Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/01/2021 - 5º Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)
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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVIII - TOMO DCLXXIII - Nº 295
CORDOBA, R.A. LUNES 4 DE ENERO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
ART. 4 Prohíbase el uso del agua, elemento esencial y vital, para el llenado de piletas, lavados de autos, veredas.
ART. 5 Facúltese al Poder Ejecutivo Municipal, o al personal que este designe, para corroborar la observancia de la presente norma.
ART. 6 Establézcase un régimen de sanciones pecuniarias plausible de aplicación ante la inobservancia del presente marco normativo.
Los montos de las sanciones pecuniarias, expresados en moneda argentina de curso legal, serán fijados por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Ballesteros Sud.
MUNICIPALIDAD DE
ART.7 Promúlguese, comuníquese, envíese copia B.O. archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 10
del mes de diciembre de 2020.
FDO: Lic. Romina Molinari Pte Concejo Deliberante / Sergio Blangetti Vocal / Hernan Philpotts Vicepresidente / Patricio Bopolo Vocal / Mirta Peralta Vocal / Elena Bertero Vice Pte 1 / Eliana Philpotts Sec. Legislativa 5 días - Nº 292314 - s/c - 08/01/2021 - BOE
SAN JOSÉ
ORDENANZA Nº 671 /2020
DECRETO N 70/2020
San José, Departamento San Javier, 22 de Diciembre de 2020
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 671 /2020
Art. 1º.- DISPÓNGASE un aumento de salario para todas las categorías del escalafón municipal categoría 1 unoa la 24 veinticuatro-, todas e inclusive, consistente en un treinta por ciento 30% del sueldo básico.
Art. 2º.- ESTABLÉZCASE y dese cumplimiento que el referido aumento se otorgue a partir del 01 de enero del venidero año 2.021.-
VISTO: La nota remitida por el Honorable Concejo Deliberante autorizando el tratamiento y aprobación del Proyecto de ordenanza: Aumento de sueldos a empleados de planta permanente y contratados Y CONSIDERANDO:
Que se hace necesario dictar el instrumento legal para su promulgación e inmediata implementación Por ello.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN JOSE EN USO DE SUS
LEGITIMAS ATRIBUCIONES
DECRETA:
Art. 3º.- ESTABLÉZCASE que para el segundo semestre se evaluará un aumento de acuerdo a la situación económica y financiera del municipio. Art. 4º.- LOS gastos que demande el cumplimiento de la presente ordenanza se imputaran a las correspondientes partidas del presupuesto que rija a la fecha de entrada en vigencia de la presente.
Art. 5º.-DEROGUESE toda otra ordenanza que se oponga a la presente.
Art. 6º.- COMUNÍQUESE, publíquese en el BOE, dese al Registro Municipal y archívese.-
Art.1.- TENGASE por ordenanza de la Municipalidad de San José, Promulgándola y Registrándola bajo el N 671/2020, Aumento de sueldos a empleados de planta permanente y contratados.
Art.2.-COMUNIQUESE, Publíquese, dese al registro Municipal, Cumplido y Archívese.FDO SECRETARIO DE GOBIERNO SR. JOSE AGUERO Y EL INTENDENTE MUNICIPAL SR. HUGO GOMEZ
1 día - Nº 292440 - s/c - 04/01/2021 - BOE
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA, A
LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2020.-
ORDENANZA Nº 672/2020
FDO SECRETARIA DEL HCD PROF. IVANA VIEYRA Y LA PRESIDENTA
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 672/2020
DEL HCD PROF. ANALIA ARCE
1 día - Nº 292439 - s/c - 04/01/2021 - BOE
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Art. 1º.- DISPÓNGASE un aumento de remuneración para el Intenden-
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