Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/01/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

General Pueyrredón, 21/01/2020
Visto las presentes actuaciones mediante las cuales la ex agente Mónica Isabel Galli, Legajo Nº 19.392/1 solicita el pago de doce 12 francos compensatorios, y Considerando Que la Dirección General de Bibliotecas comunica que antes de ser Jefe de División la agente Galli, generó francos compensatorios de los cuales no pudo hacer uso por tener otras licencias que usufructuar.

A fs. 8 el Departamento Control de Personal informa situación de revista de la referida agente, como así también que los francos reclamados fueron generados antes del 1º de agosto de 2013, fecha en que es designada Jefe de División Administración y Despacho hasta llamado a concurso, adjuntando copia en copia simple anverso del decreto de fecha 3 de julio de 2013 y formulario de noticación del reverso, donde consta fecha de notificación 1º de agosto de 2013.

Que obra a fs. 10 copia del Decreto Nº 3076/15, de fecha 12 de noviembre de 2015, por medio del cual se conrmara a la agente Galli a partir de la fecha en el cargo antes mencionado.

Que en punto a los francos compensatorios reclamados, no consta documentación respaldatoria de las fechas o períodos en que habrían sido generados o autorizados; fuera de las manifestaciones de fs. 6 y 8.

Que dichos francos habrían sido generados previo al 1º de agosto de 2013, fecha en que la agente Galli pasa a revestir como Jefe de División, perteneciendo dicho cargo el Grupo Ocupacional Jerárquico, excluido de la realización de horas extras art. 21 ley 11757 temperamento que se mantiene en la actual Ley 14656 art. 74. La realización de las horas extras resultaban necesarias para generar los francos compensatorios, disponía el decreto 700/96 en su artículo 59: Art. 59.- Inc. a II. FRANCOS COMPENSATORIOS: Cuando el agente prestare servicios en días feriados o no laborables para la administración municipal o en días en que le corresponda hacer uso del franco, y con tal motivo no gozare del pertinente descanso semanal, el mismo le será concedido dentro de los quince 15 días subsiguientes, otorgándose a razón de un 1 día de franco por un 1 día laborado
Que con fecha 27 de noviembre de 2018 la ex agente Galli, presenta nota solicitando el pago en cuestión.

Que teniendo en cuenta que no se han incorporado en las actuaciones, antecedentes que acrediten la realización de horas que justiquen los francos compensatorios reclamados lo que impediría en primer término su pago y tomando como fecha cierta la noticación del decreto de designación del 1º de agosto de 2013, ha transcurrido en exceso el plazo de prescripción aplicable.

Que en el caso, resultarían de aplicación las previsiones de los arts. 2556 y 2562 inc. c del C.C.C. imponiendo este último el plazo de prescripción de dos años, por lo que el reclamo intentado prescribió el 1º de agosto de 2017.

Por ello, atento a lo dictaminado sobre el particular por la Dirección Dictámenes de la Subsecretaría Legal y Técnica, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 1500/16, EL SECRETARIO DE GOBIERNO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rechazar la presentación interpuesta por la ex agente MÓNICA ISABEL GALLI, Legajo Nº 19.392/1, en relación al pago de doce 12
francos compensatorios, en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, y comunicar por la Dirección de Personal.
sbh
BONIFATTI

Resolución Nº 95/20
General Pueyrredón, 21/01/2020

Municipio de General Pueyrredón
Boletin Oficial Municipal
Pag. 208

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/01/2020

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha28/01/2020

Nro. de páginas276

Nro. de ediciones854

Primera edición30/06/2010

Ultima edición03/06/2024

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