Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/10/2013 - 3º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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Tercera Sección
en alguna de las disposiciones del art. 299 de la L.S., podrá prescindir de la Sindicatura; se prescinde de la Sindicatura; y se establece la fecha de cierre del ejercicio para el 31 de diciembre de cada año.
Nº 24015 - $ 392,55
P.M.INGENIERIA S.R.L.
Constitución Contrato constitutivo e inventario suscripto el 12/03/2013.
Socios: PINEDA IGNACIO SEBASTIAN, D.N.I. N
20.784.702, argentino, casado, mayor de edad, nacido el 11/04/
1969, comerciante, domiciliado en Manzana 42 Lote 15 B Las Cañitas y PASTORINO CARLOS ESTEBAN, D.N.I.
27..077.741, argentino, casado, mayor de edad, nacido el 10/01/
1979, ingeniero, domiciliado en calle Suipacha N 1316, ambos de la ciudad de Córdoba. Denominación: P.M. INGENIERIA
S.R.L. Sede Social: República de Siria 364, Córdoba. Duración:
99 años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Objeto: a Comercialización y procesado de metales ferrosos y no ferrosos; elaboración de productos y subproductos metalúrgicos, tanto partes como productos finales. b Compra venta, importación o exportación por cuenta propia, de terceros y/o asociada con terceros, al por mayor o menor de productos metalúrgicos, metales ferrosos y no ferrosos, hierros y aceros especiales y de aleación, pudiendo actuar como agente, representante o distribuidora de fabricantes, comerciantes o exportadores, c Explotar patentes de invención, marcas de fabrica tanto nacionales como extranjeras, licencias, procedimientos de fabricación, diseños y modelos industriales y/
o comerciales, propios o de terceros, representaciones, comisiones y/o consignaciones en cuanto sean relacionados directa o indirectamente con la actividad social; d En relación al objeto, la Sociedad tendrá plena capacidad para realizar toda clase de servicios, actos, contratos, operaciones, y demás actividades que se relacionen directamente, sean afines o complementen el objeto social; y que no estén, prohibidos por la ley; podrá celebrar contratos de fideicomiso, de colaboración: empresaria b de unión transitoria de empresas, contratar con el estado Nacional, Provincial, Municipal a través de cualquiera de las vías administrativas previstas al efecto actuar en el exterior según la normativa respectiva. El capital Social: $ 30.000 dividido en Cien 100 cuotas sociales de $ 300 cada una totalmente suscriptas e integradas por las socios: en este acto en bienes. muebles, conforme al inventario inicial constitutivo que se adjunta y forma, parte del presente contrato, conformando un condominio en la proporción allí establecida.- Las cuotas sociales se distribuyen conforme al siguiente detalle: El Sr. PINEDA IGNACIO SEBASTIAN la cantidad de 50 cuotas sociales, lo que hace un total de $ 15.000; Y
El Sr, PASTORINO CARLOS ESTEBAN la cantidad de 50
cuotas sociales, lo que hace un total de $15.000. Administración y representación: Gerente: PASTORINO CARLOS ESTEBAN, quien tendrá el uso de la firma social, debiendo extender su firma personal debajo del rubro social para todas las operaciones que realice la sociedad conforme los términos del presente contrato, con la única limitación de no comprometer en prestaciones a título gratuito, en negociaciones ajenas al giro de su objeto social, en provecho particular, de los socios ni en garantía de terceros ajenos a la sociedad, Duración el cargo : 2 años, El ejercicio social se cierra el día 31 de Diciembre de cada año, Juzg. 1 Inst. C.C. 3
Nom.- Con. Sec. 3. Expte. Nº 2425787/36. Juzg. 1 Inst. y 3
Nom.CyC Of. 27/5/2013
Nº 24008 - $ 465.LA HELVECIA S.R.L
MODIFICACION DE CONTRATO SOCIAL
Por acta soco de fecha 01/09/13, se reúnen los socios que representan el 100% del cap. Otto Federico HUBMANN, DNI
13.712.102; Elisa Beatriz ARCONDO, DNI 0.772.160, Elizabeth HUBMANN D.N.I. 11.363.657 y Martha Susana HUBMANN, D.N.I. 12.951.297 y celebran ctrato de modif.
de ctrato soc.: 1 ELISA BEATRIZ ARCONDO, ELISABETH
HUBMANN y MARTHA SUSANA HUBMANN ceden y transfieren a favor del Sr. OTTO FEDERICO HUBMANN, la cantidad de 800 cuotas parte soco corresp. a la soco denominada LA HELVECIA S.R.L, que represo la suma de $ 800.000; 2
MARTHA SUSANA HUBMANN cede y transfiere a favor
B OLETÍN OFICIAL - AÑO C - T OMO DLXXXV - Nº 169

CÓRDOBA, 1º de octubre de 2013

de los Sres. NORMA BEATRIZ COCORDANO, GUILLERMO HUBMANN, ANA HUBMAN y GERMAN
HUBMANN, la cantidad de 200 cuotas que represo la suma de $ 200.000; todo conforme se estipula en la cláusula 5 del ctrato. soc., conf. la prop. que seg. se detalla: a La Sra. Elisa Beatriz Arcondo transfiere al Sr. Otto Federico Hubmann, la canto de 250 cuotas soco que represo la suma de $250.000. b La Sra. Elisabeth Hubmann, transfiere al Sr. Otto Federico Hubmann, la cant. de 250 cuotas soc. que repres. la suma de $
250.000. c La Sra. Martha Susana Hubmann, transfiere al Sr. Otto Federico Hubmann, la cant. de 50 cuotas soc., que repres.
la suma de $ 50.000; d La Sra. Martha Susana Hubmann transfiere a la Sra. NORMA BEATRIZ COCORDANO, arg., DNI 14.934.410, casada, empleada, con domo en Campo La Helvecia s/n, de la loc. de Canals; la cant. de 50 cuotas soc. que repres. la suma de $ 50.000. b La Sra. Martha Susana Hubmann transfiere al Sr. GUILLERMO HUBMANN, arg., DNI
35.259.402, soltero, productor agrop., con dom. en Campo La Helvecia s/n, de la loc. de Canals; la cant. de 50 cuotas soc. que repres. la suma de $ 50.000. c La Sra. Martha Susana Hubmann transfiere al Sr. GERMAN HUBMANN, arg., DNI 38.160.367, soltero, productor agrop., con dom. en Campo La Helvecia s/n, de la loc. de Canals; la cant. de 50 cuotas soc. que repres. la suma de $50.000. d La Sra. Martha Susana Hubmann transfiere a la Sra. ANA HUBMANN, arg. 32.954.126, soltera, empleada, con dom. En Campo La Helvecia s/n, de la loc. de Canals; la cant. de 50 cuotas soc. que repres. la suma de $50.000. Los cesionarios adquieren la totalidad de las mismas de plena conf.
en la propor. antes relacionada. Los cesionarios cont. diciendo que en razón de la presente cesión de cuotas de cap. soc., los socios resuelven modificar las cláusulas, Quinta, Sexta, Séptima, Octava, Novena, Décima, Undécima, Duodécima, Decimotercera y Decimocuarta del ctrato soc. que en lo sucesivo tendrán la sig.
redacción: QUINTA: CAPITAL SOCIAL: El cap. Soc. se establece en la suma de $1.000.000, repres. en 1.000 cuotas soc. de un valor nominal de $1.000 c/u, que los socios suscriben en su totalidad integ. el 25% en éste acto, debiendo aportarse el 75% restante, dentro del plazo de 2 años a partir de la fecha del presente ctrato, en los sig. montos y propor.: aEl socio OTTO FEDERICO HUBMANN la cant. de 800 cuotas soc. de valor nominal, por un total de $800.000. bLa socia NORMA
BEATRIZ COCORDANO la cant. de 50 cuotas soc. de valor nominal, por un total de $50.000. cEl socio GUILLERMO
HUBMANN la cant. de 50 cuotas soc. de valor nominal, por un total de $50.000. dEl socio GERMAN HUBMANN la cant. de 50 cuotas soc. de valor nominal, por un total de $50.000.
e La socia ANA HUBMANN la cant. de 50 cuotas soc. de valor nominal, por un total de $50.000. SEXTA: Cesión de cuotas: Los socios no pueden ceder sus cuotas de cap. a terceros ajenos a la soc., sin el voto favorable de la mayoría del cap.
dentro del rég. que est. el art.152 ley 19.550. Los socios tendrán preferencia en la adquisición de las cuotas soc. que cualquiera de los socios pretenda ceder total o parc. el socio que pretenda ceder, lo comunicará por un medio fehaciente a los demás socios, indicando el nombre, dom. y ocupación del tercero int., así como el precio de vta. Los socios deberán expresarse en un término que no podrá exceder los 15 días desde la comunicación, notificando el sentido de su resolución a la gerencia por un medio que garantice su autent. y en el sentido de ejercer el derecho de pref. a la compra de la cuota parte, o al otorg. de la confor. para que el socio cedente pueda vender. Al vto. del término, sin que los socios se pronuncien, se tendrá por acordada la confor. y por no ejercitada la pref. En caso de no prestar confor., la soc. podrá optar por adquirir las cuotas con utilid. o reserv., o reducir el cap. El valor de las cuotas soc., se establecerá mediante un balance gral. a realizarse a la fecha de retiro del socio, y podrá ser pagado hasta en 6 cuotas mensuales y consec., sin intereses. SEPTIMA: FALLECIMIENTO DE UN SOCIO:
En caso de fallecimiento de un socio, los herederos del mismo se incorporarán a la soco por la cuota soco del fallecido, debiendo unificar personería. Su incorp. se hará efectiva cuando acrediten la calidad de herederos. En el interin, actuará en su represo el admin. Jud. de la sucesión. En el sup. de que los herederos no se incorporen a la soc., los socios o la soc. podrán adquirir las cuotas por el valor que resulte de aplicar lo disp. para la cesión de cuotas. OCTAVA: ADMINISTRACIÓN Y
REPRESENTACIÓN: La admin., uso de la firma soc. y repres.
de la soc. estará a cargo de CINCO GERENTES, que podrán ser o no socios de la ent., pudiendo ser removidos por el voto de los socios que representen la mayoría del cap. Quedan
designados por este acto, para cumplir esta función los Sres. Otto Federico Hubmann, Norma Beatriz Cocordano, Guillermo Hubmann, German Hubmann y Ana Hubmann. La firma de los Sres. Otto Federico Hubmann, Norma Beatriz Cocordano y Guillermo Hubmann, con una sola rúbrica de cualq. de los nombrados y en forma indist. y con expresión de la razón soc.
adoptada, obliga legalmente a la misma. La función del socio gte. podrá ser retribuida con cargo a gastos grales. Queda facultado por éste acto para realizar cualq. acto jco. para la compra y vta., cesión, locación y const. de gravámenes de bs. mueb. e inmueb.
además de efectuar todo tipo de opero bancarias en cualquier inst. bancaria o financiera oficial a priv. que se encuentren habilitadas para funcionar como tales. El/los gtes. podrán: abrir ctas. ctes. a nombre de la soc. y operar con ellas en el Bco. de la Pcia. de Cba., Bco. de la Nación Arg. y/o cualquier otra inst.
bancaria radicada en el país o fuera del mismo. Podrán realizar dep. en Cajas de Ahorro comunes o esp., con o sin plazo fijo;
solicitar descuentos de pagarés y aceptación de giros, letras de cambio, cheques, vales y cualquier otro doc. habilitante y percibir sus importes, firmar con o sin prenda u ora garantía real o personal como aceptante, girante, endosante o avalista, cheques, giros, pagarés, letras de cambio y todo otro doc. Comercial o papel de neg. o de crédito, y percibir sus importes y efectuar cualq. acto jco. tendiente a la realización del obj. Soc. De igual manera quedan facultados para la realización de trámites de inscrip. de dominios, cambios de dominios, escrituración, autorización de uso de bs. societarios, const. y/o participo en Uniones Trans. de Empresas U.T.E, Joint Venture, y Fideicomisos y/o en cualquier otro tipo de formas societarios que el cumplimiento del obj. Soc. que así lo requiera, etc., y todo tipo de trámites ante Aut. Púb., Reg., Ministerios, AFIP, DGR, Municipalidad, Aduanas, Gendarmería, SELSA, SENASA, etc., de toda clase de bs. regist., semovientes o inmueb.
NOVENA: Limitaciones de los socios: Los socios no podrán bajo ninguna condición y/o concepto, garantizar y/o avalar opero ajenas al giro soco No podrán tampoco comprometer a la soc. y su obj. social. DECIMA: De las reuniones de los socios.
Decisiones soco Mayorías: La convocatoria de la reunión se hará por citación personal a los socios en el último dom. conocido por la soc. Puede prescindirse de la citación, si reunidos todos los socios aceptan deliberar. Las decisiones de los socios se adoptarán por el régimen de mayorías que represente como mínimo más de la mitad del cap. Soc. Cada cuota da derecho solo a un voto, según lo disp. art.161 Ley de Soc. Los socios tendrán derecho de receso, conf. lo previsto arts.160 y 245 Ley de Soc. Com. Se llevará un libro de actas, de acuerdo a lo disp.
art.73 ley 19.550, en el cual se asentarán las resoluc. y acuerdos que tomen los socios en las reuniones, quienes deberán suscribirlas. UNDECIMA: Balances. Reservas. Ganancias: La soco cerrará su ejercicio económico el día 31 de marzo de e/año.
A tales efectos, llevará la contabilidad de conf. a las dispos.
legales corresp. Tanto el balance como los demás doc. inform., serán aprobados por asamblea de socios, dentro de un plazo que no deberá exceder los 120 días de cierre del ejerc. Luego de efecto las amortizaciones, reser. de carácter legal y otras reser.
volunt., siempre que las mismas fueran razonables y respondan a una prudente admin., las que deberán ser aprobadas por los socios conf. lo disp. art.160 ley 19.550, los dividendos que resulten por ganancias realizadas y líquidas se distribuirán a los socios en proporción a su particip. en el cap. social. Las pérdidas si las hubiere, serán soportadas en la misma prop. Los socios y/
o quienes ellos designen, tendrán el más amplio acceso a los libros y los doc. soc., y podrán ejercer la fiscalización individual que estimen conveniente.- DUODECIMA: Disolución y Liquidación: Los socios podrán prorrogar el plazo de duración de la soc., conf. las previsiones de la Ley de Soc. Podrán disolver la soc. por decisión de la mayoría de los socios. Producida la disolución por esa o por cualq. de las causales previstas en la ley, se procederá a la liquidación de la misma, tarea a cargo de los sgtes., o por la persona que designen los socios, la que deberá concluir dentro del plazo de los 120 días de iniciada.
Pagadas las deudas soc. y los gastos de liquidación, el saldo positivo o neg., se distribuirá entre los socios en prop. al cap.
integ. par c/u de ellos. DECIMOTERCERA: Interpretación:
Cualq. divergencia surgida de la interp. del presente ctrato, será resuelta por la Ley de Soc.Com. y las normas o pcipios del Cód. C. y C. en lo pert. En caso de corresponder acción judicial, la misma será incoada par ante las aut. Jud. del fuero pcial. de La Carlota, renunciando expreso a cualquier otro fuero o jurisd.
que pudiere corresp. DECIMOCUARTA: Inscrip. en el Reg.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/10/2013 - 3º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaísArgentina

Fecha01/10/2013

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones3961

Primera edición01/02/2006

Ultima edición19/06/2024

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