Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/02/2019 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCXLX - Nº 31
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 13 DE FEBRERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

quiebra en concurso preventivo de NIEUW WERELD S.A. C.U.I.T. Nº 30-71098583-5, con domicilio social inscripto en calle Ranqueles N58, Barrio Los Vascos, Río Ceballos, y denunciado por la misma sociedad en calle San José de Calazans N351, piso 2do, depto. B B Alberdi de , ésta ciudad de Córdoba, ambos en depto. B
, B Alberdi de ésta ciudad de Córdoba, ambos en la Provincia de Córdoba, en los términos de los arts. 90, 288 y 289 de la L.C.Q. Mantener el nombramiento del Síndico Cr. Aldo Adrián Berrondo D.N.I. 16.293.737, Mat. 10-07444-2 con domicilio constituido en calle Colón N377, Entre Piso, Oficina 24/25 Córdoba. Mantener las fechas establecidas en oportunidad de la apertura de quiebra a los fines de la presentación de los pedidos de verificación y títulos pertinentes ante el Síndico por parte de los acreedores 8/3/2019;
Fdo. CHIAVASSA, Eduardo Néstor JUEZ/A DE
1RA. INSTANCIA.5 días - Nº 193530 - $ 1907,15 - 15/02/2019 - BOE

El Juez de 1er Instancia y 33 Nominación en lo Civ y Com Concurso y Sociedades Sec Nº 6- de esta ciudad de Córdoba, Dr. ANTINUCCI, Marcela Susana, Sec. Dr. Beltramone Hugo H., mediante Sentencia Nº 444. de fecha 11/12/2018
en autos OLIENGO, CARLOS OMAR PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVO EXPTE.
N 7626027 resolvió: I declarar abierto el Concurso Preventivo del Sr. OLIENGO, Carlos Omar D.N.I. Nº 7.378.675 - CUIT 20-07378675-5, con domicilio real en calle Leopoldo de Melo N
1229 y de su emprendimiento comercial en calle Imberto de Azcona N 1808, Barrio Villa San Carlos, de esta ciudad; en los términos de los arts. 288 y 289 de la LCQ. VIII Establecer como fecha límite para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante el síndico el día doce de marzo de dos mil diecinueve 12/03/2019, debiendo atenerse a lo prescripto por el art. 32 de la Ley N 24.522. El síndico designado es el Cdor. Norberto Armando Urbani, con domicilio en calle Av. Colón N 350, 2 piso, Dpto. 18, Córdoba.

horas hagan entrega de los mismos a la Sindicatura, bajo apercibimiento. V Intimase al fallido para que cumplimente acabadamente los requisitos a que refiere el art.86, 2do. párrafo de la ley 24.522. VI Prohíbese al fallido realizar pagos de cualquier naturaleza haciéndose saber a los terceros que los perciban, que los mismos serán ineficaces. Asimismo, prohíbese a los terceros efectuar pagos al fallido, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos. Asimismo se fijaron las siguientes fechas: hasta el día 18/3/19 inclusive, para que los acreedores presenten las peticiones de verificación de sus créditos ante el síndico Cr. Marcelo Omar Vera, Av. General Paz N 108, 2 Piso, Ciudad de Córdoba.; Informe Individual: 6/5/19;
Resolución art. 36 L.C.Q: 21/6/19; Informe General: 2/8/19. Of. 8/2/19
5 días - Nº 194086 - $ 3598,30 - 18/02/2019 - BOE

NOTIFICACIONES

El Sr. Juez de 1 Inst. y 29 Nom. C. y C. Concursos y Sociedades N 5 hace saber que en autos ZABALA BLAS MATEO. - QUIEBRA PROPIA SIMPLE N7631295, por Sentencia N379

Por disposición de la Dra. María Andrea Mondelli, Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación, Secretaría de la Dra. Elvira Sauan, en los autos caratulados RED ARGENTINA DE CONSUMIDORES C/
PILAY SA Y OTROS S/ ACCIONES COLECTIVAS CUIJ 21-02886996-4, se ha resuelto por , Auto N 3867 de fecha 28/12/18: Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO: Fallo: 1 Homologar el convenio obrante a fs. 304/306 con la prevención de que los miembros del grupo podrán ejercer su derecho de excluirse de la solución general brindada al caso colectivo por medio del presente acuerdo art. 54 1er párrafo Ley 24.240; y 2
Intimar al Grupo Pilay para que dentro del término de diez días hábiles de vencido el mayor de todos los plazos previstos en la cláusula II acredite el cumplimiento de lo dispuesto en la misma.
Ello a fin de posibilitar a los consumidores afectados el ejercicio de los derechos previstos en el acuerdo así como de la opción de apartarse de la solución general antes referida. Líbrense edictos por Secretaría con constancia en autos.
Notifíquese a las partes personalmente o por cédula y al Sr. Agente Fiscal. Téngase presente lo acordado en relación a las costas cláusula 4. Insértese y hágase saber.- Fdo. Secretaria:
Elvira Sauan. Jueza: Maria A. Mondelli Hágase .
saber la cláusula tercera del convenio: TERCE-

del 15/11/18 y Auto Nº1 del 7/2/19 se resolvió: I
Declarar la quiebra del Sr. Blas Mateo Zabala, D.N.I. 23.274.326, CUIL N20-23274326-4, con domicilio en Carlos Tagle N 4667, B Colinas del Cerro, de la ciudad de Córdoba. IV Ordenar al fallido y a los terceros que posean bienes del mismo, que dentro del plazo de veinticuatro
RA. DERECHO A OPTAR POR EXCLUIRSE:
De conformidad con el Artículo Nro. 54, primer párrafo, de la Ley 24.240 LDC, se acuerda a los miembros del grupo el derecho de excluirse de la solución general brindada al caso colectivo por medio del presente acuerdo. Las partes acuerdan que los miembros del grupo represen-

5 días - Nº 193899 - $ 3334,50 - 18/02/2019 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

tados por la RAC cuentan para ello con 70 días corridos a contar desde el inicio de la notificación-conforme lo descripto en la Cláusula precedentea los fines de que comparezcan a ejercer el derecho de exclusión previsto por el artículo 54 de la Ley de Defensa del Consumidor, bajo apercibimiento de considerar su silencio como manifestación de atenerse a la cosa juzgada que resulte de la sentencia a dictarse en autos A fin .
de facilitar el ejercicio del derecho de exclusión y no tornarlo ilusorio a los suscriptores-consumidores representados por la RAC que pretendan excluirse, podrán hacerlo mediante presentación en el expediente o por nota dirigida a la demandada o a la actora o además podrán si no optan por ninguna de las anteriores enviar en el plazo indicado ut-supra un mail al correo redconsumidores@gmail.com y con copia a dprocaccini@
pilay.com.ar con el título Exclusión del Acuerdo Colectivo RAC-BAUEN y adjuntar una foto de su documento nacional de identidad en formato PDF. Vencido el plazo establecido para excluirse, la RAC informará en el expediente el detalle de todos aquellos que hubieran optado por hacerlo.
Al efecto acompañará una planilla con nombres, apellido, Nro. De DNI, dirección de email, debiendo adjuntar los correspondientes DNI recibidos de parte de cada uno de los miembros de la clase que opten por excluirse.-
10 días - Nº 192890 - $ 11596,10 - 14/02/2019 - BOE

En relación al edicto publicado el día de la fecha en el marco del expediente judicial RED ARGENTINA DE CONSUMIDORES C/ PILAY SA
Y OTROS S/ ACCIONES COLECTIVAS CUIJ
Nº21-02886996-4 en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario, se hace saber el contenido del acuerdo celebrado entre la Asociación Civil RED ARGENTINA DE
CONSUMIDORES CUIT Nº30-70988773-0 por , una parte y BAUEN ARQUITECTURA S.R.LPILAY S.A PILARES S.R.LUNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, CUIT 30-63864443-2, PILARES S.R.L Y PILAY S.AUNION TRANSITORIA DE EMPRESAS-, CUIT 30-70996019-5, PILAY S.A, CASAPLAN S.R.L.- UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, BAUEN ARQUITECTURA SRL, CUIT 30-51765875-4, PILAY S.A., CUIT 30-57381925-6, PILARES S.R.L, CUIT
30-62856906-8, y CASAPLAN SRL, CUIT 3060850023-1, por la otra, extensivo a todos los suscriptores tanto de las provincias de Santa Fe, Córdoba y Entre Ríos. En el mismo se dispuso, a fin de brindarles la debida información y certeza de la razonabilidad de los incrementos que eventualmente sean superiores al índice informado por la Cámara Argentina de la
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/02/2019 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha13/02/2019

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones3600

Primera edición01/02/2006

Ultima edición04/05/2024

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