Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/07/2006 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO CDXCVIII - Nº 106
CORDOBA, R.A. VIERNES 7 DE JULIO

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

DE 2006

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RESOLUCIONES

Incorporan a partir del Ciclo Lectivo 2007 la Especialidad Maestro Mayor de Obras MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESOLUCION Nº 334
Córdoba, 29 de Junio de 2006
VISTO: El Expediente N 0110-110155/
2006 -cinco 5 cuerposen el cual se gestiona la incorporación, a partir del año 2007, de la Especialidad Maestro Mayor de Obras para la formación del Maestro Mayor de Obras en concurrencia con el título de Técnico en Construcciones, dentro de la Orientación Producción de Bienes y Servicios, Suborientación Producción Industrial, establecidas por Decreto N 149/
97;
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos el anteproyecto del plan de estudios respectivo, con el diseño curricular general, el perfil de egresado del Maestro Mayor de Obras, y la estructura y organización curricular del trayecto formativo, en cuya elaboración se han tenido en cuenta los preceptos de la Ley de Educación Técnico Profesional N 26058, junto con acuerdos y criterios federales emanados del Consejo Federal de Cultura y Educación.
Que la propuesta curricular presentada se realiza en el marco del Proyecto de Actualización de la Educación Técnica de la Provincia de Córdoba, con el objeto de adecuar las ofertas formativas de los centros educativos de la Orientación Producción de Bienes y Servicios a las demandas socioproductivas de la jurisdicción.
Que es indispensable aprobar el plan de estudios de que se trata y fijar los alcances de la habilitación profesional correspondiente, a fin de que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación otorgue la validez nacional y la consiguiente habilitación profesional del título de Maestro Mayor de Obras, en el marco de los acuerdos alcanzados en el Consejo Federal de Cultura y Educación.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:

Que el Equipo Técnico de Formación Técnico Profesional de la Dirección de Educación Media, Especial y Superior, ha fundamentado la propuesta curricular y descrito los criterios utilizados a los fines de su aprobación, para poder acreditar y certificar el trayecto formativo de Maestro Mayor de Obras.
Que de acuerdo con lo establecido en el art. 3 del Decreto N 149/97, el suscripto se halla facultado para incluir nuevas Orientaciones, Suborientaciones y Especialidades que den respuesta a las demandas de la comunidad y los requerimientos productivos de la región.
Por ello, los informes producidos y el Dictamen N 1420/06 del Departamento Jurídico de este Ministerio,
ARTÍCULO 1.- APROBAR el Perfil del Egresado, conjuntamente con la Estructura y Organización Curricular del trayecto formativo de Maestro Mayor de Obras, en los términos y condiciones que se detallan en el respectivo Plan de Estudios, que forma parte de la presente resolución como Anexo I.

MINISTERIO DE FINANZAS

párrafo precedente, los beneficios dispuestos por el citado Decreto, a nuevos períodos de deuda no alcanzados por el mismo y, asimismo, a redefinir la fecha límite para acceder al régimen de regularización tributaria y facilidades de pago.
Que atento a que las condiciones que motivaron el dictado del referido Decreto subsisten, se estima conveniente, dentro de las facultades conferidas, dar continuidad a las disposiciones emanadas del mismo, únicamente, en relación a las obligaciones tributarias adeudadas con vencimiento en el período comprendido entre el 1º de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2005.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección de Asesoría Fiscal en Nota Nº 44/06 y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio al Nº 280/06,
RESOLUCIÓN Nº 115
Córdoba, 5 de julio de 2006
VISTO: El expediente Nº 0463-033174/
2006 y lo dispuesto por el Decreto Nº 1464/
05.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1464/05, el Poder Ejecutivo estableció un régimen de regularización tributaria y facilidades de pago para aquellas obligaciones no prescriptas adeudadas y vencidas al 31 de diciembre de 2004.
Que por disposición del artículo 2º del mencionado Decreto los contribuyentes y/
o responsables podían acceder al mencionado régimen hasta el 30 de junio del año 2006 para la cancelación de sus deudas.
Que el Ministerio de Finanzas se encuentra facultado a establecer, con posterioridad a la fecha prevista en el
ARTÍCULO 2.- INCORPORAR, a partir del Ciclo Lectivo 2007, la Especialidad MAESTRO MAYOR DE OBRAS dentro de la Orientación Producción de Bienes y Servicios y Suborientación Producción Industrial, establecidas por Decreto N 149/97, para ser implementada en los Institutos Provinciales de Educación Media que reúnan las condiciones de infraestructura, equipa-

EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DISPONER que los
miento y perfiles docentes que posibiliten el desarrollo de la especialidad de que se trata y que estén insertos en un contexto socio-productivo acorde a la oferta formativa.
ARTÍCULO 3.- DETERMINAR que los alumnos que -habiendo acreditado el título de Técnico en Construccionescursen el trayecto formativo de Maestro Mayor de Obras de Nivel Medio de la Provincia de Córdoba, de un 1 año de duración, egresarán con el Título de MAESTRO
MAYOR DE OBRAS.
ARTÍCULO 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. EDUARDO R. MUNDET
MINISTRO DE EDUCACIÓN

contribuyentes y/o responsables podrán acceder hasta el día 31 de diciembre de 2006 al régimen de regularización tributaria establecido por el Decreto Nº 1464/05, para la cancelación de sus obligaciones adeudadas con vencimiento en el período comprendido entre el 1º de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2005.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/07/2006 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha07/07/2006

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4152

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

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