Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/06/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLIV - Nº 106
CORDOBA, R.A. MIERCOLES 5 DE JUNIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

gastos para mantener su vivienda.
Que el Municipio ha facilitado en la mayor medida de sus posibilidades el acceso al Bienestar de las personas de la Comunidad, de manera continua, conforme se ha solicitado y continua habiéndolo en la convicción de que debe garantizarse el acceso a los servicios básicos a toda la comunidad, en la medida que esta lo requiera por lo que se aprecia conveniente continuar otorgando la ayuda económica solicitada.
Que existen partidas presupuestarias disponibles para ser afectadas a las erogaciones que genera. Que es facultad del Ejecutivo Municipal conforme Ordenanza 042/2009.EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Articulo Nº 1: OTORGUESE en concepto de Subsidio a la Sra. Guzman, Nelly del Valle, DNI 23.095.292, Orden de Compra Nº 0001-0000689, equivalente a la suma de Pesos seis Mil Ochocientos Sesenta y Cuatro.
$6.864.00; Factura B N0000076 en Ferretería SOL, Mariano Moreno y Ruta 15 de Villa Cura Brochero, a fin de garantizar un estado de bienestar pleno, destinado a la adquisición de chapas para mantención del techo de su vivienda, por carecer de recursos necesarios, configurando una situación de imposibilidad razonable de afrontar los gastos para la misma, como la necesidad de garantizar un acceso igualitario a los servicios básicos, conforme constancias obrantes, a merito de lo manifestado en los Vistos y Considerandos precedentes. Articulo Nº 2: Impútese la erogación ocasionada a la partida 1.3.1.02.02.01. Subsidios a particulares del presupuesto de gastos y recursos vigente. Articulo Nº 3: Refrenda este acto el Sr. Secretario de Gobierno a cargo de Secretaria de Hacienda, Sr. Claudio Gustavo Charras. Articulo Nº 4: COMUNIQUESE, DESE COPIA, CUMPLIDO, ARCHIVESE.

gastos generales, por lo cual se observa necesario otorgar la ayuda solicitada. Que el municipio en su rol de promotor e interlocutor del desarrollo de la Comunidad, debe otorgar la colaboración solicitada a familias de la localidad que no poseen los recursos para afrontar todas sus necesidades, mas aun tratándose de garantizar el acceso a los alimentos, que es una necesidad de primer orden y los de salud. Que por todo ello y atento las finalidades de garantizar vivienda a que dará cumplimiento, debe otorgarse la ayuda solicitada.
Que existen recursos presupuestarios disponibles para afrontar la erogación ocasionada. Que es facultad del Ejecutivo Municipal conforme Ordenanza 042/2009.EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Articulo Primero: OTORGUESE en concepto de Subsidio al Sr. Gazzia Luis Alberto, DNI: 17.764.629, Orden de Compra Nº 0001-00000759, por el equivalente de el monto de Pesos Un Mil Ciento Veinte con Treinta y Cuatro ctvos. $1.120.34 para los gastos derivados de la adquisición de alimentos, en el Supermercado TOP, .Ticket nº 00409850, con domicilio en Av. Belgrano esq. Malvinas Argentinas de la localidad de Villa Cura Brochero, por carecer de los recursos para ello, generando una situación de urgencia, de imposibilidad razonable de afrontar gastos de alimenticios, de solución imprescindible y atento a los Visto y precedentes, conforme Ordenanza 042/2009 y Decreto reglamentario. Articulo Segundo: Impútese la erogación ocasionada a la partida 1.3.1.02.02.01. Subsidios a particulares, del Presupuesto de Gastos y Recursos vigente. Articulo Tercero: Refrenda este acto el Sr. Secretario de Gobierno, Sr.
Claudio Gustavo Charras.
Articulo Cuarto: COMUNIQUESE, DESE COPIA, CUMPLIDO, ARCHIVESE.

1 día - Nº 211362 - s/c - 05/06/2019 - BOE
1 día - Nº 211364 - s/c - 05/06/2019 - BOE

DECRETO 132/2019

DECRETO 133/2019
Villa Cura Brochero, 14 de marzo de 2019.Villa Cura Brochero, 14 de marzo de 2019.-

VISTO: La solicitud formulada al Departamento Ejecutivo, mediante Expte.
Nº 88 Ayuda Económica, al Sr. Gazzia Luis Alberto, peticionando ayuda económica para gastos de mercadería.Y CONSIDERANDO:
Que el solicitante requiere de mercadería, para la mantención de su hogar, la solicitud consiste en la compra de productos alimenticios, y no posee los medios para ello. Que sin duda, el solicitante se encuentra en situación de vulnerabilidad, debido a la carencia de recursos suficientes para obtenerla, por lo que se aprecia la existencia de una situación de imposibilidad de afrontar gastos de subsistencia, que debe ser resuelto. Que se observa una situación de razonable imposibilidad de afrontar BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

VISTO: La solicitud formulada al Departamento Ejecutivo mediante los Expte. Nº 90, en cuanto se otorgue Subsidio al Sr. León Osvaldo Ramón, destinado a gastos de oxigeno.Y CONSIDERANDO:
Que el solicitante requiere se le provea de carga de oxigeno para ser suministrado, por padecer cuadros de EPOC, siendo oxigeno dependiente, según prescripción médica presentada. Ello configura una situación de necesidad sanitaria de carácter imprescindible. Que no posee los recursos que le permitan adquirir lo que requiere, que incide en su estado físico general, por lo que solicita ayuda atento la situación general que transita, por lo que se aprecia conveniente otorgarla.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/06/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha05/06/2019

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones1419

Primera edición31/07/2018

Ultima edición04/05/2024

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