Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/03/2021 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXV - Nº 48
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

solvió Declarar la apertura del concurso preventivo de Jorge Rafael Beas, DNI 13537497,CUIL
20135374971, con domicilio real en Castilla 2389, Barrio Maipú 1 Sec., Córdoba. Fijar como plazo para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación de créditos hasta el día 07/04/21, ante la Síndica Cra. Lorena Anahí Luchino, M.P. 10.15146.2, con domicilio en Coronel Olmedo 51 de esta ciudad, de Lunes a Viernes de 8:30 a 17hs. o en mcberardo@estudioberardo.com. Informe Individual e Informe General Sent art.36 L.C Fdo. DI TULLIO José Antonio, Juez.
5 días - Nº 299528 - $ 1539,60 - 15/03/2021 - BOE

El Juez de 1A INST.C.C.FAM. de Huinca Renanco hace saber que en autos caratulados MANDOLINI, JOSÉ LUIS-PEQUEÑO CONCURSO
PREVENTIVOEXPTE. N 9398062 mediante SENTENCIA NUMERO 31 de fecha 01 de marzo de ordenó: Y VISTOS Y CONSIDERANDO:: RESUELVO: I DEJAR sin efectos los puntos III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X del resuelvo de la Sentencia Número 181 de fecha 17/11/2020.- II EMPLAZAR a los acreedores para que entreguen al Sr. Síndico designado, los pedidos de verificación de créditos pretendidos hasta el día catorce de abril del año en curso 14/04/2021.- III DESIGNAR hasta el día veintisiete de mayo del año dos mil veintiuno 27/05/2021 para que Sindicatura presente el Informe Individual sobre los créditos insinuados y el día veintidós de julio del mismo año 22/07/2021 para la presentación del Informe General.- IV FIJAR como fecha para el dictado de la SENTENCIA DE VERIFICACIÓN DE
CRÉDITOS art. 36 LCQ, el día diez de junio del año en curso 10/06/2021.- V Hacer saber a la concursada que podrá presentar a la Sindicatura y al Juzgado una propuesta fundada de agrupamiento y clasificación en categorías de los acreedores verificados y declarados admisibles, de conformidad al art. 41 de la ley 24.522, hasta el día veinticinco de junio del dos mil veintiuno 25/06/2021.- VI FIJAR como fecha para el dictado de la Sentencia de categorización art.42 L.C.Q, el día diecinueve de agosto del dos mil veintiuno 19/08/2021.- VII
HACER saber al deudor que la PROPUESTA
DE ACUERDO PREVENTIVO deberá presentarse de conformidad a lo dispuesto en los arts. 43 a 45 de la ley 24.522 y hacerse pública en el expediente hasta el día primero de noviembre del dos mil veintiuno 01/11/2021
.- VIII SEÑALAR como fecha para la celebración de la AUDIENCIA INFORMATIVA el día veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno 23/11/2021, a la hora diez, ó el subsiguiente
hábil a la misma hora, si áquel resultare inhábil y el VENCIMIENTO del PERÍODO DE EXCLUSIVIDAD el día treinta de noviembre de dos mil veintiuno 30/11/2021.- IX PUBLICAR
edictos en el Boletín Oficial de esta Provincia y diario Puntal de Río Cuarto, por el término de ley, justificarlos de acuerdo al art. 28 de la ley concursal y bajo apercibimiento del art. 30
de ese plexo legal.- PROTOCOLÍCESE, HÁGASE SABER Y DÉSE COPIA.Texto Firmado digitalmente por: Dra. LESCANO Nora Gilda, JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA. NOTA: Hágase saber que se ha designado como sindico a la Cdra. Susana Nieves del Milagro Martín, M. P.
10-05093-6, con domicilio en calle Córdoba N
393 de la ciudad de Huinca Renanco, celular 351-5912119 y correo electrónico susananievesmartin@gmail.com 5 días - Nº 299587 - $ 6619,65 - 16/03/2021 - BOE

El Sr. Juez, Eduardo P. Bruera, a cargo del Juzg.
de 1 Inst. y 3º Nom. C. C., Secr. 5, de la ciudad de Bell Ville, mediante Sentencia Nº1 de fecha 11/02/2021, en los autos caratulados: MIGLIORE, ARIEL DOMINGO PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVO EXPTE. Nº9517324, dispuso la apertura del Concurso Preventivo del Sr. Ariel Domingo Migliore, DNI 14.617.507, CUIT 20-14617507-5, domiciliado en calle Lamadrid N1045, localidad Justiniano Posse, provincia de Córdoba. El síndico designado es el Cr. Fernando Daniel Fidelio, con domicilio en calle 25 de mayo Nro.596, ciudad de Bell Ville, pcia. de Córdoba, Cel.:347215520650/
353715690109, email: ferfidelio@hotmail.
com. Los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación de sus créditos en el domicilio de la sindicatura, de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 hs y de 13:30 a 17:30 hs. El plazo tope hasta el cual se podrán presentar los pedidos de verificación, opera a los 20 días posteriores a la conclusión de la publicación de edictosconf. art. 14, inc. 3 y 32 de la LCQ.
5 días - Nº 299703 - $ 2207,40 - 16/03/2021 - BOE

JUZG 1A INS C.C.13A-CON SOC 1-SEC, de la ciudad de Córdoba, hace saber que en autos LOGÍSTICA INTERPROVINCIAL SRL PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVO Expte.
8232095, por Sentencia 9 de fecha 18/02/2021
se RESUELVE: I Rechazar el planteo de inconstitucionalidad de la legislación impositiva que establece la alícuota prevista para el pago de la tasa de justicia y la que dispone el cálculo del aporte a la Caja de Jubilaciones y Pensiones para Abogados de Córdoba.II Declarar la inconstitucionalidad del art. 17 de la Ley 8404
art. 17, inc. a, de la ley 6468 sólo en lo que
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

concierne a la oportunidad de pago del aporte a la Caja de Jubilaciones y Pensiones para Abogados de Córdoba en los presentes actuados.-III Omitir pronunciamiento respecto de la inconstitucionalidad de la Resolución General AFIP Nº 3587/14 planteada, por las razones invocadas en el considerando Tercero.IV Homologar el acuerdo preventivo al que arribó la concursada LOGISTICA INTERPROVINCIAL
S.R.L. CUIT Nº 30-70890417-8 dirigido a los acreedores quirografarios declarados verificados y/o admisibles cuyo texto se transcribe en los Vistos de la presente.V Determinar que el contralor del cumplimiento del acuerdo, estará a cargo de la Sindicatura quien deberá producir informe conforme el Considerando VIII.
VI Imponer las costas del presente proceso a la concursada. Regular los honorarios de la síndica Cra. Liliana Del Valle Tabera Cabrera en la suma de pesos trescientos cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco con sesenta y seis centavos $342.555,66 y para las letradas de la concursada Dras. Daiana B.
Monge y Fernanda Zurano se fijan, en conjunto y proporción de ley, en la suma de pesos doscientos veintiocho mil trescientos setenta con cuarenta y cuatro centavos $228.370,44.
Regular los honorarios del Dr. Diego Fernández Pais en la suma de pesos ochenta y cinco mil seiscientos treinta y ocho con noventa y dos centavos $85.638,92, a cargo de la Sindicatura.VII Requerir a la Sindicatura que, en el término de cinco días de notificada la presente resolución, proceda a rendir cuentas del monto percibido en concepto de arancel y de los gastos derivados del proceso verificatorio y confección de informes, en los términos del art. 32 de la L.C.Q., como así también los gastos relacionados con el envío de la correspondencia.VIII Disponer que, una vez firme el presente resolutorio, la Sindicatura formule la planilla de los restantes gastos devengados en el juicio para su posterior efectivización por parte de la concursada.IX Declarar concluido el presente concurso y ordenar la publicación de edictos, a cargo de la concursada, por un día, en Boletín Oficial y diario sorteado; y comunicar el presente al Registro Público y al Registro de Juicios Universales a sus efectos, a cuyo fin ofíciese en consecuencia. X Mantener la inhibición general de bienes de la deudora, teniendo en cuenta que el régimen de administración propuesto por la concursada se sujeta a las limitaciones de los arts. 15, 16 y 17
de la L.C.Q. Ordenar el levantamiento de las medidas personales dispuestas respecto a los integrantes del órgano de administración de la sociedad, a cuyo fin deberán librarse oportu-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/03/2021 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha10/03/2021

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones3632

Primera edición01/02/2006

Ultima edición19/06/2024

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