Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 4/3/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

2048

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 27, lunes 4 de marzo de 2019

En caso de precisarse por la actividad del local, que las aperturas de puertas sean al exterior, estas lo harán dentro de un vestíbulo desarrollado en el propio local, no barriendo en ningún caso sobre la acera. En ningún caso se podrán adosar elementos de decoración como segunda fachada sobre los cerramientos, debiendo situarse los elementos propios de la actividad del local en su interior.

Las terrazas se encuentran frente a los locales de restauración, separadas por un paseo peatonal y colocado sobre los ensanches de la acera. Tanto los locales como las terrazas se encuentran localizados en el Área funcional 13 antigua parcela número 5 de la Valoración de Terrenos del Puerto de Las Palmas. En la actualidad, hay otorgadas, en esta zona de la Dársena de Embarcaciones Menores, varios títulos de ocupación de dominio público portuario para este uso, presentando estéticas diferentes.
En estos doce años y medio que han transcurrido desde la aprobación de la normativa del año 2006 se ha visto la necesidad de incidir en algunos detalles que no estaban contemplados en la mencionada normativa, además de haberse aumentado el número de terrazas otorgadas, lo que hace necesario actualizar estas normas a fin de dotarlas de uniformidad estética.
Con fecha 9 de marzo de 2018 se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, la Instrucción número 1/18, del Director de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, sobre las condiciones de estética para las terrazas de los locales situados en la D.E.M., en el Muelle Deportivo. Con esta instrucción, se pretendió conseguir una uniformidad en la estética de las mismas, dando una mejor imagen de esta zona colindante con la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.
Con fecha 5 de abril de 2018 y R.E. número 2018/2383, se recibe escrito por parte de don Francisco Javier Roldán Roa, actuando en nombre y representación del restaurante denominado Pier 19, y acompañado de Documento 1 de propuesta de ordenación de las terrazas del Muelle Deportivo de Las Palmas y Documento 2
de manifiesto de apoyo de todos los concesionarios de los restaurantes Marea Baja, Optimist, Puerto Marina, Sailor Bar y Pier 19 a la propuesta de ordenación que acompaña al escrito. En dicho escrito se solicita Se proceda a revisar de oficio la Instrucción número 1/18 con el fin de que de forma inmediata sea declarada expresamente su nulidad y se tome en consideración y acepte la propuesta de ordenación de las terrazas de los locales situados en la D.E.M. del Muelle Deportivo del Puerto de Las Palas que se adjunta como Documento 1 y se inicie un diálogo constructivo al efecto.
A la vista de lo anterior, se emite las siguiente INSTRUCCIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES
Y TÉCNICAS PARA LAS TERRAZAS DE LOS LOCALES SITUADOS EN LA PARTE INFERIOR DE LA
AVENIDA MARÍTIMA DENTRO DE LA DÁRSENA DE EMBARCACIONES MENORES D.E.M EN EL
PUERTO DE LAS PALMAS.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 4/3/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

PaísEspaña

Fecha04/03/2019

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones2978

Primera edición01/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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