Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/08/2023 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

VIERNES 11 DE AGOSTO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCIV - Nº 149
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
REMATES
Ciudad de Córdoba, que en el Juzgado de 1 Instancia Numero 1 Presentacion Multiple Fiscal, en autos caratulados Municipalidad de Villa Allende c/ Gómez Alcira Zulema exp. N 3865749, se ha resuelto mediante decreto de fecha, 25/07/2023. Téngase presente la conformidad prestada respecto de la cuenta provisoria de gastos y lo manifestado respecto de la planilla de la Ejecutante. En su mérito, de la liquidación presentada con fecha 21/06/2023: córrase vista a la contraria art. 564 del CPCC. Atento a lo solicitado y constancias de autos, sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento aprobado por el anexo único del Acuerdo Reglamentario Nº 165, B, de fecha 22/06/2022, con intervención del martillero designado, Sr. LOPEZ SERREY, GONZALO FEDERICO, Matrícula 01-0527, el bien inmueble objeto de la ejecución que se describe como FRACCION DE TERRENO con todo lo edificado, clavado, plantado y adherido al suelo, cuya fracción en es PARTE DEL LOTE Nº 173
de Va. San Alfonso, delineada en Va. Saldan, próxima de Va. Allende, Ped. Calera, DPTO. COLON, de esta Prov. de acuerdo al plano, mide 15
mts. de frente al E., por 41,27, mts. de fondo, o sean 619MTS2 DE SUP., lindando al N. lote 174, al E. calle pública, que lo separa del lote 171, al S. con más terreno del lote 173, vendido a don F.M. Quevedo y al O. con parte del lote 177, todos del citado plano; nomenclatura catastral Provincia n. 13-01-50-01-01-043-003-000; CUENTA
DGR N.º 130102561083, inscripto en el Registro de la Provincia en la Matrícula N 1191894 13, a nombre de la demandada GOMEZ ALCIRA ZULEMA. Conforme constatación del inmueble efectuada por el Juez de Paz con fecha 29/05/2023 surge que la ubicación del mismo se encuentra en calle Jujuy N 254 B San Clemente de la ciudad de Villa Allende; que el inmueble se encuentra en estado de lote baldío, sin ningún tipo de construcción ni mejora, con un cerramiento en su frente sobre calle Jujuy, de alambrado de tres líneas sin ninguna puerta o portón;
que tal al fondo del terreno el cerramiento también es de alambre y linda con parte de un in-

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a SECCION

mueble que tiene frente sobre calle Sargento Cabral; que sobre su costado derecho linda con una pared medianera o muro divisorio que pertenece a la vivienda vecina cuya numeración es el 234; que sobre el costado izquierdo linda con vivienda cuya numeración es el 272 y desde cuyo patio habría un paso hacia el lote descripto; que la calle Jujuy de frente al lote se encuentra pavimentada; que en la zona hay servicios de luz eléctrica, gas natural y agua potable y no hay servicios de cloacas. El acto de subasta tendrá una duración de cinco 5 días hábiles y se iniciará el día 11/09/2023, a las 11 horas, momento a partir del cual los/as usuarios/as registrados/as podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 18/09/2023 a las 11 horas. En el horario fijado para su finalización, el Portal verificará si se realizaron ofertas en el último minuto, en cuyo caso se prorrogará por un minuto adicional, y así sucesivamente hasta que no se realicen nuevas ofertas durante un minuto art. 25. La subasta judicial electrónica será publicada en el Portal, durante un plazo mínimo de siete 7 días corridos donde se ofrecerá información de los bienes en subasta al público en general, así como del proveído que la ordena, y cualquier otra información adicional que el tribunal considere pertinente art. 18. Los/as usuarios/as registrados en el Portal podrán participar como postores. Atento a la modalidad virtual no se admite la compra en comisión. Hágase saber a los/las eventuales adquirentes en subasta que el tribunal no admitirá la Cesión de Derecho y Acciones por parte del/a comprador/a en Subasta. El inmueble referido saldrá a la venta por la base de pesos CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CON TRESCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS $5.391.355, suma que representa el punto medio entre la base imponible informada por la DGR para el año en curso $3.782.709 y el valor de referencia estimado por el/a martillero/a interviniente $7.000.000. Que el monto de las pujas se fija en la suma de pesos CINCUENTA Y CINCO MIL
$55.000, valor que representa el 1% de la base para el remate redondeado, todo conforme con lo dispuesto en el art. 579 in limine del CPCC y art. 20 del Acuerdo reglamentario n.º 165/22. La
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SUMARIO
Remates Pág. 1
Concursos y Quiebras Pág. 2
Declaratorias de Herederos Pág. 3
Citaciones Pág. 11
Presunciones de Fallecimiento Pág. 48
Sentencias Pág. 48
Sumarias Pág. 49
Usucapiones Pág. 49

oferta de quien resulte mejor postor/a deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo el/la comprador/a abonar en el plazo de 24 horas de finalizado el remate el veinte por ciento 20% del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero 3%, art. 83 Ley 7191, más el importe de IVA en caso de corresponder, y el aporte del cuatro por ciento 4% sobre el precio de la subasta Fondo para la prevención de la violencia familiar, art 24 Ley 9505, modif. por Decr. N 480/14, y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo. El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme el Reglamento de subastas electrónicas referenciado. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el/la ganador/a, éste/a será notificado/a en su panel de usuario del Portal y -supletoriamentea la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción. El tribunal agregará al expediente, la constancia -como acta provisoria de subastadel resultado del remate. Acreditado el pago de la seña se labrará el acta definitiva de subasta, la cual se pondrá a la oficina por el plazo y a los efectos de ley art.32 y art. 587 del CPCC. No constando en el Portal el pago por el/
la adjudicatario/a en el plazo de 72 h, será considerado remiso/a e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al/a tercer mejor postor/a, a iguales fines. En el caso de que ninguno/a de ellos/as mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta art.
33. Ante el incumplimiento del/a adjudicatario/a, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su ofer-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/08/2023 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha12/08/2023

Nro. de páginas70

Nro. de ediciones3618

Primera edición01/02/2006

Ultima edición28/05/2024

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