Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/12/2022 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

Las Malvinas son argentinas
MIÉRCOLES 7 DE DICIEMBRE DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCVI - Nº 245
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD DE

LUQUE

5

a SECCION

ORDENANZA 2016/2022
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1º: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE
PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA, un préstamo de hasta pesos un millón cuatrocientos cuarenta mil con 00/100 1.440.000 para el PAGO DE SUELDOS
DEL MES DE DICIEMBRE Y SEGUNDO AGUINALDO DEL CORRIENTE
AÑO, a ser descontados según lo indicado en el art 2º de la presente.
Art. 2º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en pago de crédito, ceda al Fondo Permanente, de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales, hasta la suma de pesos cuarenta mil $40.000 mensuales, durante el termino máximo de TREINTA Y SEIS 36 meses.
Art. 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá notificar formalmente al Gobierno de la Provincia de Córdoba de la cesión de la coparticipación, anoticiándola de que, en mérito de tal cesión, deberá pagarse mensualmente la suma cedida directamente al Fondo Permanente.
Art.4º: FACÚLTASE al departamento Ejecutivo Municipal para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación de los impuestos provinciales.
Art 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal informará al Concejo deliberante y al FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE
PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA, mensualmente, el estado de ejecución del proyecto y al mismo tiempo y ante dichos organismos, rendirá cuenta documentada de la utilización de los fondos tomados.
Art.6º: Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y ProvincialArchívese.
Dado en la sala de sesiones del Concejo Deliberante de la localidad de Luque a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil veintidós.
Promulgada mediante Decreto Nº 128/2022 de fecha 29 de noviembre de 2022.
firmas: Trucco Gabriela - Sacchetti Paula 1 día - Nº 425961 - s/c - 07/12/2022 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD DE LUQUE
Ordenanza 2016/2022 Pag. 1
Ordenanza 2017/2022 Pag. 1
Ordenanza 2018/2022 Pag. 2
MUNICIPALIDAD DE VILLA DOLORES
Decreto N18.083.- Pag. 2

ORDENANZA 2017/2022
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- RATIFICASE la Adenda a los Convenios De Financiamiento Para La Construcción De Viviendas, Decreto N373/22 -Modificado Por Decreto N822/22 Y Decreto N1455/22, celebrado entre la Municipalidad de Luque y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar de la Provincia de Córdoba, en el marco del Programa 10000 Viviendas Línea Vivienda Semilla Municipios, creada por Decreto N373/22
y modificatorios del Poder Ejecutivo Provincial, celebrada con fecha 14 noviembre 2022, con el objetivo de disminuir el déficit habitacional de las familias más vulnerables que se encuentren ubicados en la localidad de Luque, ofreciéndoles la oportunidad de acceder a la vivienda social, con esfuerzo propio y ayuda mutua y/o con la colaboración y cooperación de los estados municipales y comunales, el que como Anexo uno forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2.- RATIFICASE la Adenda a los Convenios De Financiamiento Para La Construcción De Viviendas, Decreto N373/22 -Modificado Por Decreto N822/22 Y Decreto N1455/22, celebrado entre la Municipalidad de Luque y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar de la Provincia de Córdoba, en el marco del Programa 10000 Viviendas Línea Vivienda Semilla Municipios, creada por Decreto N373/22 y modificatorios del Poder Ejecutivo Provincial, celebrada con fecha 14 noviembre 2022, con el objetivo de disminuir el déficit habitacional de las familias más vulnerables que se encuentren ubicados en la localidad de Luque, ofreciéndoles la oportunidad de acceder a la vivienda social, con esfuerzo propio y ayuda mutua y/o con la colaboración y cooperación de los estados municipales y comunales, el que como Anexo dos forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3. - RATIFICASE la Adenda a los Convenios De Financiamiento Para La Construcción De Viviendas Programa Vivienda Semilla Decreto N993/21, Y Decreto N1455/22 celebrado entre la Municipalidad de Luque y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar de la Provincia de Córdoba, con fecha 14 noviembre 2022. en el marco del Programa Vivienda Semilla, creado por Decreto N993/21 del Poder Ejecutivo con el objetivo de disminuir el déficit habitacional de las familias más vulnerables que se encuentren ubicados en la localidad de Luque, ofreciéndoles la oportunidad de acceder a la vivienda social, con
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/12/2022 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha07/12/2022

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones1417

Primera edición31/07/2018

Ultima edición02/05/2024

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