Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 16/3/2020
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 33, lunes 16 de marzo de 2020
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
EXCMO. CABILDO INSULAR
DE FUERTEVENTURA
ANUNCIO
1.574
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
GENÉRICAS EN MATERIA DE JUVENTUD, ANUALIDAD 2020
3191
asociaciones y entidades juveniles, así como sus proyectos de modernización y mejora.
- Inversiones en bienes muebles e inmuebles necesarios para el desarrollo de las actividades juveniles y asociativas.
- Proyecto de actividades juveniles a desarrollar por organizaciones, asociaciones y entidades públicas.
- Publicaciones de revistas, grabaciones musicales y otras iniciativas que se consideren de especial interés juvenil.
BDNS Identif.: 499704
Extracto del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno Insular del Cabildo Insular de Fuerteventura, de fecha 2 de marzo de 2020, por el que se convocan Subvenciones Genéricas en Materia de Juventud, anualidad 2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios. Tendrán la consideración de BENEFICIARIOS de subvenciones de carácter JUVENIL:
- Las Entidades Locales, en el ámbito de la isla de Fuerteventura.
- Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que tengan previsto en sus Estatutos el desarrollo de actividades destinadas a la juventud, en cualquiera de sus modalidades.
Tercero. Bases Reguladoras. Ordenanza Específica de Excmo. Cabildo de Fuerteventura, que regula el Régimen General de Ayudas y Subvenciones en Materia de Educación, Cultura y Juventud, aprobadas en sesión Plenaria de fecha 30 de marzo de 2007, publicada en B.O.P. número 67 de fecha 21 de mayo de 2007, y posteriores modificaciones aprobadas por acuerdo Plenario de fecha 26 de diciembre de 2008, publicada en el B.O.P. número 23 de fecha 18 de febrero de 2009, y acuerdo Plenario de fecha 25 de enero de 2013, publicada en el B.O.P. número 34 de fecha 13
de marzo de 2013.
Cuarto. Cuantía.
- Crédito presupuestario destinado a esta subvención:
46.203,30 euros, pudiendo establecer una cuantía adicional de 23.796,70 euros, condicionado a lo establecido en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Cuantía por solicitud: máxima de 6.000,00 euros, atendiendo a los criterios de valoración.
- Las personas físicas y grupos de personas sin personalidad jurídica reunidas ocasionalmente para la realización de actividades destinadas a la juventud.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
VEINTE 20 DÍAS HÁBILES contados desde el día siguiente de su publicación en el B.O.P.
Segundo. Finalidad. Se considerarán OBJETO DE
SUBVENCIÓN, los siguientes fines y actuaciones, de carácter JUVENIL:
Puerto del Rosario, a nueve de marzo de dos mil veinte.
- Proyecto o programas de actividades de formación y participación juvenil.
LA CONSEJERA INSULAR DELEGADA DE
EMPLEO, EDUCACIÓN Y JUVENTUD, María Jesús de la Cruz Montserrat.
- Mantenimiento y funcionamiento habitual de las
42.403