Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/03/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
remunerativo calculado sobre el sueldo básico de cada agente correspondiente al mes de DICIEMBRE de 2018, para todo el personal dependiente de la Municipalidad de la ciudad de Cosquín.
Artículo 2o.- OTÓRGUESE, un incremento salarial del 5 % con el pago de haberes del mes de febrero de 2019, dicho monto de carácter remunerativo calculado sobre el sueldo básico de cada agente correspondiente al mes de ENERO DE 2019, para todo el personal dependiente de la Municipalidad de la ciudad de Cosquín.
Artículo 3o.- LA Secretaría de Economía y Finanzas implementará las medidas administrativas necesarias para dar efectivo cumplimiento a lo dispuesto en los artículos precedentes.
Artículo 4o.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
Artículo 5o.- EL presente Decreto deberá ser elevado al Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Cosquín para su conocimiento y consideración.

AÑO CV - TOMO DCLI - Nº 57
CORDOBA, R.A. LUNES 25 DE MARZO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Artículo 6o.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Sr. Raúl Carlos Ariel Acuña, Secretario de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 200590 - s/c - 25/03/2019 - BOE

Artículo 1o.- DESIGNANSE Beneficiarios del PROGRAMA MUNICIPAL DE BECAS, para el período comprendido entre el 01/01/2019 y el 31/01/2019, a las personas que desempeñarán tareas de capacitación, afectadas a la realización de Peñas, tal como surge del Anexo I que forma parte integrante del presente.
Artículo 2o.-AQUELLAS personas que tuvieran en forma paralela el beneficio de cualquier otro Programa Nacional o Provincial deberán dar cumplimiento a los horarios correspondientes a estos Programas a través de Dirección de Personal.
Artículo 3o.-LA oficina de Personal deberá certificar a Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, en forma mensual, el cumplimiento del horario establecido para cada becario, documentación que será parte de la orden de pago para la percepción del beneficio.
Artículo 4o.- LA Municipalidad deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil para todo el personal designado a través de este Programa Municipal de Becas.
Artículo 5o.- IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1o a la Partida 1.5.51.501 Becas, del Presupuesto vigente.
Artículo 6o.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.

Artículo 7o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Sr. Raúl Carlos Ariel Acuña, Secretario de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.

DECRETO N 0030/19
Cosquín, 05 de febrero de 2019
VISTO: La Ordenanza No 2572/04 por la cual se crea el Programa Municipal de Becas, y la necesidad de designar personal para prestar servicios en este Municipio como Beneficiarios del Programa Municipal de Becas, correspondiente al mes de enero de 2019.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza No 2572/04 se crea el Programa Municipal de Becas, destinado a personas residentes en la ciudad de Cosquín que se encuentren desocupados, perciban o no ayuda económica provenientes de otros Programas Laborales Nacionales o Provinciales.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá determinar la nómina del personal beneficiado, las tareas de capacitación a desempeñar y el horario a cumplir.

Que por todo ello, el señor Intendente Municipal en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102-Orgánica Municipal, D E C R ETA

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1 día - Nº 200593 - s/c - 25/03/2019 - BOE

DECRETO N 0031/19.
Cosquín, 05 de febrero de 2019
VISTO: El Expediente No 2019-86-1 Dirección de Personal, registro de esta Municipalidad, presentado por el señor Secretario de Gobierno de esta Municipalidad, señor RAUL CARLOS ARIEL ACUÑA, DNI No 16.349.692, Clase 1964, Legajo No 210, mediante la cual tramita una solicitud de licencia a partir del día 06/02/2019 y hasta el día 11/02/2019, ambas fechas inclusive.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme la interpretación armónica de lo dispuesto por la Ley Provincial No 8102 -Orgánica Municipallas facultades de administración propias conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, comprenden la atribución exclusiva de su titular para designar, promover, aceptar renun-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/03/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha25/03/2019

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones1449

Primera edición31/07/2018

Ultima edición19/06/2024

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