Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/06/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLIV - Nº 111
CORDOBA, R.A. MIERCOLES 12 DE JUNIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

31/03/2019, a las personas que desempeñarán tareas de capacitación en las distintas áreas de este Municipio tal como surge del Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2o.- AQUELLAS personas que tuvieran en forma paralela el beneficio de cualquier otro Programa Nacional o Provincial deberán dar cumplimiento a los horarios correspondientes a estos Programas a través de Dirección de Personal.

Públicas, en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal
DECRETA

Artículo 3o.- LA oficina de Personal deberá certificar a Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, en forma mensual, el cumplimiento del horario establecido para cada becario, documentación que será parte de la orden de pago para la percepción del beneficio.

Artículo 1o.- OTORGASE a la señora Carla Briasco, DNI No 25.198.817, en representación de CACIQUE ARGENTINA, Productor General de la 9na Edición del FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE INDEPENDIENTE DE COSQUIN un SUBSIDIO NO REINTEGRABLE por la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MIL $65000.00, importe que será destinado al beneficio y aprovechamiento de la organización.

Artículo 4o.- LA Municipalidad deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil para todo el personal designado a través de este Programa Municipal de Becas.

Artículo 2o.- IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento del Artículo precedente a la Partida 1.5.51.503 colaboración con instituciones sin fines de lucrodel presupuesto vigente.

Artículo 5o.- IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1o a la Partida 1.5.51.501 Becas, del Presupuesto vigente.

Artículo 3o.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.

Artículo 6o.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.

Artículo 7o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

Artículo 4o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretario de Economía y Finanzas Públicas, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.

FDO: Sr. Raúl Carlos Ariel Acuña, Secretario de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 211334 - s/c - 12/06/2019 - BOE

1 día - Nº 211338 - s/c - 12/06/2019 - BOE

DECRETO No 0190/19
Cosquín, 11 de abril de 2019

DECRETO N 0212/19
Cosquín, 23 de abril de 2019
VISTO: El Expediente No 2019-1323-1- Mesa de Entradas, registro de esta Municipalidad, presentado por el señor Olmos, Diego Gonzalo, Director de Cultura y Educación de la Municipalidad, mediante el cual solicita apoyo económico para la realización de la 9a Edición del FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE INDEPENDIENTE DE COSQUIN FICIC 2019.
Y CONSIDERANDO:
Que el Festival de Cine de que se trata, es un evento de sumamente valioso para nuestra comunidad respetuosa de nuestras raíces.
Que este Departamento Ejecutivo conociendo el esfuerzo que significa la ejecución de eventos específicos, desea colaborar con un aporte en dinero de carácter no remunerativo, sin compensación, al beneficio y aprovechamiento de la organización del Festival.
Que conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas
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VISTO:La realización del 1o Torneo de Futbol de Verano Copa ciudad de Cosquín 2019
. Y CONSIDERANDO:
Que la competencia mencionada se llevó a cabo durante los meses de febrero y marzo del corriente año, en nuestra ciudad.

Que mediante nota se informa que el equipo consagrado ganador es el Club Atlético Tiro Federal Cosquín.
Que la oficina de Contaduría Municipal, informa que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, serán atendidos con los fondos de la Partida Presupuestaria 1.5.51.503 colaboración con instituciones sin fines de lucro-, del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Que por ello y conforme las atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal, DECRETA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/06/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha12/06/2019

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones1417

Primera edición31/07/2018

Ultima edición02/05/2024

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