Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 3/6/2022

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
03 de junio de 2022

N: 169
Artículo 1º.- OTORGAR a la deportista Sra. LIDIA ESTER
FERRO, D.N.I. N 6.394.075, en carácter de Estímulo Deportivo, la suma de Pesos cuarenta Mil $ 40.000, a los fines de solventar en parte, los gastos que demande su preparación y participación en las competencias provinciales y nacionales de tiro con arco, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- La Sra. LIDIA ESTER FERRO deberá efectuar la correspondiente rendición de gastos.Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será atendido con los fondos de la Partida N 33.31.100.1.15.512 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.Artículo 4º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura Ramón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO Nº 229/D/2022
VILLA CARLOS PAZ, 03 de mayo de 2022
VISTO: El Expediente Nº 204975/2022, mediante el cual el deportista ENZO GABRIEL RAMIREZ, solicita una ayuda económica a los fines de solventar en parte, los gastos que demande su preparación para la participación en las próximas competencias; y CONSIDERANDO: Que el deportista mencionado representará a la Ciudad de Villa Carlos Paz en las diferentes competencias Nacionales de Kick Boxing.Que en virtud de lo expuesto, este Departamento Ejecutivo estima conveniente otorgar una ayuda económica en carácter de Estímulo Deportivo, por la suma de Pesos Veinte Mil $ 20.000.Que el Departamento de Contaduría informa que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, serán atendidos con los fondos de la Partida N
33.31.100.1.15.512 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.Que corresponde en consecuencia el dictado del acto administrativo que resuelve sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones D E C R E TA
Artículo 1º.- OTORGAR al deportista Sr. ENZO GABRIEL
RAMIREZ, D.N.I. N42.154.201, en carácter de Estímulo Deportivo, la suma de Pesos Veinte Mil $ 20.000, a los fines de solventar en parte, los gastos que demande su preparación y participación en las competencias nacionales de Kick Boxing, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El Sr. ENZO GABRIEL RAMIREZ deberá efectuar la correspondiente rendición de gastos.Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será atendido con los fondos de la Partida N 33.31.100.1.15.512 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

Artículo 4º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura Ramón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO N 230/DE/2022
VILLA CARLOS PAZ, 03 de mayo de 2022
VISTO: La Ordenanza N 5768, que crea el programa de becas Estudiemos Juntos, destinado a adolescentes y jóvenes madres, menores de 20 años, que residan en Villa Carlos Paz y acrediten estar realizando estudios primarios o secundarios en escuelas públicas de la ciudad; y CONSIDERANDO: Que se ha presentado una 1 solicitud, que cumplen con los requisitos establecidos en la Ordenanza mencionada.
Que el monto asignado será igual al 70% del estipulado para la Asignación Universal por Hijo, que otorga el Gobierno Nacional, y será destinado a gastos que sostengan los estudios de cada alumna/madre.Que en cumplimiento de dispuesto en el Art. 4 de la Ordenanza N 5768, la alumna/madre deberá actualizar los datos requeridos en el Art. 3, cada tres meses, ante la Dirección de Desarrollo Social y Educación, para la renovación del beneficio.
Que en el Expediente N 203063/22 obra toda la documentación que acredita que la beneficiaria reúne las condiciones establecidas en la Ordenanza N 5768 para acceder a la beca prevista en la citada norma.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone el particular.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- OTORGAR a la alumna/madre mencionada en el ANEXO I del presente, la beca del Programa Estudiemos Juntos conforme lo establecido por Ordenanza N 5768, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.
Artículo 2.-La beneficiaria deberá actualizar cada tres meses los requisitos previstos en el artículo 3 de la Ordenanza N 5768, a través de medio fehaciente, ante la Dirección de Desarrollo Social y Educación, a los fines de la renovación de la beca otorgada por el presente.
Artículo 3.- El gasto de lo dispuesto en el Art.1 será atendido con los Fondos de la partida Nº 35.51.511.1.15.511 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Artículo 4.- La Dirección de Desarrollo Social y Educación y la alumna/madre tomará conocimiento de lo dispuesto en el presente.
Artículo 5.- Previo al cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dar intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de Ley.
Artículo 6.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
ANEXO I

3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 3/6/2022

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha03/06/2022

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones382

Primera edición01/01/2015

Ultima edición10/05/2024

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