Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/03/2020 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXIII - Nº 47
CORDOBA, R.A. VIERNES 06 DE MARZO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

por envíos de muestras sanguíneas, Papanicolaou, retiros de insumos y tramites en general, realizadas durante el mes en curso, facultándose por el presente al señor MARIN GUSTAVO ALBERTO CUIT 20-22034588-3, a percibir directamente el monto supra mencionado.
Artículo 2o.- EL pago del subsidio referido en el Artículo 1o será imputado a la Partida 1.5.51.503 colaboración con instituciones sin fines de lucro, del Presupuesto de vigente.

Fdo.: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretario de Economía y Finanzas Públicas Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal 1 día - Nº 250600 - s/c - 06/03/2020 - BOE

DECRETO N 0710/19
Cosquín, 30 de diciembre de 2019

Artículo 3o.- REFRENDASE el presente Decreto por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.

Artículo 4o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

Fdo.: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretario de Economía y Finanzas Públicas Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal 1 día - Nº 250598 - s/c - 06/03/2020 - BOE

DECRETO N 0709/19
Cosquín, 30 de diciembre de 2019
VISTO: El Expediente No 2019-38-1, Secretaría de Salud, Ambiente y Desarrollo Sustentable, registro de este Municipio, iniciado por la Asociación Cooperadora del Hospital Municipal Dr. Armando Cima Cosquín, mediante el cual solicita colaboración económica.
Y CONSIDERANDO:
Que la Cooperadora del Hospital Municipal Dr. Armando Cima de nuestra localidad, solicita disponer de fondos y afectarlos al pago de prestaciones bioquímicas realizadas en Hospital Municipal Dr. Armando Cima, a pacientes que no poseen obra social.
Que conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas Públicas en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal
D E C R ETA
Artículo 1o.- OTORGASE a la ASOCIACIÓN COOPERADORA del HOSPITAL MUNICIPAL DR. ARMANDO CIMA COSQUÍN, un SUBSIDIO NO REINTEGRABLE, por la suma de PESOS VEINTE MIL CIENTO
TREINTA Y SIETE CON SEIS CENTAVOS $20137,06, fondos que serán destinados al pago de prestaciones bioquímicas realizadas en Hospital Municipal Dr. Armando Cima, a pacientes que no poseen obra social, facultándose por el presente al señor LABICO S.R.L., CUIT 30-70963694-0, a percibir directamente el monto supra mencionado.

Artículo 2o.- EL pago del subsidio referido en el Artículo 1o será im-

putado a la Partida 1.5.51.503 colaboración con instituciones sin fines de lucro, del Presupuesto de vigente.

VISTO: El Expediente No 2019-39-1, Secretaría de Salud, Ambiente y Desarrollo Sustentable, registro de este Municipio, iniciado por la Asociación Cooperadora del Hospital Municipal Dr. Armando Cima Cosquín, mediante el cual solicita colaboración económica.
Y CONSIDERANDO:
Que la Cooperadora del Hospital Municipal Dr. Armando Cima de nuestra localidad, solicita disponer de fondos y afectarlos al pago del servicio de reparación de aire acondicionado del Hospital Municipal Dr. Armando Cima.
Que conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas Públicas en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal
D E C R ETA
Artículo 1o.- OTORGASE a la ASOCIACIÓN COOPERADORA del HOSPITAL MUNICIPAL DR. ARMANDO CIMA COSQUÍN, un SUBSIDIO
NO REINTEGRABLE, por la suma de PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS
$10300,00, fondos que serán destinados al pago del servicio de reparación de aire acondicionado del Hospital Municipal Dr. Armando Cima, facultándose por el presente al señor URCEGUI, DIEGO EMANUEL, CUIT
20334118593, a percibir directamente el monto supra mencionado.
Artículo 2o.- EL pago del subsidio referido en el Artículo 1o será imputado a la Partida 1.5.51.503 colaboración con instituciones sin fines de lucro, del Presupuesto de vigente.
Artículo 3o.- REFRENDASE el presente Decreto por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.

Artículo 4o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

Fdo.: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretario de Economía y Finanzas Públicas Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal 1 día - Nº 250602 - s/c - 06/03/2020 - BOE

DECRETO N 0711/19
Cosquín, 30 de diciembre de 2019

Artículo 3o.- REFRENDASE el presente Decreto por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.

Artículo 4o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

VISTO: El Expediente No 2019-134-1 Desarrollo Social, registro de este Municipio, iniciado por el señor ROMERO, PEDRO MAXIMILIANO, DNI No 27955200, mediante el cual solicita ayuda económica.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/03/2020 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha06/03/2020

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones1426

Primera edición31/07/2018

Ultima edición13/05/2024

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