Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/08/2021 - 5º Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)
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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 161
CORDOBA, R.A. VIERNES 6 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
indispensablemente de su Decreto promulgatorio, y POR ELLO:
DECRETO N048/2021
Adelia Maria, 05 de Agosto de 2021.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ADELIA MARÍA
DECRETA
Artículo 1: PROMULGASE la Ordenanza N 1.441/21, sancionada por el Concejo Deliberante en sesión ordinaria de fecha 03/08/2021, la cual Habilita al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar y tomar del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS Y
PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE
CORDOBA. Artículo 2; COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO
MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.
En Adelia María, Departamento Río Cuarto de la Provincia de Córdoba a los cinco días del mes de Agosto del año dos mil veintiuno, y VISTO: Que la Ordenanza Número 1.446/21, sancionada por el Concejo Deliberante en sesión ordinaria de fecha 03/08/2021, y, CONSIDERANDO:
Que para la puesta en vigencia de la referida Ordenanza se requiere indispensablemente de su Decreto promulgatorio, y POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ADELIA MARÍA
DECRETA
Fdo.: JORGE FABIAN MARINO - Intendente Municipal.FLAVIO RUBEN BIOTTI - Secretario de Gobierno.-
Adelia Maria, 05 de Agosto de 2021.-
Artículo 1: PROMULGASE la Ordenanza N 1.446/21, sancionada por el Concejo Deliberante en sesión ordinaria de fecha 03/08/2021, la cual Habilita al Poder Ejecutivo a llamar a Concurso Especial de precios para vender la pick-up de propiedad de la Municipalidad, marca PEUGEOT 504 GD Diésel, Modelo 1998 Motor N 721201 Chasis Nº 8AED37000-V5305539 Dominio BXJ732, el cual se llevará a cabo en las condiciones que se establecen en ésta Ordenanza.-
En Adelia María, Departamento Río Cuarto de la Provincia de Córdoba a los cinco días del mes de Agosto del año dos mil veintiuno, y
Artículo 2; COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO
MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.
VISTO: Que la Ordenanza Número 1.445/21, sancionada por el Concejo Deliberante en sesión ordinaria de fecha 03/08/2021, y,
Fdo.: JORGE FABIAN MARINO - Intendente Municipal.FLAVIO RUBEN BIOTTI - Secretario de Gobierno.-
3 días - Nº 327434 - s/c - 10/08/2021 - BOE
DECRETO N047/2021
CONSIDERANDO:
Que para la puesta en vigencia de la referida Ordenanza se requiere indispensablemente de su Decreto promulgatorio, y POR ELLO:
4 días - Nº 327462 - s/c - 11/08/2021 - BOE
ORDENANZA N 1441/2021
Adelia Maria, 05 de Agosto de 2021.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ADELIA MARÍA
DECRETA
Artículo 1: PROMULGASE la Ordenanza N 1.445/21, sancionada por el Concejo Deliberante en sesión ordinaria de fecha 03/08/2021, la cual Autoriza al D.E.M., a ceder a la Asociación Campo Limpio SGE en carácter de comodato por el plazo de quince 15 años un lote del predio de depósito de agroquímicos Víctor Gregoris, sito en el kilómetro 46 de la Ruta Provincial 24, identificado con nomenclatura Catastral N1804277024407589, con el único objeto de la construcción de instalaciones donde funcione el Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Productos Fitosanitarios.-
Artículo 1: APRUEBASE el Proyecto ILUMINACION INTEGRAL BARRIO JARDIN.
ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE, al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, un préstamo de hasta pesos un millón novecientos veinticinco mil $ 1.925.000.- con destino a la compra de columnas y luminarias para colocar en los sectores faltantes de nuestro pueblo.
Artículo 2; COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO
MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.
Fdo.: JORGE FABIAN MARINO - Intendente Municipal.FLAVIO RUBEN BIOTTI - Secretario de Gobierno.3 días - Nº 327438 - s/c - 10/08/2021 - BOE
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Artículo 3: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para que, en pago
del crédito o garantía que obtenga en ejercicio de la facultad que se le confiere por el artículo anterior, sus intereses y gastos, ceda, al Fondo que le otorgue el préstamo o la garantía de la coparticipación que, mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales, conforme a la Ley 8663, o la que en el futuro la sustituya o modifique hasta la suma de pesos cincuenta y tres mil cuatrocientos setenta y dos c/22/100$ 53.472,22
mensuales durante el término máximo de treinta y seis 36 meses.-
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