a contarse desde el momento que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas la presente resolución.
2. Notificar a los interesados la presente resolución y publicarla en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas.
3. Dar traslado de la misma al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición antes el Consejo de Gobierno Insular, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, según disponen los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. En su caso, no se podrá interponer Recurso ContenciosoAdministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de UN MES. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión. El plazo para interponer el Recurso ContenciosoAdministrativo será de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto.

RESUELVO
1. Modificar el plazo de presentación de solicitudes en la Convocatoria de subvención para la publicación impresa de obras inéditas de creación literaria de interés para la isla de Fuerteventura, de conformidad con lo acordado con fecha 04 de mayo de 2020, por el Consejo de Gobierno Insular del levantamiento de la suspensión de trámites e interrupción de los plazos de los procedimientos de otorgamiento de ayudas y subvenciones en los distintos sectores funcionales competencia del Cabildo Insular, indicando que una vez suspendido el plazo mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, restaba 1 día del plazo otorgado de un mes, que sumado a los 15 días naturales ampliado por la resolución del Presidente del Cabildo
Así lo manda y firma el Consejero de Área Insular del Cabildo de Fuerteventura.
Puerto del Rosario, a trece de mayo de dos mil veinte.
EL CONSEJERO DE ÁREA INSULAR DE
CULTURA, PATRIMONIO HISTÓRICO Y
DIFUSIÓN PATRIMONIO CULTURAL, Andrés Briansó Cárcamo.
LA SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO
DE GOBIERNO, María Mercedes Contreras Fernández.
3.751

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 22/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

PaísEspaña

Fecha22/05/2020

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones2972

Primera edición01/01/2001

Ultima edición29/04/2024

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