Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/11/2013 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Segunda Sección
ejecución de sentencia.- b Imponer las costas del proceso a cargo de la demandada, a cuyo fin se regulan los honorarios profesionales de los Dres. E. Giselle Casas Cassataro y Jorge Enrique Castro en la suma de pesos cuatro mil quinientos $4.500 en conjunto y proporción de ley.- Protocolícese, hágase saber y déjese copia.- Fdo.: Dr. Rodolfo Mario Álvarez, Juez.y por AUTO NRO.: Ciento sesenta y nueve de fecha siete de noviembre de dos mil trece RESUELVE: Hacer lugar a lo peticionado por la requirente y en consecuencia ampliar la Sentencia Número Cincuenta y Nueve de fecha 09 de octubre de 2013, dictada en la causa fs. 85/87vta., consignándose que el nombre del demandado es Fracisco Zenón ó Zenón Francisco Galay M.1. Nº 5.279.565.Protocolícese, hágase saber y déjese copia.Fdo.: Dr. Rodolfo Mario Álvarez, Juez.- DATOS
DE LOS INMUEBLES: Dº 10.928, Fº 16.026, Tomo 65, Aº 1981, actualmente Matriculas FºRº.- 1.165.918 Y 1.165.919.- Villa Dolores, 12 de noviembre de dos mil trece.- Fdo.: Dra.
Susana E. Gorordo de G. Zugasti, Secretaria.5 días - 30124 - 2/12/2013 - s/c.
El Sr. Juez Civil y Com. de 1ra Inst y 2da.
Nom. de Rio Cuarto, Dra. Bentancourt, en autos caratulados Negro Alejandro E. CSucesores de Agero Victoria y otros Ordinario Expte n 648026 ha dictado la siguiente resolución Sentencia Nro. 71. Río Cuarto, 14/06/2013. Y VISTOS Y
CONSIDERANDO RESUELVO 1 Hacer lugar parcialmente a la demanda deducida por el Sr.
Alejandro Exequiel Negro en contra de los Sres. Mario Roberto Mores, los sucesores de Victoria Agero y sucesores del Sr. Dionisia Rafael Mura, a quienes se condena solidariamente art 1113 del C. Civil-, a que en el término de diez días de ejecutoriada la presente abonen al accionante, bajo apercibimiento de ejecución, la suma de pesos cuarenta y nueve mil ciento setenta y ocho con04/100 ctvos. $ 49.178,04, con más sus intereses a calcularse a la tasa y del modo dispuesto en el respectivo considerando, bajo apercibimiento. 2 Imponer ías costas en un setenta por ciento 70% a la parte demandada y en un treinta por ciento 30% a la parte actora art.132 del C.P.C.C.
con los alcances y limitaciones descriptas en el considerando VIII - art.107, 140 del CPC y C.
3 Regular en forma definitiva los honorarios profesionales de los Dres. Blanca R Mosso y Nicolás Buzzacchi, en conjunto y proporción de ley, en la suma de Pesos Treinta y ocho mil setecientos veintitrés $ 38.723.4 Regular, en forma definitiva, los estipendios profesionales del Perito Ingeniero mecánico Daniel Luis Pellegrini en la suma de Pesos Dos mil novecientos cuarenta $ 2940
PROTOCOLICESE, HAGASE SABER y DESE
COPIA Firmado: Dra. Bentancourt Juez - Dra.
Ravetti de Irico Secretaria. Otro Decreto: Río Cuarto, 27/06/2013. Téngase presente lo manifestado. Concédase el recurso de apelación interpuesto en contra de la Sentencia Definitiva n 71 de fecha 14/06/2013 con efecto suspensivo por ante la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de esta ciudad que por turno corresponda a donde deberán comparecer a proseguirlo. Notifiquese y elévese. Fdo: Dra. Bentancourt Juez. Dra.
Ravetti de Irico Secretaria. Oficina, 23/10/
2013.
5 días 29866 - 29/11/2013 - s/c.
ALTA GRACIA, 29-10-13. La Sra. Juez, en lo Civ. Com. Conc. y Flia. De Alta Gracia de 1
Nom., Sec. Nro. 2 en autos: SANTILLI JUAN

BOLETÍN OFICIAL - A ÑO C - T OMO DLXXXVI - Nº 209
ALBERTO Y OTRO C/ DALVIT GUSTAVO
ADOLFO-ORDINARIO - EXPTE. 352545 ha dictado la Sentencia Nro. 110: y VISTOS .. Y
CONSIDERANDO .. RESUELVO 1 Hacer lugar a la demanda entablada por el rubro daño material en la suma de pesos ocho mil quinientos dos con tres centavos $ 8502,3 acreditado efectivamente en autos. 2 Hacer lugar parcialmente a la demanda por daño moral, por la suma de pesos ocho mil, conforme surge del apartado V.-3 Imponer las costas al demandado Sr. Gustavo Adolfo Dalvit en consecuencia, regular los honorarios profesionales de la Dra. Fabiana Malina de la Colina en la suma de pesos nueve mil cincuenta y nueve con sesenta y un centavos $9059,61.
Protocolícese, hágase saber y dése copia Fdo. Dra. Graciela Vigilanti-Juez.
5 días 29889 - 29/11/2013 - $ 350.La Juez 1 CC y Flia Cruz del Eje Dra A R
Zeller de Konicoff en autos NAJLE, JORGE
ANDRES c/ MOBILIO, EMILIA ELVIRA y OTRO EJECUTIVO EXPTE N 1112548 ha dictado la sigo resolución: SENTENCIA N: TRESCIENTOS
TREINTA Y DOS 332 Cruz del Eje, 30/10/2013.
y VISTOS; Y CONSIDERANDO; RESUELVO: I Ordenar llevar adelante la ejecución entablada por el Sr. Jorge Andrés Najle, hasta el completo pago del capital reclamado, es decir, la suma de Pesos Seis Mil $ 6.000,00, con más intereses según el punto III del considerando de la presente, y porcentaje de tasa pasiva, los que se determinarán en la etapa de Ejecución de Sentencia. II - Costas a cargo de la demandada, a cuyo fin regulo los honorarios del Dr. Jorge Andrés Najle, en la suma de Pesos mil novecientos sesenta $1960.
Protocolícese, hágase saber y dese copia.
Fdo.; Dra. ANA R. ZELLER DE KONICOFF: Juez.
5 días 29934 - 29/11/2013 - $ 334.El Juzgado de 1 Instancia y 3 Nominación en lo Civil y Comercial de la Ciudad de San Francisco, Secretaría Nro. 6, en Autos:
BAUDUCCO MARTHA MARIA - CONCURSO
PREVENTIVO, Expte. 402691, hace saber que por Auto N 336, del 7 de noviembre de 2013, se resolvió declarar cumplido el acuerdo preventivo ofrecido por la concursada en autos, Señora Martha María BAUDUCCO, y homologado por el Tribunal, con los efectos previsto en el último párrafo del arto 59 de la LCQ. Dra. María G. Bussano de Ravera
Secretaria. Of. 13/11/2013.5 días 29808 - 29/11/2013 - $ 140.El Juzgado de 1 Instancia y 3 Nominación en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, Concursos y Sociedades N 3, en autos METROPOLIS GUAR S.R.L. . PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVO EXPTE, N 2484661/36
por Sentencia N 459 de fecha 4 de noviembre de 2013, RESOLVIO: I Declarar la apertura del pequeño concurso preventivo de la sociedad METROPOLIS GUARD S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio. Protocolo de Contratos y Disoluciones con fecha 31 de mayo de 2010 bajo Matrícula N 13.016-B, con sede social en calle sede social en calle Sucre N
71. 3 Piso C, de la ciudad de Córdoba, 10
Fijar como fecha para que los acreedores presenten sus demandas de verificación ante los Síndicos, Crs LENCINA, GUILLERMO, MONSELLO, RICARIO MARIA y MUIÑO, MARIA
ISABEL, con domicilio en calle 9 DE JULIO N
183. 2 piso C de Córdoba, hasta el día 06 de febrero del año 201 art 14 inc, 3 Fdo Ricardo Javier Belmaña , Juez.
5 días 29935 - 29/11/2013 - $ 365.-

Francisco Cba., 11 de NOVIEMBRE de dos mil trece.- Por disposición del señor Juez de Primera Instancia y Primera Nominación Civil y Comercial de la ciudad de San Francisco, Dr.
Víctor Hugo Peiretti, en los autos caratulados:
SOSA Jorge Raúl - Quiebra Propia - Expte N
1492014 que se tramitan por ante el Juzgado a su cargo Secretaría N Dos, a cargo de la Dra. Claudia Giletta, se notifica la siguiente resolución:SENTENCIA NUMERO: Ciento ochenta y seis.- San Francisco, once de octubre de dos mil trece.- Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 Declarar la quiebra del señor JORGE RAUL SOSA, D.N.I.:
12.655.955, argentino, de estado civil divorciado, nacido el dieciocho de noviembre de mil novecientos cincuenta y seis, de ocupación peluquero, con domicilio real en calle 9 de Julio 46 de la ciudad de Las Varillas, Provincia de Córdoba.- - 8 Fíjase el día diecisiete de diciembre de dos mil trece, como plazo hasta el cual los señores acreedores podrán solicitar al Síndico la verificación de sus créditos.- FIRMADO: Dr. Victor Hugo Peiretti, JUEZ; NOTA: Síndico Cr. César Hugo González - Domicilio: Av. Urquiza 126 de la ciudad de San Francisco - Córdoba 5 días 29661 28/11/2013 - s/c.
Juzg. 1 Inst. y 33 Nom. en lo C. y C. Conc.
y Soc. N 6.- Autos: ALBARRACIN, JUAN
CARLOS - QUIEBRA PROPIA SIMPLE Expte.
2467966/36 SENTENCIA NUMERO:
TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE 399.
Córdoba, quince de noviembre de dos mil trece.
Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: SE
RESUELVE:1 Declarar en estado de quiebra al Sr. Juan Carlos ALBARRACIN, D.N.I.
7.630.923, con domicilio real en calle Manuel Motta N 1110 de Barrio San Martín, Ciudad de Córdoba. . VII Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes del mismo, para que en el término de 24 horas, procedan a entregarlos al Órgano Sindical. VIII Prohibir al fallido hacer y percibir pagos de cualquier naturaleza, haciendo saber a los terceros que los mismos serán ineficaces. Asimismo, prohíbese a los terceros efectuar pagos a aquél, los que deberán consignarse judicialmente en los presentes obrados, bajo apercibimiento de ineficacia. . XIII
Establecer como fecha límite para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante el Síndico hasta el día 04 de febrero de 2014, debiendo atenerse a lo que prescribe el art. 200 de la ley 24.522 en lo pertinente. XIV fijar como fecha para que el Sindico presente el Informe Individual de los créditos el día 20 de Marzo de 2014. XV Fijar como fecha límite para que el Funcionario Sindical presente el Informe General el día 09 de Mayo de 2014. XVI Hacer saber que la resolución judicial verificatoria de créditos a que alude el arto 36 de la ley 24.522
art. 88 in fine L.C se dictará con fecha 07 de Abril de 2014. . Protocolícese, hágase saber y dése copia.- Fdo.: Hugo Horacio Beltramone - Secretario.
5 días - 29795 28/11/2013 - $ 665.-

CONCURSOS Y
QUIEBRAS
En los autos caratulados GIACOMELLI
MARGARITA SILVIA - PEQUEÑO CONCURSO
PREVENTIVO - EXPTE. N 7529/36, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia y 13 Nominación de esta ciudad de Córdoba, se ha dictado la siguiente resolución Córdoba, 11 de octubre de 2013 a los fines
CÓRDOBA, 28 de noviembre de 2013
de cumplir acabadamente con el contralor del cumplimiento del acuerdo preventivo, se dispuso el llamamiento por edictos de los acreedores que eventualmente puedan resultar insatisfechos, a los fines de que concurran a reclamar el pago de cuotas concordatarias eventualmente impagas en el domicilio de la empresa garantizada A. Giacomelli SA sito en Ruta 9 km 690, Córdoba, como así también a cualquier otro acreedor que se crea con derecho a ejercitar en el presente proceso lo que estime corresponderle. Asimismo se hace saber a los acreedores eventuales o aquellos que se crean con derecho a ejercitar en el presente proceso lo que estimen corresponderles que en caso de no acudir en el plazo de 20 días hábiles, el Tribunal dictará declarando cumplido el acuerdo homologado.Fdo: Tale, Juez. Olmos, Secretaria.5 días 30283- 3/12/2013- $ 450
En los autos caratulados SPAGNOLO DE
GIACOMELLI, YOLANDA -PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVO - EXPTE N 7530/36, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia y 13 Nominación de esta ciudad de Córdoba, se ha dictado la siguiente resolución Córdoba, 11 de octubre de 2013 a los fines de cumplir acabada mente con el contralor del cumplimiento del acuerdo preventivo, se dispuso el llamamiento por edictos de los acreedores que eventualmente puedan resultar insatisfechos, a los fines de que concurran a reclamar el pago de cuotas concordatarias eventualmente impagas en el domicilio de la empresa garantizada A. Giacomelli SA sito en Ruta 9 km 690, Córdoba, como así también a cualquier otro acreedor que se crea con derecho a ejercitar en el presente proceso lo que estime corresponderle. Asimismo se hace saber a los acreedores eventuales o aquellos que se crean con derecho a ejercitar en el presente proceso lo que estimen corresponderles que en caso de no acudir en el plazo de 20 días hábiles, el Tribunal dictará declarando cumplido el acuerdo homologado.Fdo.: Tale, Juez. Olmos, Secretaria.
5 días 30284- 3/12/2013- $ 450
En los autos caratulados GIACOMELLI
CLAUDIO INOCENCIO - PEQUEÑO CONCURSO
PREVENTIVO - EXPTE. N 7531/36, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia y 13 Nominación de esta ciudad de Córdoba, se ha dictado la siguiente resolución Córdoba, 11 de octubre de 2013 a los fines de cumplir acabadamente con el contralor del cumplimiento del acuerdo preventivo, se dispuso el llamamiento por edictos de los acreedores que eventualmente puedan resultar insatisfechos, a los fines de que concurran a reclamar el pago de cuotas concordatarias eventualmente impagas en el domicilio de la empresa garantizada A. Giacomelli SA sito en Ruta 9 km 690, Córdoba, como así también a cualquier otro acreedor que se crea con derecho a ejercitar en el presente proceso lo que estime corresponderle. Asimismo se hace saber a los acreedores eventuales o aquellos que se crean con derecho a ejercitar en el presente proceso lo que estimen corresponderles que en caso de no acudir en el plazo de 20 días hábiles, el Tribunal dictará declarando cumplido el acuerdo homologado.Fdo.: Tale, Juez. Olmos, Secretaria.
5 días 30285- 3/12/2013- $ 450
Orden del Sr. Juez 26 Nom. Civil y Com. Concursos y Sociedades N 2- en autos:
GONZALEZ, BEATRIZ GLADYS - PEQUEÑO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/11/2013 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha28/11/2013

Nro. de páginas43

Nro. de ediciones3632

Primera edición01/02/2006

Ultima edición19/06/2024

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