Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/06/2023 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 108
CORDOBA, R.A. LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Artículo 20º.- DESÍGNASE en la planta permanente de la Administración Pública Municipal a partir del día 01 de junio del año dos mil veintitrés en el cargo MAESTRANZA SERV. GENERALES 9-, cuya erogación será imputada a la partida presupuestaria 1.1.11.101. Retribuciones del Presupuesto de Gastos Vigente a las personas que se mencionan a continuación:
APELLIDO Y NOMBRE
Machado Marcelo Raul
D.N.I.
CLASE
32.913.114

Artículo 22.-ESTABLÉCESE que las designaciones del personal nominado en los Artículos anteriores, tienen el carácter de provisional en los términos del Artículo 18 de la Ordenanza Ley Nº 2706/05 y sus modificatorias -Estatuto del Personal de la Administración Pública Municipal-.
Artículo 23.-FACÚLTASE a la Secretaría de Economía y Finanzas Públicas a realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes, a los fines del cumplimiento de lo dispuesto en el presente instrumento legal.

1987

Artículo 21º.-DESÍGNASE en la planta permanente de la Administración Pública Municipal a partir del día 01 de junio del año dos mil veintitrés en el cargo MAESTRANZA SERV. GENERALES 10-, cuya erogación será imputada a la partida presupuestaria 1.1.11.101. Retribuciones del Presupuesto de Gastos Vigente a las personas que se mencionan a continuación:

Artículo 24.-EL presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.
Artículo 25.-DÉSE intervención a la Dirección de Personal de la Secretaría de Gobierno para que efectúe las comunicaciones del Presente a los organismos que correspondan.

APELLIDO Y NOMBRE
Vaccarini Emanuel David Valencia Alfredo Daniel
D.N.I.
40.028.747
29.512.364

CLASE
1997
1982

Artículo 26.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese y cumplido archívese.

Fdo: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal;
1 día - Nº 460299 - s/c - 12/06/2023 - BOE

MUNICIPALIDAD

VILLA DEL ROSARIO

ORDENANZA 1704-A-2023
VISTO: La adhesión de nuestra Municipalidad al FONDO PERMANENTE
PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS
GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA creado por la unidad de trabajo Provincia-Municipio en el Marco del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Córdoba, mediante Ordenanza Nº 759-A-2004, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de nuestra Ciudad el día 21 de diciembre de 2004.Y CONSIDERANDO:
Que la unidad de trabajo Provincia-Municipio ha dispuesto designar a la Municipalidad de Villa del Rosario el importe de Pesos Cinco Millones Doscientos Sesenta y Cuatro Mil $ 5.264.000 para el otorgamiento de un crédito, en el marco de las etapas N 49 y N 50 del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS
GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.POR TODO ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DEL
ROSARIO, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA SANCIONA CON
FUERZA DE: ORDENANZA
Artículo 1.- FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en el marco de la cuadragésima sexta y cuadragésima séptima etapa, gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE
PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA, un préstamo de hasta Pesos Cinco Millones Doscientos Sesenta y Cuatro Mil $ 5.264.000, con destino al pago de sueldos de SAC Primer Semestre del año 2023.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 2º.- FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en pago del crédito que obtenga en ejercicio de la facultad que se le confiere por el artículo anterior, ceda, al Fondo que le otorgue el préstamo, la garantía de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales conforme a la Ley 8663, o la que en el futuro la sustituya o modifique, hasta la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Seis Mil Doscientos Veintidós con 22/100 $ 146.222,22.- mensuales, durante el término máximo de treinta y seis 36 meses. Artículo 3º.- FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, notifique formalmente a la Provincia de la cesión que efectúe en ejercicio de la facultad que se le confiere por el artículo anterior, anoticiándola de que, en mérito de la cesión, deberá mensualmente pagar la suma cedida directamente al cesionario. Artículo 4º.- FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, garantice la existencia y cobrabilidad del crédito que ceda en ejercicio de la facultad del Artículo 3º de esta Ordenanza, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la Coparticipación de los Impuestos Provinciales. Artículo 5º.- IMPÓNESE al Departamento Ejecutivo Municipal la obligación de rendir cuenta documentada de la utilización de los fondos tomados en ejercicio de la facultad que se le confiere por el Artículo 1º de esta Ordenanza, a este Concejo Deliberante y al FONDO PERMANENTE PARA
LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. Artículo 6º.- COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal, y Archívese.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/06/2023 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha12/06/2023

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones1471

Primera edición31/07/2018

Ultima edición26/07/2024

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