Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2006 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO CDXCVII - Nº 96
CORDOBA, R.A. JUEVES 22 DE JUNIO

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

DE 2006

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES

Incorporan al Régimen del Certificado Catastral la Zona Rural del Departamento Tercero Arriba
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 170
Córdoba, 14 de Junio de 2006

MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN DE CATASTRO
RESOLUCION INTERNA Nº: 3057
Córdoba, 15 de Junio de 2006
VISTO:
Lo dispuesto por el art. 35 de la Ley de Catastro Nº 5057, modificado por Ley Nº 9268;
Y CONSIDERANDO:
QUE la mencionada disposición autoriza a esta Repartición a incorporar zonas o sectores al régimen del Certificado Catastral establecido en el artículo 34 de la mencionada Ley Nº 5057, de acuerdo al grado de perfección alcanzado por el Registro Catastral;
QUE la zona rural del Departamento Tercero Arriba se encuentra en condiciones de acceder al mencionado beneficio,
atento el estado de avance en la asignación de nomenclatura catastral a los inmuebles, indispensable a los fines de extender la certificación pertinente;
QUE con ello, se tiende a lograr la garantía de la propiedad inmobiliaria, objetivo propuesto por el art. 2 de la Ley Nº 5057;
ATENTO a lo manifestado y disposiciones legales citadas;
EL DIRECTOR DE CATASTRO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Incorpórase al Régimen del Certificado Catastral establecido por el artículo 34 de la Ley Nº 5057 y arts.
9, 10 y 11 del Decreto Reglamentario 7949/69, la zona rural del Departamento Tercero Arriba, a partir de los 90 días corridos de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial.-

ING. CIVIL RAÚL ARANCIBIA
DIRECTOR
DIRECCIÓN DE CATASTRO

SOCIEDAD DEL ESTADO

Córdoba, 21 de Junio de 2006
VISTO: El Expediente Nº 0517-005562/
05, por el cual se plantea la necesidad de prorrogar la veda de pesca nocturna del Pejerrey Odontesthes bonariensis, y otras especies íticas en todos los cuerpos lénticos de la Provincia de Córdoba, para la temporada 2005/2006;
a los fines de ser evaluado por la Agencia Córdoba Ambiente - Sociedad del Estado, de acuerdo a las Leyes Nº 9156, Nº 7343 y N 4412.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 33, con fecha 20 de junio de
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento dependiente de este Ministerio propicia por Resolución Nº 201/06, se autorice el llamado a Licitación Pública para la Contratación de Transporte de Agua Potable para 10
Barrios de la Ciudad de Córdoba, Cárcel de Bouwer y Localidades del Interior de la Provincia, con un Presupuesto Oficial de $ 600.000,00.
Y CONSIDERANDO:

ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

AGENCIA CÓRDOBA AMBIENTE
RESOLUCION Nº 224

Expediente Nº 0416-040612/05/A2/05

2006, la Coordinación General del Programa de Pesca, a través la Subcoordinación de Fauna y la Coordinación de Recursos Naturales, sugiere se extienda el plazo de la veda nocturna de pesca, desde el día 21 de junio de 2006 al 21 de diciembre de 2006
en los horarios comprendidos entre las 19,00 y las 06,30 horas del día siguiente, el cual fuera establecido por Disposición N 111, de fecha 05 de Diciembre de 2005, emanada de la Agencia Córdoba Ambiente, S.E.
Que se fundamenta tal solicitud en que fueron alcanzados los objetivos propuestos oportunamente, en lo que hace a una mejor calidad de la oferta
pesquero-deportiva en los diferentes cuerpos de agua, logrando más eficiencia en el control de la pesca furtiva y disminuyendo los riesgos de accidentes náuticos.
Que a fs. 35/40, se incorporan notas de apoyo a esta veda por considerar que se han obtenido excelentes resultados en cuanto a la calidad y cantidad de la especie pejerrey, al control de la pesca furtiva y a la disminución de los accidentes náuticas.

Que la repartición de origen ha procedido a aprobar la correspondiente documentación base del llamado pliegos, como asimismo su presupuesto oficial, todo en cumplimiento de las disposiciones del artículo 1º del Decreto Nº 4757/77, Reglamentario de la Ley de Obras Públicas y artículo 2º del Decreto Nº 4758/77 aprobatorio del Pliego General de Condiciones, no mereciendo la misma reparo alguno que formular.
Por ello, las disposiciones de la Ley Nº 5901 T.O. Ley Nº 6300 y modificatorias y lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 186/06,
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Que pasadas las actuaciones a la Coordinación de Asuntos Legales, ésta manifiesta que en virtud de lo informado por la Coordinación General del Programa Provincial de Pesca, y las atribuciones conferidas por las Leyes N
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2006 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha22/06/2006

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4163

Primera edición01/02/2006

Ultima edición19/06/2024

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