Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/06/2023 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

VIERNES 2 DE JUNIO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCII - Nº 102
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 729
Córdoba, 30 de mayo de 2023
VISTO: La disposición contenida en el artículo 53, tercer párrafo de la Ley Nº 8024 t.o. Decreto Nº 407/20, reglamentada por Decreto Nº 408/2020.

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 729 Pag. 1
Decreto N 730 Pag. 1
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 266 - Letra:D Pag. 2
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 80 - Letra:D Pag. 2
Resolución N 89 - Letra:D Pag. 3
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
Y ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N 33 Pag. 4

Y CONSIDERANDO:
Que, sin perjuicio de los diversos mecanismos legales tendientes a asegurar la movilidad de los haberes de los jubilados y pensionados, resulta conveniente en esta instancia el incremento del haber mínimo jubilatorio a los fines de brindar una adecuada protección social para los beneficiarios de menores ingresos.
Que deviene pertinente y prioritario apelar a esta herramienta a los fines de mejorar los ingresos de los adultos mayores que se encuentran en mayor estado de vulnerabilidad social, ante el agravamiento del proceso inflacionario que atraviesa el país.

Que, dentro de un manejo prudente de los fondos previsionales, resulta factible introducir un nuevo aumento sobre el haber mínimo de manera de continuar avanzando en el objetivo de propender hacia la justicia social, en estricta observancia de los lineamientos trazados en la Constitución de la Provincia de Córdoba.
Por ello, la norma legal citada y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;

artículos 44 y 57 de la Ley Nº 8.024, reglamentada por el entonces Decreto Nº 382/92, en cuyo caso el haber será equivalente al cincuenta por ciento 50% del haber mínimo de jubilación establecido por el presente Decreto y b los supuestos previstos en el artículo 53, tercer párrafo in fine, de la Ley Nº 8024 t.o. por Decreto Nº 407/20.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.

Artículo 1º.- FÍJASE a partir del 1º de mayo de 2023, el haber mínimo a percibir por los beneficiarios del Régimen General de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba, en la suma de pesos setenta y dos mil $ 72.000,00, con las siguientes excepciones: a los beneficiarios de Pensión por Indigencia otorgados en el marco de lo prescripto por los
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Resolución N 137 Pag. 6
Resolución N 141 Pag. 6
Resolución N 142 Pag. 7
TRIBUNAL ELECTORAL PROVINCIAL
Resolucion N 32 Pag. 7

FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Decreto N 730
Córdoba, 30 de mayo de 2023
VISTO: El Complemento Previsional Solidario establecido por la Ley N 10.078.
Y CONSIDERANDO:
Que a los fines de brindar una adecuada protección social para los beneficiarios de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

de menores ingresos, resulta conveniente en esta instancia la actualización del importe del complemento previsional solidario instituido en el artículo 5
de la Ley N 10.078.
Que ante el agravamiento del proceso inflacionario que atraviesa el país, resulta pertinente y prioritario apelar a esta herramienta a los fines de mejorar los ingresos de los adultos mayores que se encuentran en mayor estado de vulnerabilidad social, en un marco de manejo prudente y austero
1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/06/2023 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha02/06/2023

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4126

Primera edición01/02/2006

Ultima edición27/04/2024

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