Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/03/2020 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXIII - Nº 51
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 11 DE MARZO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Resolución N 12
Córdoba, 10 de marzo de 2020
VISTO: El expediente N 0458-000241/2020 y lo establecido por el artículo 121 de la Ley Provincial de Tránsito N8560 T.O 2004.

1: ESTABLECER el valor de la Unidad Fija de Multa UF por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 T.O 2004 en la suma de pesos cincuenta y nueve con cuarenta y nueve centavos $59,49.-

Y CONSIDERANDO:
Que tal dispositivo legal dispone que el valor de la multa por infracciones a la Ley Provincial de Transito N8560 T.O 2004, se determina en Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público correspondiente a un 1 litro de nafta súper. Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República FECAC, el valor del referido combustible al día 5 de marzo del corriente año es de $59,49, registrando una variación con relación al valor dispuesto por la resolución anterior. Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 T.O 2004, sus modificatorias, lo dictaminado por el Área Legal de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N14/2020, y en ejercicio de sus atribuciones.

2: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija señalada por el dispositivo precedente, el comprendido desde el día de la publicación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor mediante la resolución respectiva. -

EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO RESUELVE:

FDO: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE AC-

3: ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas en infracción a Ley Provincial de Tránsito N8560 T.O 2004, a la Dirección General de la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección de Jurisdicción de Sistemas del Ministerio de Seguridad. 4: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

CIDENTES DE TRANSITO

Centro Cívico del Bicentenario Rosario de Santa Fe 650

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Tel. 0351 5243000 int. 3789 - 3931
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Secretario Legal y Técnico: Fernando Pesci Jefe de Área Boletín Oficial Electrónico: Octavio Elías
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/03/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha11/03/2020

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4142

Primera edición01/02/2006

Ultima edición17/05/2024

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