Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 14/04/2015

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

la fecha en que reintegrará el inmueble locado. De hacer uso de la opción, la Locataria deberá abonar al Locador, una suma equivalente a un 1 mes de alquiler en concepto de indemnización.
OCTAVA: PROHIBICIONES. Le está vedado a la Locataria, la transferencia, cesión o sublocación del inmueble, ya sea en forma parcial o total, a título oneroso o gratuito, a excepción que se efectúe hacia organismos oficiales o descentralizados del Municipio, la Provincia o la Nación y mediare acuerdo de las partes fehacientemente instrumentado.
NOVENA: SELLADO. El sellado de ley del presente contrato es soportado en un cincuenta por ciento 50% por cada parte, hallándose la Locataria eximida de dicha carga, según lo establece el Artículo 273º inc. 1 de la Ley Nº 10397 Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires.
DÉCIMA: DOMICILIOS JURISDICCIÓN. Para todos los efectos legales del presente contrato, las partes constituyen domicilio el Locador, en la calle--------Nº------Piso----Depto----de la ciudad de-------y la Locataria en calle ----------- Nº ----de la ciudad de Mar del Plata, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y /o intimaciones que en ellos se practiquen, y se someten a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Buenos Aires, con asiento en la ciudad de Mar del Plata, con exclusión de cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman tres 3 ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto en la ciudad de Mar del Plata a los----días del mes de----------del año dos mil-------------.

DECRETO 477 03-03-2015
ARTÍCULO 1º.- Desígnase, a partir del 15 de marzo de 2015, a la señora MARIA SUSANA LETAMENDIA - D.N.I.
12.201.609 - Legajo Nº 31411/2, en el Cargo de DIRECTOR GENERAL DEL ARBOLADO Y EL PAISAJISMO URBANO
C.F. 0-65-99-01 Nº de Orden S 0014, en el ENTE de OBRAS y SERVICIOS URBANOS.ARTÍCULO 2º.- El Ente de Obras y Servicios Urbanos adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a las partidas presupuestarias correspondientes el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENTE DE OBRAS Y SERVICIOS
URBANOS.ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del ENOSUR e intervenga la Contaduría de dicho Ente.ARTIME
PULTI
DECRETO 479 03-03-2015
ARTCULO 1º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación y hasta el 30 de junio de 2015, con carácter de personal TEMPORARIO MENSUALIZADO, al agente MARCELINO OSCAR SERNA GILARDI - Legajo Nº 31815/1 - DNI.
33.898.755 - Cargo OBRERO INICIAL C.F. 6-01-70-01
Módulo 48 hs. semanales, Nº de Orden S 1051, en el Departamento Espacios Verdes del Ente de Obras y Servicios Urbanos.ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que la persona designada en el artículo anterior carece de estabilidad, habilitándose la remoción del cargo cuando el Departamento Ejecutivo en oportunidad, mérito y conveniencia, lo considere necesario.ARTÍCULO 3º.- El Ente de Obras y Servicios Urbanos adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente al egreso que demande el cumplimiento del presente.ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENTE de OBRAS y SERVICIOS
URBANOS.ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del ENOSUR y dése intervención a la Contaduría del mencionado Ente.ARTIME
PULTI
DECRETO 482 03-03-2015
ARTÍCULO 1º.- Reconócese, al Jefe del Departamento Presupuesto FACUNDO MARTIN BUENAVENTURA - Legajo Nº 24595/1, las funciones inherentes al cargo de CONTADOR del Ente de Obras y Servicios Urbanos, conforme a la Ley Orgánica de las Municipalidades y al Reglamento de Contabilidad, durante el periodo comprendido desde el 25 de enero y hasta el 23 de febrero de 2015, ambas fechas inclusive, período durante el cual la titular del cargo C.P.N. MARIA LAURA
MARASCHINI - Legajo Nº 17952/1, hizo uso de Licencia por Enfermedad, percibiendo por tal razón el reemplazante la Bonificación por Mayor Función de acuerdo a lo establecido en el artículo 17º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.ARTÍCULO 2º.- Encomiéndase, al Jefe del Departamento Presupuesto FACUNDO MARTIN BUENAVENTURA - Legajo Nº 24595/1, las funciones inherentes al cargo de CONTADOR del Ente de Obras y Servicios Urbanos, conforme a la Ley Orgánica de las Municipalidades y al Reglamento de Contabilidad, desde el 24 de febrero y hasta el 10 de marzo de 2015, ambas fechas inclusive, período durante el cual la titular del cargo C.P.N. MARIA LAURA MARASCHINI - Legajo Nº 17952/1, hará uso de Licencia por Enfermedad, percibiendo por tal razón el reemplazante la Bonificación por Mayor Función de acuerdo a lo establecido en el artículo 17º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.ARTÍCULO 3º.- El C.P.N. FACUNDO MARTIN BUENAVENTURA deberá haber cumplimentado, previo al reemplazo mencionado en el artículo anterior, lo establecido en la Resolución Nº 1 de fecha 7 de febrero de 2013 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.ARTLÍCULO 4º.- El ENOSUR adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENTE de OBRAS y SERVICIOS
URBANOS.ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del ENOSUR e intervenga la Contaduría de dicho Ente.ARTIME
PULTI
DECRETO 485 03-03-2015
Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la realización del Campeonato Argentino Oscar Smith - Edición 2015" que, organizado por la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza, tendrá lugar entre los días 5 y 9 de mayo del 2015, en las instalaciones del Hotel 13 de Julio, sito en la calle 9 de Julio nº 2777 de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
Artículo 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese y a los efectos pertinentes intervenga la Dirección de Administración.
TACCONE
PULTI

DECRETO 486 03-03-2015 Expte. 635-2-2015 CPO. 1
ARTÍCULO 1º.- Asignar a partir del 2 de febrero de 2015, nivel de sede a las Escuelas Municipales de Educación Secundaria Extensión, que se detallan a continuación, conforme lo expresado en el exordio del presente:
Escuela Municipal de Educación Secundaria Extensión Nº 201 René Favaloro , Escuela Municipal de Educación Secundaria Extensión Nº 202 Astor Piazzolla, Escuela Municipal de Educación Secundaria Extensión Nº 203 Alberto E. Torres,
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 14/04/2015

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha14/04/2015

Nro. de páginas128

Nro. de ediciones854

Primera edición30/06/2010

Ultima edición03/06/2024

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