Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 7/11/2017

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 19 de octubre de 2017

Noviembre de 2017

Cuerpo.-

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
Sanciona con fuerza de Ordenanza
Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto en la citada Ordenanza.-

ARTÍCULO 1.- INCORPORAR el artículo 5º a la Ordenanza Nº6229 el que quedará redactado de la siguiente manera:

Que de acuerdo a lo establecido en el Articulo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.-

Artículo 5º: Bocas de expendio: Para un eficiente servicio al usuario, la empresa debe distribuir en las diferentes zonas de la ciudad, teniendo en cuenta los barrios donde se realizan mayor cantidad de cortes, al menos 30 bocas de expendio y recarga de tarjetas, asegurando la venta y recarga durante los 7
siete días de la semana.-

Por ello:

ARTÍCULO 2.- INCORPORAR el artículo 6º a la Ordenanza Nº6229 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 6º: Se incorpora en la Tarjeta Ya, viaje a crédito, quedando así, cubierto hasta 2 dos viajes en caso de que el saldo de la tarjeta no alcance a cubrir el pasaje. El monto a cuenta se debita en la próxima recarga.ARTÍCULO 3.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1.- Promulgar la Ordenanza N
6284 sancionada por el Concejo de Representantes el día 19 de octubre de 2017, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art.144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.ARTÍCULO 2.- El Concejo de Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.ARTÍCULO 3.- Protocolícese, publiquese, comuníquese y archívese.DECRETO N 623 / DE / 2017

ORDENANZA N 6284
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 26 de octubre de 2017

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 27 de octubre de 2017
VISTO: La Ordenanza N6284 sancionada por el Concejo de Representantes el día 19
de octubre de 2017, la que es parte integrante del presente; y CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto del mencionado
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
Sanciona con fuerza de Ordenanza ARTÍCULO 1.- APROBAR el modelo de Convenio, que se adjunta como Anexo I, a suscribir entre el Municipio de la Ciudad de Villa Carlos Paz y los Sres. GABRIEL
FERNANDO
VAGLIENTE, D.N.I. N

Publicado: Noviembre de 2017
- página 2 -

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 7/11/2017

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha07/11/2017

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones382

Primera edición01/01/2015

Ultima edición10/05/2024

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