Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/09/2021 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
JUEVES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 204
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley: 10776
Artículo 1º.- Institúyese el 29 de mayo de cada año como el Día Provincial del Licenciado en Producción de Bioimágenes.
Artículo 2º.- La fecha consignada en el artículo 1º conmemora el reconocimiento para todo el territorio argentino, mediante Resolución Nº 969/98
del Ministerio de Educación de la Nación, del título de Licenciado en Producción de Bioimágenes otorgado por la Escuela de Tecnología Médica dependiente de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Córdoba.

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Ley N 10776 Pag. 1
Decreto N 1097 Pag. 1
Decreto N 1108 Pag. 1
Decreto N 1109 Pag. 2
Decreto N 1110 Pag. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 43 - Letra: D Pag. 4
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N 18 Pag. 5

Continúa en Pag. 02

Decreto N 1097
Córdoba, 20 de septiembre de 2021

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

DADA EN CÓRDOBA, A UN DÍA DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL VEINTIUNO.

Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.776, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR DIEGO HERNÁN CARDOZO, MINIS-

FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR - GUILLERMO CARLOS

TRO DE SALUD - WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN - JORGE

ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO

EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Decreto N 1108
Córdoba, 27 de septiembre de 2021
VISTO: El Expediente N 0532-000514/2021 del registro de la Fiscalía Tributaria Adjunta dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la designación de la abogada Verónica Sofía Sikora, como Procuradora Fiscal de la Dirección General de Rentas.
Que el sistema provincial de procuración fiscal y la competencia de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba para disponer la gestión judicial y/o extrajudicial de cobranzas de las deudas impositivas en mora hace necesario, a los fines de contribuir a la eficiencia de la gestión de cobro, designar procuradores fiscales en el marco de la normativa que regula la actividad de éstos.
Que la letrada, cuya designación se procura en autos, cumple con los requisitos condiciones que prevé la legislación vigente en la materia, debiendo constituir legajo pertinente y otorgar la fianza respectiva.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Por ello, las disposiciones del Decreto N 320/2021, lo dictaminado por la Fiscalía Tributaria Adjunta con el N 16/2021, por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N 412/2021, por Fiscalía de Estado bajo el N 660/2021 y en ejercicio de atribuciones conferidas por el Artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.-DESÍGNASE a la Abogada Verónica Sofía SIKORA D.N.I.
Nº 33.082.616, como Procuradora Fiscal de la Dirección General de Rentas para la gestión judicial y/o extrajudicial de cobro de deudas impositivas en mora y acreencias no tributarias administradas por la Dirección General de Rentas, en las distintas Circunscripciones Judiciales de la Provincia.
Artículo 2º.-ESTABLÉCESE que la Procuradora Fiscal designada en el artículo anterior comenzará a ejercer la representación de la Provincia de Córdoba una vez completado el legajo y constituida la fianza pertinente.

1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/09/2021 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha30/09/2021

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4126

Primera edición01/02/2006

Ultima edición27/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones