Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/05/2023 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Art. 3º.- Podrán acceder al Concurso previsto en el Art. 2 ut supra, aquellos docentes que reúnan los requisitos establecidos en los Art. 15
y 16 de la Ley 10237 modificatorio del Art. 62 y 63 del Decreto Ley 214/E/63 y que a la fecha se desempeñen en establecimientos educativos de Nivel Secundario Modalidad Técnica, revistando en situación de servicio activo y no se encuentren incursos en las causales de inhabilitación previstas en el Art. 11 del Decreto N 930/15.
Art.4º.- Los aspirantes se inscribirán para las vacantes de manera on-line a través de la Página Oficial de Gobierno de la Provincia de Córdoba https www.cba.gov.ar/concursos-de-cargos-directivos-y-de-inspeccion/ debiendo optar por un solo establecimiento y cargo y de acuerdo a lo preceptuado por el Art. 5 y 6 del Decreto N 930/15 Reglamentario del Art. 10 de la Ley 10237, según el siguiente detalle:
A PRIMERA CONVOCATORIA: podrán inscribirse aquellos docentes que cumplan con los requisitos antes mencionados y que a la fecha se desempeñen en establecimientos educativos dependientes de la misma zona de Inspección, en la cual se produce la vacante conforme Anexo I y II para los cargos de Director y Vicedirector respectivamente.
B CONVOCATORIA ABIERTA: podrán inscribirse aquellos docentes que cumplan con los requisitos antes mencionados y que a la fecha se desempeñen en establecimientos educativos dependientes de cualquier zona de Inspección, para los cargos de Director y Vicedirector respectivamente según Anexo I y II.
Art. 5. - Los aspirantes deberán presentar el Formulario de Inscripción impreso por duplicado y su carpeta de antecedentes en el período de inscripción citado en el Art. 2 de la presente resolución, ante la Junta de Clasificación sita en calle Salta 74 barrio Centro, Córdoba Capital, en el horario de 9 a 17 hs., conteniendo documentación de antecedentes que consideren pertinentes a los efectos del Concurso, según se especifica en Anexo IV de la presente resolución.
Aquellos aspirantes que participaron de Convocatorias anteriores de Cargos Directivos NO deberán presentar nueva carpeta de antecedentes. Sólo deberán presentar el Formulario de Inscripción impreso por duplicado, Constancia de Servicios, Régimen de Incompatibilidad, copia del último índice intervenido por Vocal de Junta y agregar nuevos antecedentes, si los tuviese, a los fines de su valoración para el concurso, acompañados por un nuevo índice por duplicado DE ACUERDO
A LO DETALLADO EN EL ANEXO IV.

AÑO CX - TOMO DCCI - Nº 85
CORDOBA, R.A. LUNES 8 DE MAYO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

sos vía e-mail a: concursodocentetecnicaley10237@gmail.com El docente aspirante que solicite el beneficio de eximición de la realización de la Prueba Teórica Resolución Ministerial N 1475/16, deberá requerirla vía correo electrónico dirección mencionada ut supra por nota adjunta, en formato PDF, dirigida al Jurado interviniente con su firma, aclaración, número de DNI y consignar Nivel, Número de Resolución de la Convocatoria del Concurso Aprobado y Cargo para el que aspiró en dicho Concurso.
Art. 6. - Los aspirantes al Concurso se notificarán fehacientemente de la presente Resolución de Convocatoria al momento de la inscripción, como así también del Reglamento de Títulos y Puntajes -Resolución Ministerial 1475/16 y de la Resolución Ministerial de Designación del Jurado, normativa que declarará conocer y aceptar Art. 14 del Decreto 930/15.
Toda la documentación se encuentra en: https www.cba.gov.ar/concursos-de-cargos-directivos-y-de-inspeccion/
Art. 7. - El Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición, se realizará en dos etapas Art. 24º del Decreto N 930/15:
a Etapa de verificación de títulos y valoración de antecedentes por la Junta de Clasificación.
b Etapa de evaluación de oposición: Prueba Teórica y Prueba Práctica con presentación de Proyecto Institucional y entrevista. Cada prueba será eliminatoria y su NO APROBACIÓN producirá la automática exclusión del concurso.
Art. 8.- INCORPORAR como parte integrante de la presente Resolución los siguientes anexos: Anexo I: Nómina de cargos de Director a concursar, integrado por dos 2 folios.
Anexo II: Nómina de cargos de Vicedirector a concursar, integrado por dos 2 folios. Anexo III: Programa General de Concurso y la Bibliografía, integrado por veinte 20 folios.
Anexo IV: Documentación necesaria para el armado del Legajo de Concurso, integrado por dos 2 folios.
Anexo V: Cronograma General de Actividades, integrado por un 1 folio.
Art. 9.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Comisión Permanente de Concursos, a las Inspecciones de esta Dirección General y por su intermedio a los Centros Educativos, a los interesados, a la Junta de Clasificación; publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: CLAUDIA BRAIN -DIDRECTORA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCA-

El Certificado de No Inscripción al Registro Provincial de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual validez un 1 año, deberá ser presentado en formato PDF ante la Comisión Permanente de Concur-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

CIÓN TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL.
ANEXOS

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/05/2023 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha08/05/2023

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones4158

Primera edición01/02/2006

Ultima edición11/06/2024

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