Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 1/12/2023

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
01 de diciembre de 2023

N: 264
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto Nº 756/C/2023
Decreto Nº 762/A/2023
Decreto Nº 763/A/2023
Decreto Nº 764/A/2023
Decreto Nº 765/B/2023
Decreto Nº 766/A/2023
Decreto Nº 767/A/2023
Decreto Nº 768/A/2023
Decreto Nº 769/C/2023
Decreto Nº 770/DE/2023
Decreto Nº 771/DE/2023
Decreto Nº 772/B/2023
Decreto Nº 773/A/2023
Decreto Nº 774/A/2023
Decreto Nº 775/DE/2023
Decreto Nº 776/A/2023
Decreto Nº 777/A/2023
Resolución Nº 014/A/2023
Resolución Nº 027/B/2023
Resolución Nº 028/B/2023
Resolución Nº 029/B/2023
Resolución Nº 030/B/2023
Resolución Nº 012/C/2023
Resolución Nº 013/C/2023
Resolución Nº 014/C/2023
Resolución Nº 015/C/2023
Resolución Nº 016/C/2023
Resolución Nº 017/C/2023
Resolución Nº 018/C/2023
Ordenanza Nº 7024
Promulgada por Decreto Nº 841/DE/2023

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DECRETOS
DECRETO N756/C/2023
VILLA CARLOS PAZ, 31 de octubre de 2023
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para abonar Locaciones Profesionales;
CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 6.916 del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Artículo 7º de dicha Ordenanza establece Las partidas correspondientes a Gastos de Personal, Becas de Capacitación y Locaciones Profesionales, sólo podrán ser utilizadas para imputar Haberes, Becas de Capacitación, Locaciones Profesionales, Seguros de Personal, Adicionales, Aportes y Gastos extraordinarios referidos al Personal. Las cifras asignadas a estas Partidas podrán ser compensadas por el Departamento Ejecutivo entre sí y entre las distintas Jurisdicciones.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:

1

JURISDIC. -SUB
JURISD.

-PROGRAMAANEXO -INCISOITEM-DESCRIPC.

43.32.100.1.13.321

LOCACIONES
PROFESIONALES

43.01.100.1.11.114

PERSONAL DE
GABINETE

TOTAL

AUMENTA

$

$

DISMINUYE

300.000,00

300.000,00

$

300.000,00

$

300.000,00

ARTICULO 2.- ADECUAR, Nomenclador de Erogaciones conforme al Artículo 5 de la Ordenanza N 6.916 a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.
ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Ramón C. MONTENEGRO, Oficial MayorDECRETO N 762/A/2023
VILLA CARLOS PAZ, 31 de octubre de 2023
VISTO: El Expediente Nº 223039/2023, presentado por la Sra.
Claudia Nora Ledesma DNI Nº 18.420.063, en representación de OSTARA S.A, CUIT Nº 30-70956812-0, mediante la cual solicita autorización para el uso de espacio público, para llevar a cabo una acción promocional en la vía pública; y CONSIDERANDO: Que el requerimiento consiste en la promoción de la firma PERSONAL, mediante un stand interactivo con entrega de chips prepagos y merchandising de la marca, utilizando diez 10 mt2 y tres 3 agentes de promoción.Que conforme a las facultades conferidas por la Ordenanza N5753 corresponde dictar el acto administrativo que disponga sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1: AUTORIZAR con carácter precario a OSTARA
S.A, CUIT Nº 30-70956812-0, a la ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación de la explanada de la Plazoleta "Ing Juan Carlos Plock" zona Reloj Cu Cu, para la realización de una acción promocional de la firma PERSONAL, los días 9, 10, 11 y 12
de noviembre de 2023, en un todo de acuerdo con los Considerandos del presente.Artículo 2: El autorizado se hará cargo para sí de las cargas sociales que determine la legislación vigente, deslindando de toda responsabilidad al Municipio.Artículo 3: NOTIFICAR a la empresa que se encuentra prohibida la distribución de folletería o volantes en la Vía Pública y la instalación de exhibidores u otro elemento de similar especie.Artículo 4: La empresa en contraprestación abonará al Municipio la suma establecida conforme pautas dadas por la Ordenanza Tarifaria vigente.Artículo 5: La Dirección de Seguridad, la Dirección de Recursos Fiscales y el autorizado tomarán conocimiento de la presente.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 1/12/2023

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha01/12/2023

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones380

Primera edición01/01/2015

Ultima edición26/04/2024

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