Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/04/2024 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXII - Nº 87
CORDOBA, R.A. MARTES 30 DE ABRIL DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

tiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para acceder a dicho beneficio, conforme con lo previsto en los arts. 2 inc. g y 9 del Decreto N 1001/2014 y su Anexo II.
Que atento a lo expuesto, procede en esta instancia clasificar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente el respectivo porcentaje de bonificación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 2023/00001656 del Área Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado en el Orden N 22 por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:

Art. 1º.- CLASIFICAR a partir de la fecha de la presente resolución, en el Grupo C de localización a la Escuela Secundaria con Formación Profesional, Capital sede Mller, dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto la bonificación del cuarenta por ciento 40% a su personal docente y del veintiséis por ciento 26% a su personal no docente, conforme con lo previsto en los arts. 2 inc. g y 9 del Decreto N 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V 2023; Jurisdicción 1.35; Programa 355;
Partidas: Principal 01, Parcial: 02 Personal No Permanente.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Secretaría de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: HORACIO A. FERREYRA. MINISTRO DE EDUCACIÓN.

MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N 78
Córdoba, 29 de abril de 2024
VISTO: El Expediente N 910-066735/2024, por el que se propicia la declaración de Interés Provincial de la 21 Jornada Notarial Cordobesa.
Y CONSIDERANDO:

Que obra en autos la presentación efectuada por las Autoridades de la Entidad Organizadora Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba solicitando la Declaración de Interés Provincial de la citada jornada, a realizarse los días 6 y 7 de junio del corriente año en la ciudad de Córdoba, atento la importancia de la temática que abordarán.
Que la mencionada Institución acompaña el Cronograma y el Temario de la Jornada, destacando que desde el año 1972 se vienen desarrollando en todo el territorio provincial, con singular éxito las Jornadas Notariales Cordobesas, con participación de notarios de todo el país y en ocasiones
del exterior, donde se discuten y analizan temas jurídico-notariales de interés para toda la comunidad.
Por ello, habiéndose dado cumplimiento a las previsiones de los artículos 2 y 3 del Decreto N 592/04, lo dictaminado por la Dirección General de Legales mediante N 2024/DDLMG-00000096, y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE
Artículo 1º.- DECLÁRASE de Interés Provincial a la 21 Jornada Notarial Cordobesa, que se llevará a cabo los días 6 y 7 de junio del año 2024, en la Ciudad de Córdoba.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: MANUEL FERNANDO CALVO, MINISTRO DE GOBIERNO

MINISTERIO DE SALUD
Resolución N 602
Córdoba, 25 de abril de 2024
VISTO: el expediente N 0425-503253/2024, en el que obra la solicitud de actualización de la Tabla de aranceles, que abonan las entidades que hayan suscripto convenio de provisión de Hemocomponentes con los Servicios de Hemoterapia y/o Bancos de Sangre dependientes de la Provincia de Córdoba aprobados por Resolución N 350/2010, modificada por sus similares Nros. 1175/2011, 0115/2013, 184/2015, 611/2016, 1161/2018, 922/2019, 208/2020, 1791/2021 y 0947/2022.
Y CONSIDERANDO:
Que se incorpora la solicitud referenciada, suscripta por la Jefa A/C
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

del Departamento del Sistema Provincial de Sangre, dependiente de esta Jurisdicción Ministerial.
Que la peticionante explicita que la modificación del Anexo I se realiza en base a un estudio del Área Contable, con el objetivo de determinar de forma fehaciente el costo real de las unidades de hemocomponentes, considerando su extracción, producción y posterior distribución; en dicho anexo I, se contemplan también prácticas como Plaquetoféresis, Plasmaféresis, las cuales serán valoradas según modelo APROSS.
Que las actuaciones de referencia cuentan con el Visto Bueno del Sr.
Secretario de Salud de esta Cartera Ministerial.
Que asimismo, se destaca que, la iniciativa se encuentra estrechamente ligada a las previsiones contenidas en los artículos 19 inc. 1 y 59 de nuestra Carta Fundamental Provincial en concordancia con las normas tuitivas del
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/04/2024 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha30/04/2024

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4152

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

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