Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/02/2024 - 5º Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)
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AÑO CXI - TOMO DCCX - Nº 35
CORDOBA, R.A. VIERNES 16 DE FEBRERO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
Y CONSIDERANDO:
Que el art. 47 de la Ley Orgánica Municipal n8102 establece que se requiere la designación de Secretarios y Directores que refrenden los actos que son competencia del Departamento Ejecutivo para su validez.
Que existe la necesidad de cubrir el cargo de Director de Cultura de esta Municipalidad.
Que dichas áreas de gobierno integran el gabinete del Departamento Ejecutivo Municipal.
Por todo ello:
EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DE VILLA YACANTO
DECRETA
Art. 1º: Desígnese a la LIC. TANIA VALERIA RAPOPORT, D.N.I.
24.068.619 para ocupar el cargo de Directora de Cultura.
Art. 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido precedentemente se imputará a la partida correspondiente del presupuesto vigente.
Art. 3º:
Archívese.
Comuníquese, Publíquese, dese al Registro Municipal y
Fdo.: Fernando A. Moiso Intendente-Rodrigo Castillo Secretaria de Finanzas 1 día - Nº 509734 - s/c - 16/2/2024 - BOE
DECRETO Nº094 /2023
Villa Yacanto ,11 de Diciembre de 2023
VISTO: La necesidad de designar a los integrantes de las Secretarías y Direcciones de este Departamento Ejecutivo con el fin de organizar el Estado Municipal tras la asunción de nuevas autoridades.
Y CONSIDERANDO:
Que el art. 47 de la Ley Orgánica Municipal n8102 establece que se requiere la designación de Secretarios y Directores que refrenden los actos que son competencia del Departamento Ejecutivo para su validez.
Que existe la necesidad de cubrir el cargo de Directora de Salud de esta Municipalidad.
Que dichas áreas de gobierno integran el gabinete del Departamento Ejecutivo Municipal.
Por todo ello:
EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DE VILLA YACANTO
DECRETA
Fdo.: Fernando A. Moiso Intendente-Rodrigo Castillo Secretaria de Finanzas 1 día - Nº 509744 - s/c - 16/2/2024 - BOE
DECRETO Nº095 /2023
Villa Yacanto ,11 de Diciembre de 2023
VISTO: La necesidad de designar a los integrantes de las Secretarías y Direcciones de este Departamento Ejecutivo con el fin de organizar el Estado Municipal tras la asunción de nuevas autoridades.
Y CONSIDERANDO:
Que el art. 47 de la Ley Orgánica Municipal n8102 establece que se requiere la designación de Secretarios y Directores que refrenden los actos que son competencia del Departamento Ejecutivo para su validez.
Que existe la necesidad de cubrir el cargo de Subdirector de Salud.
Que dichas áreas de gobierno integran el gabinete del Departamento Ejecutivo Municipal.
Por todo ello:
EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DE VILLA YACANTO
DECRETA
Art. 1º: Desígnese a la Odont. MARÍA ANA MARTÍNEZ, D.N.I Nº 33.567.684 para ocupar el cargo de Subdirectora de Salud.
Art. 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido precedentemente se imputará a la partida correspondiente del presupuesto vigente.
Art. 3º:
Archívese.
Comuníquese, Publíquese, dese al Registro Municipal y
Fdo.: Fernando A. Moiso Intendente-Rodrigo Castillo Secretaria de Finanzas 1 día - Nº 509750 - s/c - 16/2/2024 - BOE
DECRETO Nº096 /2023
11 de Diciembre de 2023
VISTO: La necesidad de designar a los integrantes de las Secretarías y Direcciones de este Departamento Ejecutivo con el fin de organizar el Estado Municipal tras la asunción de nuevas autoridades.
Art. 1º: Desígnese a la Lic. CRISTINA MARTÍNEZ, D.N.I Nº 32.227.976
para ocupar el cargo de Directora de Salud.
Y CONSIDERANDO:
Que el art. 47 de la Ley Orgánica Municipal n8102 establece que se requiere la designación de Secretarios y Directores que refrenden los actos
Art. 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido precedentemente se imputará a la partida correspondiente del presupuesto vigente.
que son competencia del Departamento Ejecutivo para su validez.
Que existe la necesidad de cubrir el cargo de Director de Deportes de esta Municipalidad.
Que dichas áreas de gobierno integran el gabinete del Departamento Ejecutivo Municipal.
Por todo ello:
Art. 3º:
Archívese.
Comuníquese, Publíquese, dese al Registro Municipal y
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
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