Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/08/2020 - 2º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

2

a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVIII - Nº 184
CORDOBA, R.A., MARTES 11 DE AGOSTO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

adquisición del derecho real el 15 de Agosto del año de 2006. 3 Notificar la presente resolución mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por el término de diez 10 días a intervalos regulares dentro de un período de treinta 30 días arts. 790 y 783 del CPCC.- 4 Ordenar la inscripción del presente decisorio en el Registro General de la Provincia art. 789 del C. P. C. C., y cumplidas las demás formalidades de ley, oportunamente, oficiar a los fines de la inscripción en forma definitiva. 5 Imponer las costas por el orden causado artículo 130 -in finedel C.P.C.C..- 6 Diferir la regulación de los honorarios de la letrada interviniente, Ab. Analía Verónica Huere, Mat. Prof. 6-131 para cuando sea así solicitado y exista la base regulatoria cierta artículo 26 - contrario sensu de la ley 9459.- Protocolícese, hágase saber y dese copia.-FDO: Dra. Sandra Elizabeth Cuneo Juez.5 días - Nº 268955 - s/c - 18/08/2020 - BOE

En estos autos caratulados RECA, ALFREDO
ROBERTO Y OTRO USUCAPION, Expte.
1113093, se ha dictado la SENTENCIA NUMERO: 35. VILLA DOLORES, 01/06/2020. Y VISTOS: Y DE LOS QUE RESULTA QUE: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO:1 Hacer lugar a la demanda instaurada en todas sus partes y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción veinteañal a los Sres. Alfredo Roberto Reca, D.N.I. N 4.408.780, de nacionalidad argentino, de estado civil viudo, con fecha de nacimiento el 09/04/1943, y María Susana Ganora, D.N.I. N 12.666.706, CUIL N 27-12668706-6, de nacionalidad argentina, de estado civil divorciada, con fecha de nacimiento el 15/11/1956, ambos con domicilio en calle pública de La Población, Dpto. San Javier, Provincia de Córdoba, en proporción del cincuenta por ciento 50%
respectivamente el derecho real de dominio artículos 2506 y ss. del CC y 1887 -inc. ay 1941
del CCC que se describe como: inmueble ubicado en la localidad de La Población, Pedanía y Dpto. San Javier de esta Provincia de córdoba, el que según plano de mensura confeccionado es de forma irregular y se designa como Lote 19, cuyas medidas son: partiendo del punto A, rumbo Sur-Este, línea A-B en ángulo de 89º 3730, 66,79mts.; desde el punto B, en ángulo de 258º0739, rumbo Nor-Este, línea B-C, 12.18mts; desde el punto C, en ángulo de 93º0543, rumbo Sur-Este línea C-D, 8,87mts.;
desde el punto D, en ángulo de 87º2919, rumbo Sur-Oeste, línea D-E, 18,44mts; desde el punto E, en ángulo de 214º1913, rumbo al Sur-Este, línea E-F, 13,17mts.; desde el punto F, en ángulo de 168º1722, rumbo al Sur, línea F-G, 16,52mts.; desde el punto G, en ángulo
de 181º3340, rumbo al Sur-Oeste, línea G-H, 88, 77mts.; desde el punto H, en ángulo de 181º 0906, rumbo al Sur, línea H-I, 18, 81mts.; desde el punto I, en ángulo de 74º0111, rumbo al Nor-Oeste, línea I-J, 64,06 mts.; desde el punto J, en ángulo de 98º1815, rumbo al Nor-Este, línea J-K, 36,07mts.; desde el punto K, en ángulo de 230º4652, línea K-L, 20,55mts.; desde el punto L, en ángulo de 190º0408, rumbo al Nor-Oeste, Línea LM, 20,44mts., desde el punto M, en ángulo de 137º5041, rumbo al Nor-Oeste, línea M-N, 04,96mts.; desde el punto N, en ángulo de 157º2547, rumbo al Nor-Este, línea N-O, 12,75mts.; y cerrando la figura desde éste último punto en ángulo de 177º5334, rumbo al Nor-Este, Línea O-A, 66,30mts., lo que hace una superficie total de 10.745, 83 mts2.- Linda:
en las líneas A-B y B-C con parcela 3, posesión de Javier Salustino Romero; líneas D-E, EF y F-G con parcela 4 de Armando Marcelino Romero, Juan Néstor Romero, Delia Lili Romero, Elsa Irene Romero, Fº 4134, Aº 1955; línea G-H-, y H-I con parcela 5 de Eva Luciana Estibel, Mat.
FºRº 425.129 y parcela 6 Ana Manuela Bertold de Genta, Fº 27.589 Aº 1989; líneas I-J, J-K, K-L
y L-M con parcela 12 posesión de Evangelista Zamora de Rojo; líneas M-N y O-A con parcela sin nomenclatura, posesión de Nadim Gait.- Con una superficie de diez mil setecientos cuarenta y cinco metros con ochenta y tres decímetros cuadrados-10.745,83mts2, todo conforme plano efectuado por el Ingeniero Civil Daniel L. Rubiolo, Mat. Prof. 2736-2, visado y aprobado por la Dirección General de Catastro de la Provincia en Expediente Nº 0033-33.401/07, con fecha 17/09/2007. fs. 25.- El inmueble objeto de usucapión cuenta con los siguientes datos catastrales: Departamento: San Javier 29, Pedanía:
San Javier 03, Comuna: La Población 32, C:
01, S: 01, Mz: 15, Lote 19, y según informe N
4642 del Departamento de Tierras Públicas fs.
90 no aparecen afectados derechos fiscales de propiedad y afecta un inmueble que se inscribe al dominio: N 33655, F 41034 del año 1955, a nombre de Petrona Dionisia Tello de Romero y Segundo Arturo, Jorge Raúl, Luis Eugenia, Alfredo Enrique, Luisa, Eduardo y Carlos Ezequiel Romero.- Dicha repartición informa que se empadrona en Cuenta N 29030659162/1 de la DGR, a nombre de sus titulares dominiales con domicilio tributario en La Población. 2 A mérito de lo dispuesto por el artículo 1905 del CCC, fijar como fecha en la que se produjo la adquisición del derecho real en el día 04/05/2006. 3 Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en el diario La Voz del Interior por el término de diez 10 días a intervalos regulares dentro de un período de treinta 30 días arts. 790 y 783

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

del CPCC. 4 Ordenar la cancelación de anotación de Litis ordenada por este Juzgado y para estos autos, al D 1537 del 25/10/2019, a cuyo fin ofíciese 5 Ordenar la inscripción del presente decisorio en el Registro General de la Provincia art. 789 del CPCC, y cumplidas las demás formalidades de ley, oportunamente, oficiar a los fines de la inscripción preventiva. 6 Imponer las costas por el orden causado artículo 130
-in finedel CPCC.- 7 Diferir la regulación de los honorarios de los letrados intervinientes para cuando sea así solicitado y exista la base regulatoria cierta artículo 26 -contrario sensude la Ley 9459.- Protocolícese, hágase saber y dese copia.- FDO:: CUNEO Sandra Elizabeth JUEZ.5 días - Nº 268962 - s/c - 18/08/2020 - BOE

El Juzgado de 2da. Nom. en lo Civil, Comercial, Conciliacion y de Flia. de la ciudad de Villa Dolores, a cargo del Dr. Marcelo Ramiro Duran Lobato, Secretaría N 3, a cargo de la Dra. Elsa Susana Gorordo, en autos: GINI CORREA, MILTON FERNANDO USUCAPION Expte.: Nº 1189860 , ha resuelto: SENTENCIA NÚMERO
CIENTO CUARENTA Y DOS. Villa Dolores, ocho de Octubre de dos mil diecinueve.. Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO: RESUELVO: a Hacer lugar a la demanda instaurada en autos en todos sus términos declarando que Milton Fernando Gini Correa, uruguayo, D.N.I. N 92.894.166, CUIL N 20-92894166-4, nacido el 11/07/1960, de estado civil soltero, domiciliado en Calle Nazarre N 2770, Barrio Villa del Parque de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, en su carácter de cesionario de los derechos, litigiosos y acciones posesorias de Enrique Dante Marchetto DNI N 8.011.224, es el titular del derecho real de dominio obtenido por prescripción adquisitiva veinteñal de una fracción de terreno emplazado en Zona Rural, localidad de Corralito, Pedanía Luyaba, Departamento San Javier, Pcia. de Córdoba, Nomenclatura Catastral: Dpto. 029, Pedanía 04, Hoja 2534
y Parcela 2483, compuesto por un polígono de forma irregular, ubicado sobre Camino Público S/N, designado como Lote 2534-2483 que se describe de la siguiente manera: a partir del vértice Noroeste desde el punto A, donde se inicia el Lado Norte, con un ángulo interno de 12118, mide hasta el punto B, tramo A-B: 9,65mts; en vértice B, con ángulo interno de 13525 mide hasta el punto C, tramo B-C: 7,98mts; en vértice C, con ángulo interno de 18742 mide hasta el punto D, tramo C-D: 5,63mts; en vértice D, con ángulo interno de 18654mide hasta el punto E, tramo D-E: 7,15mts; en vértice E, con ángulo interno de 17120mide hasta el punto F, tramo E-F: 67,82mts; en vértice F, con ángulo interno
48

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/08/2020 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha11/08/2020

Nro. de páginas49

Nro. de ediciones3621

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031