Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/09/2021 - 4º Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)
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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL
ubicado en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital, Provincia de Córdoba, realizada a favor de la Sra. Claudia Roxana Ferreyra M.I. Nº 26.103.354, como así también cualquier otro instrumento legal que pudiera haberse otorgado en relación al inmueble detallado; y que se adjudica a favor de la Sra. Liliana Beatriz González M.I. Nº 25.075.251 el inmueble identificado como Lote 7 de la Manzana 20 del denominado Barrio Ciudad Ampliación Ferreyra , ubicado en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital, Provincia de Córdoba, Nomenclatura Catastral Nº 1101012623029003, Matrícula Nº 44843, del inmueble de mayor superficie.
5 días - Nº 333232 - s/c - 09/09/2021 - BOE
DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA FISCAL
ÁREA DETERMINACIONES
NOTIFÍQUESE al contribuyente SUCESION INDIVISA DE LLORENS JULIO ALBERTO, que en el LEGAJO ELETRONICO O.T. Nº 11308 se ha emitido con fecha 27 de agosto de 2021 la Resolución IFD N 2215/2021 y
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 186
CORDOBA, R.A. JUEVES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
HAGASE SABER al mencionado contribuyente que contra las Resoluciones de la Dirección podrá interponer Recurso de Reconsideración dentro de los QUINCE 15 DÍAS de notificado el Acto Resolutorio, conforme lo previsto por los artículos 152 y 153 del C.T.P., teniendo en cuenta lo establecido por los artículos 73, 76 y 155 de la citada norma legal, y según lo prescripto en el artículo 65 del Decreto N 1205/2015 B.O.11/11/2015
y modif., debiendo tener presente que a efectos de dar cumplimiento a lo señalado precedentemente, deberá presentarse en el domicilio de esta Dirección, en el horario de 08:00 13:00 y 14:00 a 17:00 hs., asimismo podrán ser presentadas en formato digital a través de su Domicilio Fiscal Electrónico, conforme lo dispuesto por el artículo 45 del C.T.P.y la Resolución Normativa 1/2017 y modifs. art. 234, para lo cual deberá abonar la Tasa Retributiva de Servicios de PESOS SEISCIENTOS CON 00/100 $ 600,00
establecida en la Ley Impositiva Anual vigente. Fdo.: Cra. Gatica Abello Andrea-Área Determinaciones-Firma Delegada por Resol. N 03/2020-Dirección de Inteligencia Fiscal.
3 días - Nº 333805 - s/c - 10/09/2021 - BOE
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