Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 26/01/2015

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Ampliar la adjudicación efectuada a la firma OACI SA en los términos de la Licitación Publica Nro 02/2014, en la ADQUISICION DE OPTICAS DE LEDS PARA SEMAFOROS, con destino al Departamento de Ingeniería de Tránsito, manteniéndose las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2.- La ampliación a que se refiere el artículo primero asciende a la suma de PESOS
QUINIENTOS MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON 70/100 $ 500.147,70; para la firma OACI
SA.
ARTÍCULO 3.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Empresa Adjudicataria.
Registrado bajo el nº 330/2014

ORDENANZA 22023 Expte 11780-4-14 Sanción 27/11/2014
Decreto 3258 01-12-2014
Artículo 1º.- Transfiérase a favor de los señores Mauro Lucas Giacomini y Gisela Vaglio Giors, en carácter de propietarios del inmueble ubicado en la calle Mitre nº 3927 de la ciudad de Mar del Plata, el dominio del excedente fiscal lindero sobrante a la propiedad con frente a la calle Mitre entre las calles Formosa y Almafuerte, determinado en el Plano nº 45.105.1968 y designado catastralmente como Circunscripción VI, Sección D, Manzana 330-I-d, Parcela 8b, con una superficie total de 26,87m2; cuya titularidad la ejerce conforme las previsiones de la Ley nº 9533.
Artículo 2º.- Déjase establecido que la escritura traslativa de dominio se efectuará mediante intervención del escribano que el beneficiario designe, quedando a su cargo los gastos y honorarios que demande la misma.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc..Pérez Maiorano García Pulti ORDENANZA 22024 Expte 11887-6-14 Sanción 27/11/2014
Decreto 3259 01-12-2014
Artículo 1º.- Transfiérase a favor del señor Gastón Iván Ulrich, en su carácter de propietario del inmueble ubicado en la calle Thames nº 3231 de la ciudad de Mar del Plata, el dominio del excedente fiscal lindero a su propiedad con frente a la calle Thames entre las calles E. Carriego y Avda. Circunvalación Mario Bravo, determinado en el Plano nº 45-33-1989 y designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección Y, Manzana 10, Parcela 3d, con una superficie total de 29.82m2; cuya titularidad la ejerce conforme las previsiones de la Ley nº 9533.
Artículo 2º.- Déjase establecido que la escritura traslativa de dominio se efectuará mediante intervención del escribano que el beneficiario designe, quedando a su cargo los gastos y honorarios que demande la misma.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc..Pérez Maiorano García Pulti ORDENANZA 22025 Expte 7360-4-13 Alc 1 Cpo 1 Sanción 27/11/2014
Decreto 3260 01-12-2014
Artículo 1º.- Autorízase, con carácter precario, al señor Pedro Ananía, a afectar con los usos de suelo: Venta de Materiales para la Construcción envasados y a granel, Artículos de Iluminación, Artículos de Impermeabilización, Carpintería de Obra aluminio y madera, Pisos, Revestimientos y Sanitarios, a desarrollar junto al permitido: Ferretería, en el inmueble sito en la Avda. Jorge Newbery nº 3606, identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección Z, Manzana 196, Parcelas 37 y 38 del Partido de General Pueyrredon.
Artículo 2º.- Lo autorizado en el artículo 1 se otorga condicionado a:
Acopiar los materiales a granel dentro de espacios a cubierto de modo de impedir el desprendimiento de partículas áridos hacia el medio ambiente.
Destinar un área exclusivamente interna, conformada por dos 2 módulos de cincuenta metros cuadrados 50 m2 cada uno destinados a la carga y descarga de mercaderías, según lo determina el artículo 5.5.1.3/3 del Código de Ordenamiento Territorial C.O.T..
No ocupar el espacio público vereda y/o calzada, temporal o permanentemente, con ningún elemento fijo o móvil carteles, equipos, publicidad, señales, vehículos u otros.
Cualquier denuncia de vecinos verificable en su grado de molestia y/o la falta de adecuación a lo requerido en los puntos precedentemente descriptos, dejará sin efecto la presente autorización.
Artículo 3º.- Deberá cumplimentarse lo establecido en la Ordenanza nº 9.784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas conforme lo normado por la Ordenanza nº 14.576, con carácter previo a la habilitación.
Artículo 4º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida; desde el momento de iniciar el trámite pertinente, y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 26/01/2015

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha26/01/2015

Nro. de páginas85

Nro. de ediciones836

Primera edición30/06/2010

Ultima edición25/04/2024

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