Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 10/12/2015

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
correspondiente, emanado de universidad reconocida por el Ministerio de Educación de la Nación.
d copia certificada de la inscripción en el registro profesional del Colegio de Abogados.

funcionamiento.ARTICULO 12.- GIRAR al Departamento Ejecutivo a los fines de su promulgación.ORDENANZA N 6046

e constitución de domicilio en la ciudad de Villa Carlos Paz que acredite los dos años de residencia continua e inmediata anterior.
g No encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los Artículos 112 y 113 de la Carta Orgánica Municipal; y cumplir los requisitos establecidos en el Artículo 165 de la misma.h No integrar el Concejo Municipal de Concursos.
i No tener relación de parentesco de hasta segundo grado do consanguinidad ascendente o descendente colaterales ni de afinidad con miembros integrantes del Concejo Municipal de Concursos.

Diciembre de 2015

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 25 de noviembre de 2015
VISTO: La Ordenanza N 6046 sancionada por el Concejo de Representantes el día 12 de noviembre de 2015, la que es parte integrante del presente; y CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto del mencionado Cuerpo.Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto en la citada Ordenanza.Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.Por ello:

j Todo otro requisito que establezca el Concejo Municipal de Concurso en la convocatoria.

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
Proceso de Selección
DECRETA

ARTICULO 9.- Los Miembros del Consejo Municipal de Concursos disponen de cinco 5
días para definir la terna de los postulantes.Llamado a Inscripción ARTICULO 10.- Una vez evaluado el cumplimiento de los requisitos, inhabilidades e incompatibilidades de cada postulante y sustanciado el concurso de títulos, antecedentes y oposición, elevara una terna al Departamento Ejecutivo Municipal.ARTICULO 11. - El Concejo Municipal de Concursos podrá dictar sus normas de
ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N
6046 sancionada por el Concejo de Representantes el día 12 de noviembre de 2015 en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- El Concejo de Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 815 / DE / 2015

Publicado: Diciembre de 2015
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 10/12/2015

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha10/12/2015

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones382

Primera edición01/01/2015

Ultima edición10/05/2024

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