Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 19/10/2018

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 04 de octubre de 2018
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
Sanciona con fuerza de Ordenanza ARTÍCULO 1.- DISTINCIONES. Institúyanse en la ciudad de Villa Carlos Paz las siguientes distinciones dentro del ámbito legislativo:
- Visitante Destacado de la Ciudad de Villa Carlos Paz - Huésped Destacado de la Ciudad de Villa Carlos Paz - Ciudadano/a Destacado de la Ciudad de Villa Carlos Paz - Joven, niño o adolescente Destacado de la Ciudad de Villa Carlos Paz.ARTÍCULO 2º.- IMPEDIMENTO: Los reconocimientos y distinciones no pueden ser otorgados a personas que hayan cometido crímenes de lesa humanidad en cualquier parte del mundo; a quienes hayan ejercido e impartido órdenes de represión durante las dictaduras militares en nuestro País, ni a quienes violenten con sus prácticas o su discurso la vigencia del Sistema Democrático consagrado a nivel Nacional, Provincial y Municipal. Tampoco pueden otorgarse a quienes tengan condenas judiciales firmes, antecedentes penales no prescriptos, comportamientos reñidos con la moral y las buenas prácticas sociales y/o con actos de intolerancia o discriminación debidamente comprobados.ARTÍCULO 3º.- VISITANTE DESTACADO. La distinción de Visitante Destacado de la Ciudad de Villa Carlos Paz puede ser otorgada a los Jefes de Estado y de Gobierno en todos sus órdenes, Vicepresidentes, máximas jerarquías de las diferentes confesiones religiosas, Primeros Ministros, Presidentes de poderes extranjeros que se encuentren en visita oficial en la Ciudad de Villa Carlos Paz y demás
Octubre de 2018

personalidades de jerarquía similar o equivalente. El otorgamiento se efectúa mediante Declaración del Concejo de Representantes y tendrá vigencia durante el lapso en el cual el homenajeado permanezca en la Ciudad. La distinción consiste en la entrega de un diploma suscripto por el Presidente del Concejo.ARTÍCULO 4º.- HUÉSPED DESTACADO. La distinción de "Huésped Destacado de la Ciudad de Villa Carlos Paz" puede ser otorgada a visitantes extranjeros o a la comunidad a la que pertenecen, que se hayan destacado en la Cultura, Educación, las Ciencias, la Política, los Derechos Humanos, el Deporte, o hayan prestado relevantes servicios a la humanidad, haciéndose acreedores al reconocimiento general. Tiene vigencia durante el lapso en el cual el homenajeado permanezca en la Ciudad.
La distinción consiste en la entrega de un diploma suscripto por el Presidente del Concejo.ARTÍCULO 5º: CIUDADANO/A DESTACADO.
La distinción de Ciudadano/a Destacado de la Ciudad de Villa Carlos Paz se otorga mediante Declaración del Concejo de Representantes de la Ciudad, aprobada por los dos tercios de los miembros del cuerpo. Pueden otorgarse hasta un máximo de quince 15 distinciones anuales.Pueden recibir la distinción personas físicas, argentinas, nacidas en la Ciudad de Villa Carlos Paz o que hayan residido en ella durante los últimos diez 10 años como mínimo, y que se hayan destacado por la obra y la trayectoria desarrollada en el campo de la cultura, la educación, la ciencia, la política, los derechos humanos, el deporte o la defensa de los derechos sostenidos por la Constitución Nacional, Provincial y por la Carta Orgánica Municipal, o por realizar un acto solidario de trascendencia, de valor o arrojo en beneficio de
Publicado: Octubre de 2018
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 19/10/2018

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha19/10/2018

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones382

Primera edición01/01/2015

Ultima edición10/05/2024

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