Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/08/2023 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCIV - Nº 161
CORDOBA, R.A. VIERNES 25 DE AGOSTO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

que se le correrá vista al concesionario por el término de cinco días, para que conteste, ofrezca y aporte las pruebas que hagan a su derecho. Vencido dicho término y conforme a las actuaciones labradas, el Departamento Ejecutivo evaluará, y aplicará en su caso, la sanción que corresponda.
Art. 7º SANCIONES: La violación comprobada dará derecho a la Municipalidad a la aplicación de las siguientes sanciones:
a Multa: En los casos de violación del Art.3 en los incisos: a, b, c, d, e, g, i, k y l; del Art.4 en los incisos: a, b, c, d y e; del Art. 5 en los incisos: a, c y d. Se le aplicará el importe equivalente al precio de la concesión mensual vigente en el momento de la infracción.b Rescisión del Contrato:
1- En caso de reincidencia en la violación de las obligaciones y prohibiciones indicadas en el inc. a del presente artículo.
2- En caso de violación del Art. 3 en los incisos: j,m y n y del Art. 5 en los incisos: b, e y f.
Art. 8º LLAVE DE NEGOCIO O NEGOCIO EN MARCHA: La base de lo que se estima como llave de negocio o negocio en marcha por el tiempo de la concesión, asciende a la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS
MIL $1.800.000,00 pagaderos en un lapso de tiempo no superior a los 6
seis meses desde la firma del contrato.
Art. 9º PRECIO MÍNIMO DEL CANON EN FORMA DE PAGO MENSUAL:
Resultará de la mejor oferta semestral presentada la que no podrá ser inferior a la suma de: a PESOS CIENTO NOVENTA MIL $ 190.000,00
mensuales para el primer semestre en concepto de canon; b en la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTAY SEIS MIL $266.000,00 mensuales para el segundo semestre en concepto de canon; c en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS
$372.400,00 mensuales para el tercer semestre en concepto de canon;
d en la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS
SESENTA $521.360,00 mensuales para el cuarto semestre en concepto de canon; e en la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTINUEVE
MIL NOVECIENTOS CUATRO $729.904,00 mensuales para el quinto semestre en concepto de canon; f en la suma de PESOS UN MILLON
VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON SESENTA
CENTAVOS $1.021.865,60 mensuales para el sexto semestre en concepto de canon; g En tanto que para los semestres: séptimo, octavo, noveno, y décimo el canon se actualizara mensualmente tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor de la Provincia de Córdoba.
Dicho importe deberá abonarse en Tesorería Municipal por mes adelantado del 1 al 10 de cada mes.

Art. 11 CULMINACION DEL PLAZO: Con anterioridad al vencimiento del plazo de la presente concesión, se llamará a una nueva licitación y entrega de pliegos de condiciones.
Art.12: El concesionario se obliga a realizar la explotación por si o por medio de dependientes, los que serán exclusivamente a su cargo, junto con el cumplimiento de las Leyes laborales y demás normas sociales y previsionales, siendo además, a su cargo el cumplimiento de la Ley 24.557
de Riesgo de Trabajo, respondiendo en todos los casos que puedan dañar a terceros, en su persona o patrimonio, al igual que al Concedente.
Art. 13 -DOMICILIOOBLIGACIONES TRIBUTARIAS GARANTIA DEL
CONTRATO: Los interesados en el Concurso de Ofertas, deberán encontrarse al día en el pago de tasas, contribuciones por mejoras, multas y cualquier otro tributo de jurisdicción municipal. El concesionario deberá prestar como mínimo DOS fiadores solidarios, de reconocida solvencia, a satisfacción de la Municipalidad de Villa del Rosario.Art.14 OBLIGACIONES DE PAGO POR LA CONCESIÓN: La falta de pago del canon correspondiente a dos meses de la concesión, consecutiva o alternadamente, constituirá en mora automáticamente al concesionario, sin necesidad de previa intimación y dará derecho al D.E.M a rescindir sin más el contrato, con la pérdida para el concesionario de los importes integrativos de la llave de negocio, que hasta ese momento hubiere abonado, más indemnizaciones que por derecho pudieren corresponder en concepto de daños y perjuicios. Asimismo el D.E.M estará facultado a cobrar y/o ejecutar a la garantía del contrato.
Art. 15.- PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas deberán ser presentadas en dos sobres, ante la Oficina de Tesorería de la Municipalidad, sin membrete comercial, cerrados y lacrados, los que se denominarán de la siguiente manera:
SOBRE PROPUESTA Y SOBRE PRESENTACION
EL SOBRE PROPUESTA: Contendrá únicamente la propuesta por duplicado y será depositado dentro del Sobre Presentación.EL SOBRE PRESENTACION: Tendrá la única inscripción:
MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL ROSARIO CONCURSO PÚBLICO DE
OFERTAS Nº 01/2023 - CONCESION DE LA EXPLOTACION DEL BAR Y
KIOSCO UBICADO EN LA TERMINAL DE OMNIBUS.
y contendrá:
a Comprobante de la Garantía de la Propuesta.

Art. 10º RESTITUCION: El Concesionario se obliga a restituir, ya sea por rescisión o por vencimiento del plazo acordado, el inmueble en perfecto estado de uso y conservación, debiendo restituir el local totalmente pintado
b Comprobante de la Adquisición del Pliego de Condiciones: para el caso de no ser adquirido personalmente por el oferente deberá constar en el reverso el nombre de la persona para quien se adquiere lo que deberá
con pintura látex de primera marca en los tonos en el que fue recibido, así también la impermeabilización del techo con pintura de primera calidad. La restitución en cualquiera de los casos previstos, deberá hacerse en el término de diez días, bajo apercibimiento de iniciar acción de desalojo en su contra, quedando la entrega sujeta a la aprobación del D.E.M. o quien este designe, la que una vez realizada avalará la efectiva restitución.

certificarse por el empleado municipal.

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c Pliego de Condiciones y toda la documentación que forma parte del mismo, debidamente firmado en todos sus folios.
d El sobre propuesta.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/08/2023 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha25/08/2023

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones1435

Primera edición31/07/2018

Ultima edición25/05/2024

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