Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/11/2022 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 235
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

sados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;

1 foja forma parte de este instrumento legal, a partir de las fechas que a continuación se detallan, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.

EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE

Art. 2.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Art. 1.- ACEPTAR en forma definitiva, en toda su situación de revista las renuncias presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de una
FDO.: PROF. WALTER GRAHOVACMINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO

Resolución N 1381
Córdoba, 17 de noviembre 2022
VISTO: Los Tramites Nros. DEIP01-086523133-620, DEIP01-435976050517, DEIP01-544113050-019, DEIP01-024703050-021, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio previsional presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.

Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1.- ACEPTAR en forma definitiva, en toda su situación de revista las renuncias presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de una 1 foja forma parte de este instrumento legal, a partir de las fechas que a continuación se detallan, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.
Art. 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: PROF. WALTER GRAHOVACMINISTRO DE EDUCACIÓNANEXO

Resolución N 1385
Córdoba, 17 noviembre 2022
VISTO: Los Tramites Nros. DEIP01-564798050-519, DEIP01-547002050021, DEIP01-547006050-321, DEMS01-184703050-020, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio previsional presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1.- ACEPTAR en forma definitiva, en toda su situación de revista las renuncias presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de una 1 foja forma parte de este instrumento legal, a partir de las fechas que a continuación se detallan, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.
Art. 2.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/11/2022 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha23/11/2022

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4145

Primera edición01/02/2006

Ultima edición22/05/2024

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