Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 03/10/2011

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Sp 1, Ap. -, Fuente de Financiamiento: 1-1-0, Unidad Ejecutora: 040000000, Institucional: 1110105000, UER: 5.ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Hacienda.ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, y para su notificación y efectos intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda, Dirección de Coordinación de Recursos, Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.PEREZ ROJAS
PULTI
ANEXO l c
Agentes afectados a la realización de las tareas de distribución y reporte de resultado de las piezas asignadas:
Nº 1
2 3
4 5
6 7
8 9
10
11
12
13
14
15
16
17

LEGAJO
06793/1
17218/1
17595/1
21460/1
21462/1
25771/1
27728/1
27756/1
27757/1
27784/1
27777/1
27751/1
20272/1
25673/1
16902/1
6931/1
22681/1

APELLIDO Y NOMBRE
GALLINA, María Cristina ROSENBERG, Cinthya VERGER, Aída Griselda CORREA, Oscar NOGUEIRAS, Graciela DRIUSSI, Anabela CONDE, Melisa JABIF, Juliana MARTINEZ, Mariana ZAMBONI, Manuela PALENA, Melisa COLELLO, Antonella ALTHAUS, Alejandra ROJAS, Luís PERNA, ROSANA
ALVAREZ, Graciela INCHAUSSANDAGUE, Carlos
d Agente afectado a la realización de las tareas de organización, zonificación, supervisión y control general de gestión:
Nº LEGAJO
APELLIDO Y NOMBRE
1 16353/1
ALGAÑARAZ, Daniel O.
2 18472/1
BONELLO, Marisa H.
DECRETO 1869 02-08-2011
Expte 17117-2-2007 Cpo 01
Artículo 1.- Declárase exenta en un cincuenta por ciento 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública/ Tasa por Servicios Urbanos - en virtud de lo expuesto en el exordio del presente - a la Sra. REZZONICO, Martha Aída por la cuenta Nº 397.132/1 y por los Ejercicios Fiscales 2007, 2008 y 2009.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.Artículo 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para su notificación y efectos intervenga la Dirección de Coordinación de Recursos - Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.PEREZ ROJAS
PULTI
DECRETO 1870 02-08-2011
Expte 20448-8-1997 Alc 42
Artículo 1.- Declárase exento en un ciento por ciento 100% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública/Tasa por Servicios Urbanos - en virtud de lo expuesto en el exordio del presente - al Sr.
ALARCON, Jorge Elías por la cuenta Nº 081.508/8 y por los Ejercicios Fiscales 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.Artículo 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para su notificación y efectos intervenga la Dirección de Coordinación de Recursos - Departamento Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios.PEREZ ROJAS
PULTI
DECRETO 1873 02-08-2011
Expte 5446-1-2011 Cpo 01
ARTÍCULO 1.- Autorízase la contratación en los términos del artículo 156 inc. 3 de la LOM, de los talleristas indicados a continuación, cuyo detalle y prestaciones a realizar, se detallan en el Anexo I:
- Señora Carolina Ormilugue que dictará el taller de cerámica - Señora Julia Inchauspe que dictará el taller textil, diseño y lenguaje visual - Señor Marcos Leonardo Spennato que dictará el taller de percusión ARTÍCULO 2.-.Los talleristas referidos en el artículo precedente, realizarán las prestaciones de acuerdo al cronograma de fechas, escenarios y demás características que la Secretaría de Cultura establecerá y notificará oportunamente.
ARTÍCULO 3.-.Autorízase el pago de la suma de veinte mil ciento sesenta pesos $20.160 como contraprestación por las prestaciones detalladas en Anexo I y según lo establecido por el artículo 1º.
ARTÍCULO 4.- Autorízase al Secretario de Cultura a suscribir los contratos cuyos modelos se integran como Anexo II al presente.
ARTÍCULO 5.- El egreso autorizado en el artículo 3 del presente se imputará a la partida: Fin/Fun 3-4-5
Programático 16-00-00 Inc 3 P.P. 4 P.p. 9 P.Sp. 0 F.Fin 132 Institucional 1110111000 UER 13 Importe $ 20.160,00.
ARTÍCULO 6.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda y el señor Secretario de Cultura.
ARTÍCULO 7.- Regístrese, comuníquese e intervengan la Secretaría de Economía y Hacienda, Secretaría de Cultura e incorpórese los contratos suscriptos en el Registro de Contratos que a esos fines se instrumenta desde la División Ordenamiento de Actos Administrativos.
RODRÍGUEZ
PEREZ ROJAS
PULTI
ANEXO I

6

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 03/10/2011

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha03/10/2011

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones854

Primera edición30/06/2010

Ultima edición03/06/2024

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