Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 14/09/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO

RESUELVE

ARTICULO 1º.- Otorgar el permiso de rotura correspondiente , conforme a lo establecido en el art. 1º de la Ordenanza Nº 17427, a la empresa PLANTEL S.A., para realizar trabajos de rotura de pavimento en el siguiente sector:

Av. Luro y San Luis
12,60 M2

San Luis y Av. Luro
6,60 M2

Diagonal Alberdi y San Luis
6,00 M2

Córdoba y Diagonal Alberdi
6,60 M2

ARTICULO 2º.- El permisionario deberá dar cumplimiento a las disposiciones vigentes-muy especialmente a la ORDENANZA Nº 8610-MODIFICADA POR ORDENANZA Nº 12.278que regula las condiciones de seguridad en el tránsito, al ejecutarse obras en la vía pública.

ARTICULO 3º.- En ningún caso podrá ser afectada la totalidad de la calzada. No se autorizará una nueva rotura de calle, hasta tanto no sea reparada la iniciada anteriormente.

ARTICULO 4º.- El permisionario deberá comunicar al EMVIAL, con una antelación mínima de cuarenta y ocho 48 horas, fehacientemente mediante nota o vía Mail, de la finalización de los trabajos de enterramiento de la cañería y su tapada correspondiente, a los efectos que el ente tome intervención para la posterior reparación.

ARTICULO 5º.- La reparación del pavimento afectado estará a cargo del EMVIAL una vez aprobada la sub-base por el departamento de Laboratorio del EMVIAL.

ARTICULO 6º.- La falta de autorización para la ejecución de los trabajos, la inobservancia de las características técnicas de ejecución y/o reparación o el incumplimiento de los plazos establecidos, o de las órdenes impartidas, dará lugar a la sanción de entre 1 y 20 sueldos mínimos del personal de la Administración Pública Municipal, ello sin perjuicio del pago de la reparación en caso de corresponder según lo establecido en la Ordenanza 17427/06 Art. 7.

ARTICULO 7º.- La responsabilidad civil por la ejecución de la obra y todos sus emergentes, será asumida en forma conjunta y total por EDEA S.A. y la empresa PLANTEL S.A., en su carácter de Contratista de la obra; deslindando de toda responsabilidad a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón.

ARTICULO 8º.- Registrar, notificar a la firma solicitante y por Inspección de Obras, y Laboratorio, procédase a ejecutar los controles correspondientes.
M.B//
skp
Registrado bajo el nº 168/2020

EXPTE. 484-C-2020/1

Mar del Plata, 27 de Agosto de 2020

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 484-C-2020 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 14/2020 para la ADQUISICION
DE CEMENTO A GRANEL, y CONSIDERANDO

Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
Pag. 102

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 14/09/2020

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha14/09/2020

Nro. de páginas104

Nro. de ediciones854

Primera edición30/06/2010

Ultima edición03/06/2024

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