Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/08/2015 - 3º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CÓRDOBA, 27 de agosto de 2015

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BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVIII - Nº 163

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCVIII - Nº 163
CORDOBA, R.A., JUEVES 27 DE AGOSTO DE 2015

S OCIEDADES - P ERSONAS J URÍDICAS - A SAMBLEAS Y O TRAS

ASAMBLEAS
CLUB S. Y D. VELEZ SUD
Convoca a Asamblea General Ordinaria el día 11/9/2015 a las 20 hs. en nuestra sede social, ubicada en calle José Gabino Blanco 3040 de esta ciudad, a los fines de considerar el siguiente Orden del Día: 1 Lectura del acta de la asamblea anterior. 2
Reforma de Estatuto Artículo 13, donde dice el mandato de los mismos, durará un año, debe decir dos ejercicios, con una reelección, además habrá dos vocales suplentes, los que durarán dos ejercicios en su mandato, con una reelección igual C. Revisora de Cuentas. 3 Consideración de la Memoria Anual, Estado Patrimonial y Balance General del Ejercicio del año dos mil catorce. 4 Consideración del Informe del Tribunal de Cuentas.
5 Elección de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas, por el Ejercicio del año dos mil quince. 6
Designación de dos socios para firmar el acta de la Asamblea, junto con el Presidente Secretario. Se adjunta: Copia reunión C. Directiva, donde se convoca a Asamblea General Ordinaria.
Copia Memoria Anual año 2014. Copia Balance General y Estado Patrimonial. Copia Informe del Tribunal de Cuentas.
Copia Padrón de Asociados. Copia de Inscripción en AFIP y Número de CUIT. El Secretario.
3 días 10116 31/8/2015 s/c CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LASALLANO
Convoca a Asamblea General para el día viernes 28 de Agosto a las 20 hs. En su sede social, sita en calle lavaren 5700 de B
Villa General Belgrano de la ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba, para tratar el siguiente. Orden del Día: 1 Lectura del acta anterior. 2 Designar dos socios para suscribir el acta. 3 Informe y consideración de las causas por lo que no se convocó en término la asamblea año 2014. 4 Aceptación de solicitudes de nuevos socios. 5 Tratar convenio con Sport Net. 6 Autorizar al Secretario General Daniel Fernández a iniciar tratativas con el Club Banco de Córdoba. 7 Aprobar la memoria año 2014. 8
Aprobar el balance general de recursos y gastos ejercicio año 2014 e informe de la junta fiscalizadora año 2014. El Secretario.
3 días 10115 28/08/2015 s/c.

SOCIEDADES COMERCIALES
PARQUE INDUSTRIAL Y TECNOLOGICO
DE VILLA MARIA S.E.M.
Modificación dirección sede social Ratificación Modificación Reglamento Interno - Elección Directorio y Comisión Fiscalizadora Villa María Pcia. Córdoba En Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Nº 1 de fecha 30/05/2011, Rectificada y Ratificada por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria Acta Nº 4 de fecha 16/07/2015, se resolvió por unanimidad: a Ratificar las modificaciones al reglamento
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Tercera Sección
Interno quedando el mismo redactado de la siguiente manera:
REGLAMENTO INTERNO DEL PARQUE INDUSTRIAL
Y TECNOLOGICO DE DE VILLA MARÍA - OBJETO: 1.
Este Reglamento tiene por objeto establecer las normas a que se ajustará la administración, utilización, función y control del Parque Industrial y Tecnológico de la Ciudad de Villa María.
LOCALIZACIÓN, TRAZADO Y ZONIFICACIÓN: 2. El Parque Industrial y Tecnológico a que hace referencia este Reglamento esta localizado en la Ruta Nacional N 9 Km. con acceso por la Ruta Provincial N 2 Km. en la zona designada como B de uso industrial de la Ciudad de Villa María. 3. El trazado inicial del Parque referido corresponde al aprobado por la Dirección General de Catastro Provincial y su zonificación general se describe de la siguiente manera: a. Zona Industrias Alimenticias. b. Zona Industria Metal-mecánicas. c. Zona Industrias Varias. d. Zona Parque Tecnológico definir e. Zona de servicios comunes y espacios verdes. f. Zona de Resguardo.
ADMINISTRACIÓN: 4. La dirección y administración del Parque será ejercida por la Sociedad de Economía Mixta PARQUE INDUSTRIAL Y TECNOLOGICO DE VILLA
MARIA S.E.M. cuya composición y funcionamiento se encuentra establecido en sus Estatutos sociales. RADICACIÓN
DE INDUSTRIAS - FACTIBILIDAD DE RADICACIÓN: 5.
Los requisitos para adjudicar lotes a un interesado en radicar industrias nuevas o reubicar las existentes, se evaluará en función de los siguientes tópicos: a. Sólo podrán instalarse en el Parque establecimientos industriales y tecnológicos cuando ello fuera factible, acorde al tipo de actividad a desarrollar. b. Que en los procesos productivos utilicen la mayor mano de obra proveniente de la ciudad de Villa María, siempre que ello sea posible de acuerdo a los procesos productivos a desarrollarse.
c. Que en los procesos productivos utilicen cantidades importantes de materias primas y/o insumos provenientes de Villa María o de la zona de influencia, sin que esto opere como un condicionamiento excluyente. d. Que se trate de industrias complementarias de otras ya existentes en el Parque o en la zona, muy especialmente cuando resulten partes sucesivas de un mismo proceso total, o parcial, de producción. e. Que su producción esté orientada al incremento o diversificación de exportaciones o a la disminución de importaciones ya sea de insumos o de bienes finales necesarios para el desarrollo regional y/o provincial. f. Que las industrias que necesiten reubicarse en el Parque, por decisión propia o disposición gubernamental, tengan previsto modernizar el equipamiento y ampliar su proceso productivo con incremento de capital y/o mano de obra permanente. g. Que en sus procesos utilicen principalmente máquinas y equipos de origen nacional. 6. Todas las personas de existencia física o ideal que aspiren a adquirir en compra parcelas en el Parque Industrial y Tecnológico, deberán solicitarlo al órgano de gobierno y administración, mediante la presentación de una nota, la que deberá cumplimentar la información básica, que entre otras, será la siguiente: a Razón Social, domicilio, CUIT.- b Actividad principal y secundarias.c Actividad industrial a radicar en el Parque Industrial.- d Construcción a realizar en la primer etapa y en etapas
www.boletinoficialcba.gov.ar
boletinoficialcba@cba.gov.ar boletinoficialweb@cba.gov.ar
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar posteriores, con cronograma tentativo de avance de obra, que se especificarán en cada contrato. 7. La sola presentación de la solicitud de radicación en el Parque Industrial, implica el acatamiento de todas las deposiciones del presente Reglamento.
8. Presentada la solicitud al PARQUE INDUSTRIAL Y
TECNOLOGICO DE VILLA MARIA S.E.M., este procederá al estudio de la prefactibilidad para la instalación y designación de parcelas, debiendo expedirse en un término máximo de quince días hábiles, comunicando al solicitante por escrito la resolución adoptada. En caso de que el estudio de prefactibilidad presentara complejidades y la resolución dependa de estudios o dictámenes especiales este plazo podrá prorrogarse por veinte días más. 9.
Habiéndose otorgado la prefactibilidad para la instalación y designación de parcela, el interesado procederá a su adquisición de la parcela asignada en un plazo máximo de veinte 20 días hábiles. El Directorio podrá considerar la posibilidad de extender este plazo por vente días más si hubiera razones que lo justifiquen bajo la entrega de una seña, que ser formalizará por instrumento especial. APROBACIÓN DEL PROYECTO: 10.
Cumplidas las exigencias del artículo anterior, en un plazo de 10 días hábiles a partir de la adquisición, el propietario presentará el anteproyecto de obra de acuerdo al Anexo I, Planos en escala.
1:100 de plantas, cortes, fachadas y especificaciones, etc., aprobado en caso de corresponder por la Secretaria de Ambiente de Córdoba o el organismo que cumpla sus funciones y cualquier otro organismo que tenga intervención, para que el PARQUE
INDUSTRIAL Y TECNOLOGICO DE VILLA MARIA
S.E.M. proceda a su estudio y determine su factibilidad, expidiéndose dentro los 10 días hábiles subsiguientes. 11. La presentación del proyecto definitivo, según Anexo II, aprobado por la Municipalidad de Villa María y colegio respectivo, se realizará dentro de los 30 días subsiguientes de la aprobación del anteproyecto. El PARQUE INDUSTRIAL Y
TECNOLOGICO DE VILLA MARIA S.E.M. se expedirá dentro de un plazo de 15 días hábiles sobre la aprobación del proyecto para la construcción, quedando habilitado el propietario para realizar las obras civiles, instalaciones de máquinas y equipos, utilizar la infraestructura y servicios comunes que brindan el Parque conforme a las normas del presente Reglamento y de acuerdo con el proyecto aprobado.
El Directorio podrá considerar la posibilidad de extender este plazo por vente días más si hubiera razones que lo justifiquen bajo la entrega de una seña, que ser formalizará por instrumento especial. 12. Las adjudicatarias de lotes en un Parque Industrial aprobado deberán poner las plantas industriales en funcionamiento dentro del los dos 2 años posteriores a la fecha de toma de posesión efectiva del inmueble adjudicado, y según el proyecto aprobado por el ente promotor. En casos especiales, dicho plazo podrá ser ampliado por resolución de la autoridad de aplicación por un término igual, cuando se hayan acreditado las causales justificantes o cuando la magnitud del proyecto así lo exija, a satisfacción del ente promotor y de la referida autoridad. 13. En caso de incumplimiento de las disposiciones y obligaciones indicadas precedentemente, se aplicarán las penalidades resolutorias que se establezcan en el
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/08/2015 - 3º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaísArgentina

Fecha27/08/2015

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones3960

Primera edición01/02/2006

Ultima edición15/06/2024

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