Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/01/2021 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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AÑO CVIII - TOMO DCLXXIII - Nº 6
CORDOBA, R.A. LUNES 11 DE ENERO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Resuelto el desmalezamiento y vencido el plazo del párrafo anterior, el mismo se efectuara por la Municipalidad con cargo al propietario, que deberá contribuir por metro cuadrado de superficie desmalezada conforme los importes que establezca la Ordenanza Tarifaria Anual.

las remisiones, referencias y citas, de acuerdo con las modificaciones introducidas por Ordenanzas posteriores.
ARTÍCULO 339: Derogación. Deróguese las Ordenanzas N 38/2014, 24/2016 y toda otra que se oponga a la presente.

TITULO XX
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
ARTÍCULO 337: Vigencia. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15 de la presente, éste Código entrará en vigencia a partir del día primero de enero de dos mil diecinueve.
La Ordenanza Tarifaria Anual rige desde el día primero de enero al treinta y uno de diciembre del año para el que fue dictada y se considerará prorrogada automáticamente para el año siguiente, si antes del día primero de ese año no se hubiere sancionado la respectiva Ordenanza Tarifaria y hasta tanto ello suceda.

ARTÍCULO 340: Los actos y procedimientos cumplidos durante la vigencia de Ordenanzas anteriores, derogadas por el presente, conservan su validez.
Los términos que comenzaron a correr antes de su vigencia y que no estuvieren cumplidos, se computarán conforme a las disposiciones de este código, salvo que los establecidos fueran menores a los anteriormente vigentes.
ARTÍCULO 341: Normas tributarias vigentes. El Departamento Ejecutivo consignará en el sitio web el texto de las normas tributarias vigentes.

ARTÍCULO 338: Ordenamiento. Facúltese al Departamento Ejecutivo a disponer el ordenamiento del Código Tributario Municipal, uniformando terminología, modificando, suprimiendo o agregando títulos y adecuando
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ARTÍCULO 342: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

1 día - Nº 292942 - s/c - 11/01/2021 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/01/2021 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha11/01/2021

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones1419

Primera edición31/07/2018

Ultima edición04/05/2024

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