Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/04/2024 - 2º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

2

a
AÑO CXI - TOMO DCCXII - Nº 83
CORDOBA, R.A., JUEVES 25 DE ABRIL DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

co-titular registral del inmueble objeto de autos, Sr. CAFFERATA ANDRES LUIS para que en el plazo de veinte 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. 2 Cita y emplaza a los que se consideren con derechos sobre el inmueble que se pretende usucapir y a los terceros interesados del art. 784 del C. de PC.
a fin de que concurran a deducir oposición, lo que podrán hacer dentro del término de veinte días subsiguientes a la publicación de edictos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art.
784 in fine del C. de P. C. y C. Fdo: Dra. Gabriela Gonzalez Prosecretaria. Dra. Vigilanti Graciela María Juez.Oficina:30/08/2023.10 días - Nº 523295 - s/c - 21/5/2024 - BOE

Se hace saber que en los autos caratulados 772404 QUINTEROS ADELQUI OMAR
USUCAPION, que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia Civil Comercial Conciliacin y Familia de la Ciudad de Marcos Juarez, Segunda Nominacin,a cargo DR. Edgar Amigó Aliaga, Secretara Dra Maria de los Angeles Rabanal, se ha dictado la siguiente Sentencia: SENTENCIA
NÚMERO: 140.- Marcos Juárez, 20 de diciembre del 2021.- Y VISTOS: . . . Y CONSIDERANDO: . .
. RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción veinteañal por el Sr. Adelqui Omar Quinteros, D.N.I. Nº 28.184.155, de nacionalidad argentina, estado civil soltero, con domicilio en calle Lavalle S/N de la Ciudad de Corral de Bustos, el derecho real de dominio artículos 2506 y ss del C.C y 1887 inc. a y 1941 del CCCN sobre el inmueble designado como: Fracción de terreno ubicada en la MZA. SETENTA Y CINCO del 5º m de frente al O, o sea 25 m cada solar, por 50 m de fondo, o sea SUP. 2500 m2, lindado también unidos al S lote E; al E lotes B D de la misma manzana; al N calle Bolivar y al O con Boulevard Intendente Agustín Fauda hoy inscripto a la matricula N1581205, cuyo antecedente dominial es: Dominio Folio 7382, año 1973, orden 4728 y Dominio Folio 20744, año 1977, orden 14224 . El inmueble se delimita en sus cuatro costados con alambre tejido y postes de madera esquinero en sus cuatro constados, interponiendo para su mayor validez y eficacia jurídica, la pública autoridad que el Tribunal inviste.- II.- A
mérito de lo dispuesto por el artículo 1905 del CCCN, fijar como fecha en la que se produjo la adquisición del derecho real en fecha 01 de Enero de 1992.- III.- Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por el término de diez días a intervalos regulares dentro de un período de treinta días arts. 790 y 783, CPCC.- IV.- Transcurridos dos meses desde la publicación de edictos, previo los informes
de ley, ordenar la inscripción a nombre del Sr.
Adelqui Omar Quinteros, D.N.I. Nº 28.184.155, de nacionalidad argentina, estado civil soltero, con domicilio en calle Lavalle S/N de la Ciudad de Corral de Bustos, el derecho real de dominio sobre el inmueble supra descripto en el Registro General de la Propiedad, Dirección de Rentas, Dirección de Catastro de la Provincia y Municipalidad de Corral de Bustos, y consecuentemente ordenar la CANCELACION de la inscripción anterior, puesto que resulta afectada en su totalidad art. 789, 2do párr., CPCC.- V.- Imponer las costas por el orden causado artículo 130, in fine, CPC.- VI.- Diferir la regulación de los honorarios del letrado interviniente para cuando sea así solicitado y exista la base regulatoria cierta artículo 26 contrario sensude la ley 9459. Protocolícese, hágase saber y dese copia.- Texto Firmado digitalmente por: AMIGÓ ALIAGA Edgar, JUEZ/A
DE 1RA. INSTANCIA.- Fecha: 2021.12.20.-

La CAMARA APEL CIV. Y COM 7 DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA, en autos caratulados GOMEZ FIOL, JUAN MANUEL Y OTRO - MEDIDAS
PREPARATORIAS - EXPEDIENTE SAC: 39914
ha dictado la siguiente resolución: PROTOCOLO DE SENTENCIAS: SENTENCIA NÚMERO:
30 AÑO: 2024 TOMO: 2 FOLIO: 411-417 DEL
15/03/2024: SENTENCIA NUMERO: 30. En la Ciudad de Córdoba, a los quince días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro se dicta sentencia en autos GOMEZ FIOL, JUAN MANUEL Y OTRO MEDIDAS PREPARATORIAS

Gomez Fiol en contra de San Fernando SRL, respecto del inmueble descripto como fracción de terreno de campo, parte de la antigua estancia Angora sita en San Antonio de Arredondo, camino provincial número 48, pedanía Santiago, departamento de Punilla de esta provincia de Córdoba, con una superficie de 923.283,21
metros cuadrados 92 has. 3.283 m2 o lo que resulta dentro de los siguiente límites: Al norte con propiedad de Aníbal Germán Pérez y Elena Rinaldi Basso de Pérez; al sur con Félix Benito Valdivia Manuel Roque Valdivia e Instituto de las Hermanas Concepcionistas Argentinas; al este con Sucesión de P. Valdez; y al Oeste con el arroyo San Antonio. II. Imponer las costas al actor. III. Regular honorarios profesionales del Dr. Sandro Balmaceda en la suma de pesos Un mil cuatrocientos dos con ochenta y ocho centavos $1.402,88 a cargo del actor. Protocolícese, dese copia y notifíquese. SE RESUELVE: Declarar procedente el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y, en consecuencia, revocar la Sentencia opugnada en todo cuanto decide.-Acoger la demanda de Usucapión intentada por Juan Manuel Gomez Fiol, en contra de San Fernando S.R.L., y declarar el derecho real de dominio del Sr. Juan Manuel Gómez Fiol, sobre el inmueble descripto como fracción de terreno de campo, parte de la antigua estancia Angora sita en San Antonio de Arredondo, camino provincial número 48, pedanía Santiago, departamento de Punilla de esta provincia de Córdoba, con una superficie de 910.475,40 metros cuadrados 91 has. 0475,40 m2 o lo que resulta dentro de los siguiente límites: Al norte con propiedad de Aníbal Germán Pérez y Elena Rinaldi Basso de Pérez; al sur con Félix Benito Valdivia Manuel Roque Valdivia e Instituto de las Hermanas Concepcionistas Argentinas; al este con Sucesión de P. Valdez; y al Oeste con el arroyo San Antonio.- Con costas -en ambas instanciasa la parte demandada perdidosa art. 130, C.P.C..Dejar asimismo sin efecto la regulación de honorarios practicada en la Sentencia revocada, debiendo el Juez proceder a calibrar nuevamente los honorarios profesionales correspondientes, de conformidad al presente pronunciamiento.Oportunamente, deberá oficiarse al Registro de la Propiedad Inmobiliaria, a sus efectos.- Fijar los porcentajes correspondientes para la oportuna regulación de los honorarios profesionales, por
- USUCAPION Expte. N 39.914 venidos en apelación del Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y de Familia de 2 Nominación, Secretaria 3 de la ciudad de Villa Carlos Paz, en los que por sentencia número ocho del diez de febrero de dos mil quince se resolvió: IRechazar la demanda de Usucapión intentada por Juan Manuel
parte del a quo, por las tareas desarrolladas por ante este Tribunal de Apelaciones, de la Dra. María Clara Abrutzky en el 38 % del punto medio del art. 36, C .A., Ley Nº 9.459, sobre la base de lo discutido en la Alzada , sin perjuicio -en su casodel mínimo legal correspondiente a la Alzada , de 8 Jus en su valor actual y de los even-

10 días - Nº 523424 - s/c - 14/5/2024 - BOE

El juez de 1º Inst. y 2º Nom. en lo Civil, Comercial y de Familia, Secretaría Nº 4, de la quinta circunscripción judicial de la Pcia. de Córdoba, sito en calle Dante Agodino N 52 de la ciudad de San Francisco; CITA Y EMPLAZA a los sucesores y/o herederos de la Sra. Valentina Arpino de Muller; y al Sr. Jorge Oscar Arpino, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho en los autos caratulados: ROSSI, ALICIA ANGELA - USUCAPION - Nº Expediente:
8046170, bajo apercibimiento de rebeldía art.
163, 165 y 783 CPCC. Fdo. : CHIALVO, Tomás Pedro JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA - GONZALEZ, Hugo Raúl SECRETARIO/A JUZGADO
1RA. INSTANCIA.
10 días - Nº 523469 - s/c - 9/5/2024 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

55

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/04/2024 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha26/04/2024

Nro. de páginas49

Nro. de ediciones3626

Primera edición01/02/2006

Ultima edición08/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones