Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/01/2021 - 5º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

5

a
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Decreto N 53/2020
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CHILIBROSTE, EN USOS DE SUS
FACULTADES, DECRETA:
Artículo 1º.- DESIGNASE en el cargo de Secretaria de Gobierno Municipal a la Sra. Georgina Soledad Gutierrez DNI Nº 35261022, con domicilio en calle La Rioja Nº 348 de esta localidad de Chilibroste Cba, a partir del 01/10/2020.- cargo que deberá juramentar y honrar durante su permanencia.
Artículo 2º.- La Secretaria de Gobierno designada mediante el presente Decreto, deberá refrendar todos los actos de gobierno provenientes del Departamento Ejecutivo Municipal, como asimismo a realizar tramitaciones ante entidades Bancarias, organismos estatales y privados.
Artículo 3º.- La erogación que demanda este cargo se encuentra contemplado en la cuenta PERSONAL SECRETARIO DE GOBIERNO-.Nº 1.1.01.01.01.01.02 del presupuesto de egresos vigente.-, debiendo realizarse los aportes y contribuciones al sistema de caja de jubilaciones y de seguridad social.
Artículo 4º.- Mientras la Sra. Georgina Soledad Gutiérrez DNI Nº 35261022
permanezca en el Cargo de Secretaria de Gobierno, se le reserva el puesto anterior, categoría y antigedad que posee a la fecha 30 de septiembre de 2020.
Artículo 5º.- COMUNIQUESE a las demás áreas de Gobierno y entidades, PUBLIQUESE, Dese al RM y archívese.
01 de octubre de 2020. Dado en el Despacho Público del D. E. M. de la Municipalidad de Chilibroste. CONSTE.1 día - Nº 293075 - s/c - 18/01/2021 - BOE

Decreto N 54/2020
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CHILIBROSTE, EN USOS DE SUS
FACULTADES, DECRETA:
Artículo 1º.- CONFORMESE el Centro de Operaciones de Emergencias COE Municipal de Chilibroste, en la jurisdicción de la localidad de Chilibroste, en base a las directivas del anexo 1organización territorial del COE y del Centro de Operaciones de Emergencia COE Provincial,mientras continúe la vigencia de la pandemia que afecta a toda la Nación Argentina y la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto Nacional Nº 260/2020 y sus complementarios, Artículo 2º.- La tarea principal del Centro de Operaciones de Emergencias COE Municipal será la de velar por la creación, adecuación y cumplimiento del conjunto de previsiones y medidas de carácter general y particular tendientes a prevenir, evitar, reducir y reparar los efectos de la pandemia existente, trabajando a tales efectos en forma conjunta con el Centro de Operaciones de Emergencias regional COE, dependiente del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba, a los fines de la coordinación de acciones.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVIII - TOMO DCLXXIII - Nº 11
CORDOBA, R.A. LUNES 18 DE ENERO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 3º.- El Centro de Operaciones de Emergencias COE Municipal estará integrado por el titular del Departamento Ejecutivo municipal o el representante que designe, miembros del equipo de salud municipal y de asistencia social, técnicos y asesores del municipio, la secretaria del Concejo Deliberante, un representante del destacamento policial de la localidad, el Juez de Paz actuante en la localidad, Empleados Municipales y toda otra persona que fuera necesario incorporar en el futuro para los fines previstos, como voluntarios, representantes de la sociedad civil o profesionales.
Artículo 4º.- Todos los integrantes del Centro de Operaciones de Emergencias COE Municipal que desempeñen sus actividades, funciones o servicios serán ha honorem.Artículo 5º.- SON funciones principales del Comité de Actuación, las siguientes, a saber:
a Establecer las políticas generales que la situación amerita en el ámbito de la localidad de Chilibroste;
b Establecer convenios con el Centro de Operaciones de Emergencias Regional COE, el Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba y las localidades vecinas en aras a desarrollar una política regional de manejo de la pandemia;
c Aprobar y adherir a los protocolos de actuación que recomiende el Centro de Operaciones de Emergencias Regional COE y los que se dicten durante la vigencia de la pandemia;
d Solicitar al Departamento Ejecutivo municipal la declaración en Estado de Emergencia de una parte o todo el territorio de la localidad de Chilibroste;
e Fijar Zonas de Riesgo según la naturaleza del peligro potencial y la probable dispersión geográfica del mismo, confeccionando el Mapa de Riesgo;
f Establecer planes de contingencia y programas de defensa civil;
g Centralizar y dirigir las tareas de distribución de los medios de ayuda a los más necesitados, damnificados y grupos vulnerables por la pandemia;
h Orientar a la ciudadanía en general sobre aspectos de la pandemia, tales como prevención, contagio, medidas de seguridad y semejantes, capacitando y difundiendo a través de los medios de comunicación masiva, las medidas necesarias para asegurar la autoprotección y la conciencia de solidaridad en momentos como los actuales;
i Adoptar toda otra medida que resulte necesaria para asegurar la protección de la población y de los bienes públicos y privados. La enumeración precedente no es taxativa y no implica la negación de otras funciones atinentes al control de la pandemia existente y/o que fueran necesarias para el cumplimiento de las previsiones del Artículo 2 de la presente resolución Artículo 6º.- El COE funcionará en forma permanente, durante toda la vigencia de la pandemia, según lo establezca la Organización Mundial de la Salud y la reglamentación nacional y provincial concordante en vigencia.
En los aspectos que requiera asesoramiento, podrá invitar a especialistas
2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/01/2021 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha18/01/2021

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1421

Primera edición31/07/2018

Ultima edición07/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2021>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31