Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/05/2020 - 5º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

5

a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXV - Nº 103
CORDOBA, R.A. MARTES 05 DE MAYO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

estima conveniente establecer el uso obligatorio de barbijos sanitarios y/o protectores faciales pañuelos, bufandas y cualquier otro elemento que cubra la zona de nariz y boca para todas las personas habitantes o transeúntes que circulen en calles de la localidad.
Que estos elementos disminuyen la posibilidad de que una persona afectada por la enfermedad la propague al encontrarse en lugares públicos, y que las personas no infectadas se lleven menos las manos a la cara, de manera que se evite el contagio.

Que, debido a que muchos especialistas sugieren la utilización masiva en toda la comunidad de elementos tales como barbijos y/o protectores faciales, porque usados de manera correcta tienen una función muy importante para evitar la propagación del virus, varias Provincias del País y Municipios vecinos han decretado la obligación del uso de esos elementos.
Que, el Centro de Operaciones de Emergencia COE de la Provincia de Córdoba recomendó su uso de barbijos a toda la población.

Que corresponde dictar las medidas pertinentes que, en el orden local, tiendan a impedir la propagación del virus Covid-19.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE GENERAL LEVALLE
DECRETA
ARTICULO Nº 01: PROMULGASE la Ordenanza N1665/2020 sancionada por el Concejo Deliberante el día 28 de abril de 2020.
ARTICULO Nº 02: COMUNIQUESE. Publíquese. Dese al registro municipal. Archívese.
Fdo: Ab. FEDERICO GALLO INDENDENTE. Mart. AGUSTIN GALLO
SECRETARIO DE GOBIERNO.
1 día - Nº 257453 - s/c - 05/05/2020 - BOE

ORDENANZA Nº 1665/2020

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE GENERAL LEVALLE
DECRETA:

EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL LEVALLE
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 1665/2020

ARTÍCULO 1: ESTABLÉCESE, a partir del 28 de abril de 2020, el uso obligatorio de barbijos sanitarios y/o protectores faciales pañuelos, bufandas y cualquier otro elemento que cubra la zona de nariz y boca para todas las personas habitantes o transeúntes que circulen en calles de la localidad o que ingresen a locales públicos o locales privados abiertos al público.

ARTÍCULO 1º: RATIFÍCANSE en todos sus términos los siguientes Decretos dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal ad referéndum del Concejo Deliberante en el marco de la emergencia preventiva sanitaria provocada por el brote de Covid-19, a saber:

ARTÍCULO 2: DISPÓNESE que las contravenciones a la obligación establecida en el artículo anterior serán pasibles de la sanción establecida en los Artículos 86 y 87 de la Ordenanza N 1578/2017 Código de Faltas para las personas que incumplan con las órdenes emanadas de las autoridades competentes.
ARTÍCULO 3: INVÍTASE a la población de General Levalle a confeccionar protectores faciales que cubran la zona de nariz y boca con los materiales que se encuentren a su disposición.

1. Decreto N 45/2020, de fecha 26 de Marzo de 2020, por medio del que se dispone la prórroga del pago de contribuciones municipales hasta el 30
de Abril de 2020 y se exime del pago de la Cuota N 3 de las Contribuciones municipales que Inciden sobre los Servicios de Higiene prestados a Comercios, Industrias y Empresa de Servicios.
2. Decreto N 58/2020, de fecha 28 de Abril de2020, por medio del que se dispone la prórroga del pago de contribuciones municipales hasta el 30
de mayo de 2020 y se exime del pago de la Cuota N 4 de las Contribuciones municipales que Inciden sobre los Servicios de Higiene prestados a Comercios, Industrias y Empresa de Servicios.

ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE, publíquese, regístrese y archívese.

Fdo: Ab. FEDERICO GALLO INDENDENTE. Mart. AGUSTIN GALLO
SECRETARIO DE GOBIERNO.

3. Decreto N 59/2020, de fecha 28 de Abril de 2020, por medio del que se establece la obligatoriedad del uso del barbijo mientras se extienda la emergencia preventiva sanitaria.

1 día - Nº 257452 - s/c - 05/05/2020 - BOE

4. Decreto N 57/2020, de fecha 28 de Abril de 2020, por medio del que se autoriza la realización de actividades comerciales, de obras privadas y de profesionales independientes y se establecen sanciones en caso de incumplimiento.

General Levalle, 29 de abril de 2020.-

DECRETO Nº 60/2020

VISTO: La Ordenanza N 1665/2020 sancionada por el Concejo Deliberante el día 28 de abril de 2020.
Y CONSIDERANDO:

Que, éste Departamento Ejecutivo debe dictar el instrumento legal a fin de su promulgación;
POR ELLO
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ARTÍCULO 2: COMUNÍQUESE, publíquese, regístrese y archívese.

Dada en sala de sesiones, Veintiocho de Abril de dos mil veinte.
FDO: CARLOS SEBASTIÁN MASI PRESIDENTE. HENRY EMILIO GASTALDI SECRETARIO. CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL LEVALLE.
1 día - Nº 257455 - s/c - 05/05/2020 - BOE

4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/05/2020 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha05/05/2020

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1439

Primera edición31/07/2018

Ultima edición04/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2020>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31