Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 22/3/2021

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PREÁMBULO

NOSOTROS, los representantes del Pueblo de la Ciudad de Villa Carlos Paz, reunidos en Convención Constituyente Municipal, en ejercicio de la autonomía constitucionalmente consagrada, con el objeto de: organizar política y jurídicamente el Municipio, garantizando la democracia republicana; declarar la ética política como principio básico de la función pública;
incentivar la participación ciudadana; reafirmar la defensa de los derechos humanos, la libertad, la igualdad y la solidaridad; fomentar el arraigo; propender al desarrollo sustentable de la Ciudad, con un definido perfil turístico; procurar una mejor calidad de vida y el logro del bien común, invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, nuestro saber y entender, sancionamos y promulgamos esta Carta Orgánica para todos los habitantes de la Ciudad de Villa Carlos Paz.

PRIMERA PARTE
DECLARACIONES, DERECHOS, OBLIGACIONES, PRINCIPIOS DE GOBIERNO Y
POLÍTICAS ESPECIALES
TÍTULO PRIMERO: DE LAS DECLARACIONES
CAPÍTULO I: Declaraciones de Principios PRELACIÓN NORMATIVA
Artículo 1: El Municipio de la Ciudad de Villa Carlos Paz crea su Carta Orgánica en un todo acorde a los lineamientos fijados por la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales con rango constitucional y la Constitución de la Provincia de Córdoba. Esta Carta Orgánica y las ordenanzas que en su consecuencia se dicten son normas fundamentales del Municipio y prevalecen en caso de competencia concurrente con la Provincia o la Nación, siempre que las respectivas Constituciones no lo prohíban taxativamente.MUNICIPIO.
Artículo 2: El Municipio de la Ciudad de Villa Carlos Paz constituye una unidad territorial, poblacional, cultural, política y jurídica fundada en la convivencia social, con la participación de la sociedad y decisión del gobierno en la definición y satisfacción de las necesidades del conjunto.AUTONOMÍA.
Artículo 3: El Municipio de la Ciudad de Villa Carlos Paz dicta esta Carta Orgánica en ejercicio de la autonomía que le es propia en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero. En el ejercicio de sus atribuciones, no se sujeta a otro poder y ejerce todas las funciones que le competen de conformidad con su naturaleza y fines.ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL
Artículo 4: El Municipio de la Ciudad de Villa Carlos Paz organiza su gobierno bajo la forma representativa, republicana y democrática.
SOBERANÍA POPULAR.
Artículo 5: La soberanía reside en el pueblo, quien la ejerce a través de sus representantes y demás autoridades legítimamente constituidas, salvo los supuestos de participación ciudadana que esta Carta Orgánica establece.DEFENSA DE LA CARTA ORGÁNICA
Artículo 6: La Carta Orgánica no pierde vigencia aun cuando por actos violentos o de cualquier naturaleza se llegue a interrumpir su observancia. Quienes ordenen, consientan o ejecuten actos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 22/3/2021

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha22/03/2021

Nro. de páginas47

Nro. de ediciones381

Primera edición01/01/2015

Ultima edición03/05/2024

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