Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/10/2018 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLVI - Nº 205
CORDOBA, R.A. VIERNES 26 DE OCTUBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

de Folklore, luego de un análisis pormenorizado realizado por las áreas de Desarrollo Social, Turismo y Economía de este municipio, se determinó que estas actividades no corresponderían a la Comisión Municipal de Folklore, sino que forman parte de un programa municipal.

Que según informe elaborado por el Asesor Contable del Municipio Cr.
Diego Nazrala, se sugiere que se modifique las imputaciones de las actividades anteriormente de manera tal de que sean incluidas en la ejecución presupuestaria del ejercicio municipal, de manera de reflejar razonablemente los esfuerzos que realiza el Departamento Ejecutivo Municipal en pos del desarrollo de la ciudad.
Que por ello las erogaciones imputadas en las cuentas presupuestarias de la Comisión Municipal de Folklore y que representan acciones que no están vinculadas al Festival de Folklore, sino que corresponden a la promoción de acciones del gobierno municipal en pos del desarrollo de la ciudad, deben ser corregidas, conforme el objeto del gasto.
Que las erogaciones referidas al Fogón Criollo son efectuadas con objeto de la Promoción Social en la ciudad.
Que las erogaciones efectuadas a través de la Peña de Cosquín, Cosquín de Peñas y Fiesta del Duende, poseen como fin la promoción turística.
Que la Secretaría de Asesoría Legal y Técnica no ha manifestado observaciones al respecto.
Por todo ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Provincial Nº 8102 -Orgánica Municipal-,
za No 3700, sancionada con fecha 12/07/2018.
Y CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido por el Artículo 49, inciso 1 de la Ley Provincial No 8102 Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas.
Por ello, el señor Intendente Municipal en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
D E C R ETA
Artículo 1.- PROMULGASE la Ordenanza No 3701 sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Cosquín, en sesión del día 12/07/2018, la que anexada, forma parte integrativa de éste.
Artículo 2.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.

Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

Fdo.: Sr. Raúl Carlos Ariel Acuña, Secretario de Gobierno Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal ANEXO
1 día - Nº 179189 - s/c - 26/10/2018 - BOE

D E C R ETA
Artículo 1º.- ESTABLÉZCASE que el Programa desarrollado por el Municipio denominado: En Cosquín el Folklore de Fiesta todo el año, corresponde y pertenece en materia de ejecución presupuestaria a la Secretaria de Planificación y Ejecución.
Artículo 2º.- AUTORICESE, a la Secretaria de Economia y Finanzas Públicas, a tomar las medidas necesarias referidas a la reestructuración de las partidas inherentes, sin afectar el monto total del presupuesto vigente del año en curso.
Artículo 3º.- DERÓGASE toda disposición que se oponga a los contenidos del presente Decreto.
Artículo 4.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.

Artículo 5.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

Fdo.: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretario de Economía y Finanzas Públicas Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal 1 día - Nº 179185 - s/c - 26/10/2018 - BOE

DECRETO N 324/2018
Cosquín, 13 de julio de 2018
VISTO: El Expediente N 2018-52-1 Desarrollo Social, registro de este Municipio, iniciado por la señora MURUA NADIA SOLEDAD, DNI N
28.604.185, mediante el cual solicita ayuda económica.
Y CONSIDERANDO:
Que a fojas uno 1 del expediente mencionado en el Visto, la señora Murúa Nadia Soledad, solicita ayuda económica para abonar la compra de un par de lentes recetados para su hija menor de edad.
Que de acuerdo al informe socio económico emitido por Dirección de Desarrollo y Promoción Social, la recurrente, no posee recursos económicos que le permitan cubrir mínimamente sus necesidades básicas.
Que a fin de garantizar los derechos y la calidad de vida optima de los ciudadanos, es intención de este Departamento Ejecutivo dar respuesta positiva a lo solicitado.
Que conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal D E C R ETA

DECRETO N 323/2018
Cosquín, 13 de julio de 2018
VISTO: El Expediente 2018-2214-1 Mesa de Entradas registro de esta Municipalidad, mediante el cual el Concejo Deliberante de la ciudad de Cosquín, ingresa a este Municipio un 1 ejemplar en original de OrdenanBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 1.- OTORGASE a la señora MURUA NADIA SOLEDAD, DNI
N 28.604.185, con domicilio en calle San Martín No 2600, Barrio Acceso Sur, de esta ciudad, un SUBSIDIO NO REINTEGRABLE por la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA $1.440,00, importe que será destinado a la compra de un par de lentes recetados, para su hija menor de edad, facultándose por el presente a ÓPTICA FOTO ARTE del
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/10/2018 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha26/10/2018

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1442

Primera edición31/07/2018

Ultima edición07/06/2024

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