Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2020 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del
General Manuel Belgrano
LUNES 22 DE JUNIO DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXVI - Nº 143
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
1

a SECCION

PODER EJECUTIVO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley: 10696
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1 de la Ley N 10003, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo 1º.- Suspéndense hasta el 31
de marzo de 2021 las ejecuciones que, dispuestas en todo tipo de proceso judicial, persigan la subasta de bienes inmuebles propiedad de las asociaciones civiles, clubes o entidades sin fines de lucro cuyo objeto social sea la promoción, difusión o realización de prácticas deportivas, recreativas o comunitarias, cualquiera fuere la causa de la obligación o el motivo de su liquidación y cualquiera sea el fuero de radicación de la causa.
Artículo 2º.- La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Artículo 3º.-

Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

DADA EN SESIÓN DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN CÓRDOBA, A
LOS VENTISIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Ley Nº 10696 Pag. 1
Decreto Nº 394 Pag. 1
MINISTERIO DE obras públicas Resolución Nº 42 Pag.
Resolución Nº 47 Pag.
Resolución Nº 98 Pag.
Resolución Nº 126 Pag.

1
2 3
4

FDO.: MANUEL CALVO, PRESIDENTE - GUILLERMO CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO

Decreto N 394
Córdoba, 01 de junio de 2020
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.696, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR FACUNDO TORRES LIMA, MINISTRO
DE GOBIERNO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 42
Córdoba, 13 de marzo de 2020
Expediente Nº 0045-022203/2019.VISTO: este expediente mediante el cual la Dirección Provincial de Vialidad propicia por Resolución Nº 01366/2019 la contratación, mediante el procedimiento de compulsa abreviada, de la: ASISTENCIA TÉCNICA OBRA:
VARIANTE ALTA GRACIA VILLA CIUDAD DE AMÉRICA Y DUPLICACIÓN DE CALZADA DE RUTA PROVINCIAL N 5 - VILLA CIUDAD
DE AMÉRICA LOS AROMOS, con la firma ANDES CONSULTORA
S.A., por la suma de $ 8.079.480,32.
Y CONSIDERANDO:
Que el área Gestión Económica de Obras de la Dirección Provincial de Vialidad ha incorporado en estas actuaciones la documentación técnica compuesta por el Legajo Único para el llamado a compulsa abreviada como también el Presupuesto Oficial que asciende a la suma de $
7.481.000,00.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que conforme a dicho Legajo Único, el presente proyecto tiene como finalidad la contratación de Asistencia Técnica de Empresas Consultoras de Proyectos Técnicos de comprobada trayectoria en el medio local, que colaboren con su experiencia, recursos humanos y técnicos en la realización de determinados proyectos a cargo de la Dirección Provincial de Vialidad.
Que según consta en autos se invitaron a cotizar a tres 3 firmas, dándose cumplimiento a las disposiciones del artículo 8 de la Ley N 8614, modificada por Ley N 10.417.
Que obra en autos Acta de Apertura de las ofertas presentadas como también informe elaborado por la Comisión Evaluadora de Ofertas de la Dirección Provincial Vialidad, del que surge que la propuesta de la firma ANDES CONSULTORA S.A., por la suma de $ 8.079.480,32, es la de menor precio y reúne todas las condiciones técnicas, legales y contables exigidas en el Pliego.
Que se ha agregado en autos el correspondiente Documento de Contabilidad Orden de Compra Nº 2020/000168, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 13 de la Ley N 8614.
Que en relación a la necesidad de presentación de la constancia de habilitación y capacidad económica financiera y análisis de capacidad técnica Decreto N 1419/2017 y sus modificatorios y Resolución N 55/2017

1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha22/06/2020

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4129

Primera edición01/02/2006

Ultima edición02/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2020>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930