Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/12/2023 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

JUEVES 21 DE DICIEMBRE DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCVIII - Nº 242
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
CONCURSOS Y QUIEBRAS
La Sra. Jueza de Primera Instancia y Tercera Nominación de la ciudad de Río Cuarto - Dra.
Selene Carolina I. López, en los autos: BAJDA
S.A QUIEBRA PROPIA, Expte. 12388939, hace saber que por Sentencia N 64 de fecha 24/11/2023 se ha resuelto: I Declarar la quiebra de BAJDA S.A. CUIT 30708873523, inscripta en el Registro Público al Protocolo de Contratos y Disoluciones bajo la Matrícula N4834-A, con sede social en calle Ruta 36 Km 612 antiguo camino a Córdoba en los términos de los arts.
288 y 289 de la LCQ.- VII Ordenar a la sociedad fallida y a los terceros que posean bienes de la misma que, dentro del plazo de veinticuatro horas, hagan entrega de aquellos a la Sindicatura, bajo apercibimiento. IX Disponer la prohibición de hacer pagos a la sociedad fallida, los que serán ineficaces de pleno derecho art. 88 inc. 5 de la L.C.Q..- XV Fijar como plazo tope para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante la Sindicatura, el día 28 de febrero de 2024, debiendo atenerse los acreedores peticionantes a lo prescripto por el art. 32 de la Ley N24.522 y Acuerdo Reglamentario N 1714 Serie A de fecha 20/8/2021, en cuanto al procedimiento de verificación de créditos NO PRESENCIAL VNP. XVI Fijar como fecha hasta la cual el Síndico podrá presentar el Informe Individual del art. 35 L.C.Q., el día 08 de mayo de 2024. Hágase saber al funcionario que, con motivo del proceso de despapelización y el formato digital implementado, se requerirá un informe individual completo y para el legajo de copias art. 279 L.C.Q., sólo copia de su dictamen.
Asimismo, se solicita el envío mediante correo electrónico a la dirección del juzgado juzcivmf3sec6-rc@justiciacordoba.gob.ar. XVII Establecer como fecha para el dictado por el Tribunal de la resolución de Verificación de créditos a que alude el art.36 L.C.Q. el día 19 de junio de 2023
la que constituirá asimismo la fecha a partir de la cual se computará el plazo a los fines del art.
37 L.C.Q. XVIII Fijar como fecha tope para la presentación del Informe General por el Síndico art. 39 L.C.Q., el día 01 de julio de 2024.- Firmado: Selene Carolina I. López - Juez.- Síndi-

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a SECCION

co sorteado: Cdra.Valeria Elisa Mainero. Domicilio: BUENOS AIRES 208 - 4 PISO - Horario de atención al público: lunes a viernes de 9:00
a 13:00 y de 16:30 a 19:30 horas, correo electrónico valemainar@yahoo.com.ar, Teléfono de contacto: 353-4247723. Río Cuarto, 11/12/2023.
5 días - Nº 503146 - $ 20767,50 - 26/12/2023 - BOE

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia, secretaría número Dos de la ciudad de Cruz del Eje, Córdoba, y de conformidad con lo prescripto por el art. 218 de la Ley de Concursos y Quiebras, se hace saber que en los autos caratulados CRISTIN, MARTIN OSCAR QUIEBRA INDIRECTA Expediente 1974227, el Sr. Síndico a presentado Informe Final y a efectuado Proyecto de Distribución. Asimismo, se hace saber que se han procedido a regular los honorarios profesionales de primera instancia mediante Auto Interlocutorio nro. 436 de fecha 15/12/2023, resultando de la siguiente manera: I REGULAR los honorarios profesionales del Síndico, Cr. Gustavo Fernando Eluani en la suma de pesos tres millones seiscientos cincuenta y siete mil tres con setenta y nueve centavos $3.657.003,79 y del letrado del deudor, Dr. Fernando Iván Álvarez, en la suma de pesos un millón novecientos sesenta y nueve mil ciento cincuenta y cinco con ochenta centavos $1.969.155,88, ambos a cargo de la concursada; II REGULAR los honorarios de los letrados del síndico, Dres. Diego Antonio Mentesana Sánchez y Guillermo Federico García Garro, en conjunto y proporción de ley, en la suma de pesos cuatrocientos veintiún mil novecientos sesenta y uno con noventa y siete centavos $421.961,97, a cargo de la sindicatura art. 257
de la L.C.Q..2 días - Nº 503304 - $ 2449,70 - 22/12/2023 - BOE

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial No 14, a cargo del Dr. Pablo D. Frick, Secretaría No 27, a cargo de la Dra. Fernanda Andrea Gómez, sito en Callao 635 piso 2o de esta Capital Federal, comunica por 5 días en el Boletín Oficial que con fecha 06 de noviembre de 2023, en los autos caratulados Ernesto C. Boero S.A. s/quiebra EXPTE. N 27655360/17 se
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SUMARIO
Concursos y Quiebras Pág. 1
Declaratorias de Herederos Pág. 4
Citaciones Pág. 11
Sentencias Pág. 52
Usucapiones Pág. 57

resolvió decretar la quiebra indirecta de Ernesto C. Boero S.A. CUIT: 30-53753661-2 haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se intima a la deudora para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Asimismo se hace saber que los ex - dependientes de la fallida deberán requerir ante el síndico el certificado de servicios prestados, dentro del plazo de dos 2 años contados a partir de la última publicación. A ese fin deberán concurrir a sus oficinas personalmente o por medio de persona debidamente autorizadas, con la documentación que acredite su relación laboral.
Los acreedores posteriores a la fecha de presentación en concurso preventivo 2 de noviembre de 2017 deberán requerir la verificación por vía de incidente, que se promoverá directamente ante este Juzgado y Secretaría adjuntando la totalidad de la documental respaldatoria y ofreciendo la prueba pertinente. En este supuesto no se aplicarán costas, salvo casos de pedido u oposición manifiestamente improcedente, connivente o dolosa. Deberá abonarse el arancel concursal en los términos del art. 32 de la LCQ, con sus excepciones legales. Los acreedores que hubieran obtenido verificación de sus créditos en el concurso preventivo no tendrán necesidad de verificar nuevamente. La sindicatura procederá a recalcular los créditos según su estado art:
202, segundo párrafo, LCQ. A tal fin, deberá presentar el informe pertinente con fecha 9/04
/2024. Se fija el 22/05/2024 la fecha para la presentación del informe general previsto en el art.
39 de la LCQ. El síndico actuante en el concurso preventivo Estudio Castagna-Martinetti y Asociados, castagnamartinetti@gmail.com, con domicilio constituido en Talcahuano Nro. 438, piso 5o, tel: 43723535, continuará en sus funciones
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/12/2023 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha21/12/2023

Nro. de páginas77

Nro. de ediciones3595

Primera edición01/02/2006

Ultima edición27/04/2024

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