Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 31/07/2018

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Ignacio Pezzente DNI N 36.382.720 por un periodo de cuatro meses, por los motivos expuestos en exordio de la presente.
ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos que anteceden, deberá imputarse a la cuenta: Act. C. 1 Act. 1 - Inciso 5 Part. Ppal. 1 Part. Parc. 3 Part.
Subp. 0 Becas del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTÍCULO 5º.- El EMDER, de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento de becas, resultará autoridad competente de aplicación en todo lo concerniente al otorgamiento y/o suspensión del beneficio que se determina, resultando su opinión de carácter irrecusable, tanto por parte del beneficiario como por la entidad que lo patrocina.
ARTÍCULO 6.- El deportista beneficiario deberá difundir y promocionar la imagen del EMDER y/o de la ciudad, comprometiéndose a colocar la leyenda EMDER - MAR DEL PLATA a su vestimenta de competencia.
ARTÍCULO 7º.- Registrar, comunicar y girar Dirección de Gestión, Contaduría y a Tesorería a los efectos que correspondan.
RESOLUCION N 261/2018
Mar del Plata, 15 de junio de 2018
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 133/2018
Cpo. 1, por las cuales se solicita el otorgamiento de beca a los deportistas pertenecientes a la Asociación Marplatense de Patin, y CONSIDERANDO:
Que en tal sentido, las Ordenanzas 8849, 12200 y 15120
impulsan el reconocimiento y apoyo a la actividad amateur, con el fin de mejorar las disciplinas deportivas que tutela en función de la promoción del deporte no rentado, previendo sistemas de estímulos y apoyo a deportistas que alcanzan un nivel de rendimiento de reconocida trayectoria.
Que mediante Resolución Nº 015 del 5 del enero de 2006
se aprobó el Reglamento del Sistema Municipal de Becas Deportivas, que fue debidamente tratado y respaldado por el Consejo Asesor del Deporte Amateur según acta Nº 146.
Que según Acta Nº 260 del Consejo Asesor propone incrementar el monto de las becas en un 10%, en caso de que el dinero del fondo del Deporte Amateur lo permita, moción que fue aprobada por unanimidad por los miembros del Consejo Asesor presentes, quedando de las becas: la Beca Básica PESOS QUINIENTOS CINCUENTA $550; Beca Superior PESOS
SETECIENTOS SETENTA $770 y Beca Excelencia PESOS UN MIL CUARENTA Y CINCO $1.045.
Que las becas tendrán una duración de cuatro meses y podrán ser renovadas en la medida en que se disponga de los recursos necesarios y se mantengan las condiciones de otorgamiento.
Que se realizará una evaluación que condicionará su continuidad, altas y/o bajas, con informes de comportamiento deportivo, por parte de las entidades representativas.
Que en virtud del apoyo brindado al deportista por parte del organismo, el beneficiario deberá difundir y/o promocionar la imagen del EMDER y/o de la ciudad, comprometiéndose a colocar la leyenda EMDER - Mar del Plata a su vestimenta de competencia.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 1707/2017
EL DIRECTOR GENERAL DE POLITICA DEPORTIVA
A/C DE LA ATENCION Y FIRMA DEL DESPACHO DEL
PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
Artículo 1º: Autorizar a la tesorería a abonar la cantidad de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA $550
mensuales, correspondiente a la Beca Básica para los deportistas de la disciplina Roller Hockey: Fátima Mariel Arano DNI 37.010.712; Bruno Pelizza DNI 40.932.578; Agustín Manuel Rey DNI 34.217.432;
Juan Bautista Mercere DNI 41.556.421; Pamela Ivana Berenz DNI 37.557.176; Jose Ignacio Galban DNI
37.011.485; Francisco Tomas Galban DNI 39.826.833 y Joaquín De Giacomi DNI 36.834.546 por un período de cuatro meses, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
Artículo 2º: El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos que anteceden, deberá imputarse a la cuenta: Act. C. 1 Act. 1 - Inciso 5 Part. Ppal. 1 Part. Parc. 3 Part. Subp. 0
Becas del Presupuesto de Gastos en vigencia.
Artículo 3º: El EMDER, de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento de becas, resultará autoridad competente de aplicación en todo lo concerniente al otorgamiento y/o suspensión del beneficio que se determina,
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 31/07/2018

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha31/07/2018

Nro. de páginas119

Nro. de ediciones854

Primera edición30/06/2010

Ultima edición03/06/2024

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